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La FAECyS acordó un 13.5% no remunerativo trimestral que se aplica de manera escalonada de junio a agosto.
Finalmente, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), suscribieron el acuerdo de revisión salarial en el marco de la paritaria 2024/2025 para la actividad mercantil.
El acuerdo, establece un 13,5% de aumento salarial no remunerativo que se aplicará de manera escalonada de junio a agosto.
Los detalles del acuerdo Junio 2024
El acuerdo salarial se aplica solamente a la rama general de Empleados de Comercio CCT 130/75, no aplica a rama acopio, centros de contacto ni turismo.
DESCARGAR ACTA ACUERDO JUNIO 2024
Aumento no remunerativo del 13,5% TRIMESTRAL
El aumento salarial es del 13,5% NO REMUNERATIVO que se pagará en TRES tramos:
- 5% junio 2024
- 4,5% julio 2024
- 4% agosto
ATENCIÓN!
La base de cálculo son los básicos de convenio vigentes más las sumas no remunerativas de los acuerdo enero y febrero 2024. Es lo que dice el acta, pero me informan que se cambiaría e incluiría mayo, de ser así, cambia la base de cálculo. A esperar escalas oficiales!
Adicionales de Convenio
Al igual que en el acuerdo anterior, las sumas no remunerativas pactadas serán tomados en cuenta para el cálculo de los adicionales:
- Antigüedad
- Asistencia y Puntualidad
Aportes y contribuciones a la obra social
Mientras mantengan su carácter no remunerativo, esta sumas únicamente generarán:
- Aportes y contribuciones de la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles,
- Aporte del trabajador establecido por los arts. 100 y 101 del CCT 130/75)
Proporcional a la jornada
Para el caso de los trabajadores que laboren a tiempo parcial o que hayan incurrido en ausencia por causas injustificadas, el monto a abonar por los incrementos pactados será proporcional a la jornada laboral cumplida.
Liquidación en el Recibo de Sueldos
El acuerdo se encuentra pendiente de homologación por parte del Ministerio de Trabajo, por lo tanto, se establece que hasta que esto sucede, las sumas acordadas se liquidarán con la mención “Pago anticipado a cuenta del acuerdo junio 2024.”
Luego, se deberán discriminar tanto la suma no remunerativa principal como los adicionales, de forma completa o abreviada, de la siguiente manera:
- Incremento no remunerativo – Acuerdo Junio 2024
- Acuerdo Junio 2024 No remunerativo Presentismo
- Acuerdo Junio 2024 No remunerativo Antigüedad
Incorporación sumas no remunerativas al básico
Las partes acordaron incorporar a los básico de convenio a partir del mes de septiembre y en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas, es decir en septiembre, octubre y noviembre, los incrementos no remunerativos enero y febrero.
Por ejemplo, para un Maestranza A:
Partiendo del básico actual, tenemos que calcular la tercera parte de la sumatoria de los no remunerativos enero y febrero:
(88.222 + 77.635) / 3 = 55.285,67
A este tercio, lo sumamos al básico actual en los meses de septiembre, octubre y noviembre:
- Básico Septiembre: 441.108,00 + 55.285,67 = 496.393,67
- Básico Octubre : 496.399,67 + 55.285,67 = 551.679,34
- Básico Noviembre : 551.679,34 + 55.285,67 = 606.965,01
INACAP
Las sumas no remunerativas, serán base de cálculo para la contribución patronal al INACAP.
Contribución a OSECAC
La contribución con destino a OSECAC por parte de los empleadores por cada empleado encuadrado en el CCT 130/75, pasará de $3.000 a $4.000.
Cláusula de absorción
Sólo podrán ser absorbidos hasta su concurrencia, los importes de carácter general, sectorial o individual, otorgados por los empleadores unilateralmente a partir del 1° de abril 2024.
Revisión
En septiembre 2024, las partes firmantes del acuerdo establecieron que se volverán a reunir para revisar el acuerdo pactado.
Por último, se aclara que los incrementos del acuerdo en cuestión no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.
Calculadora
Ya está actualiza la calculadora con este acuerdo salarial septiembre 2024.
Valeria dice
Hola! Aplica a convenio de ramas turismo y call Center también? O tenemos que esperar?
Javier dice
En mi caso ya me pagaron el aguinaldo, ¿corresponderia una cifra retroactiva para cubrir la diferencia teniendo en cuenta este aumento?
ArmandoCavalleri dice
No claramente…
Tengo una duda respecto al acuerdo. En el apartado Segundo, hay un pa´rrafo que dice: Los importes No remunerativos pactados en el presente acuerdo deberán ser tenidos en cuenta para el cálculo de los pagos correspondientes a los días trabajados feriados y domingos. Mi duda es si sólo el No Remunerativo de este acuerdo se suma al básico para determinar el valor del día feriado o todos los no remunerativos pactados desde comienzo de año? y entiendo que obviamente se aplica el mismo criterio para las horas extras. Si pueden aclarar ese punto por favor
Gracias!!
Ignacio . Si ya me liquidaron aguinaldo. , que pasa con esa diferencia ?? Me lo computan el mes próximo o como me me debe hacer la liquidación empleador?
Gracias
Siempre perdiendo y perdiendo ni una buena para el trabajador ni una . 4% q vergüenza!!! Y no hacemos nada !! Hay q agachar la cabeza
Así me gusta siga así saludos buen hombre…
Igancio . Si ya me liquidaron el aguinaldo y el sueldo , se refleja en el proximo mes ???? o como me deben hacer la actualizacion ???
Andréa en qué planeta vivís?
Otra vez nos cagaron , cabalieri sore-sore-sore-teeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeee
Buenas tardes, Esta homologado? gracias!
Consulta, entonces hay que consignar los no remunerativos de enero, febrero y abril, más sus adicionales, cada uno detallado en el recibo? y eso sumarle el nuevo importe mas los adicionales otra vez? vamos a tener que imprimir el recibo en un rollo de papel higiénico.
Los acuerdo dicen eso (liquidarse cada uno por separado). Pero como dicen en un comentario, vamos a tener que imprimir los recibos en un rollo de papel higienico.
Yo los discrimino en mis papeles de trabajo, pero en el recibo pongo todo en una sola linea, Si el empleado me lo pide, le explico el recibo y listo.
Es un laburo de m… (y no pago) el tener que discriminar en el recibo los 4 acuerdos por separados + sus adicionales.
Buenos días Ignacio,
La única forma en la que llego a los 858.200 anunciados para Maestranza es considerando las sumas no remunerativas de abril y mayo. A saber:
Salario Básico: 441.108
Presentismo Fijo: 36.759
Acuerdo Enero: 88.222
Acuerdo Febrero: 77.635
Acuerdo Abril: 48.557
Acuerdo Mayo: 42.488
Acuerdo Junio: 34900,50 (441.800 + 88.222 + 77.635 + 42488)*5%
Presentismo No Rem: 24.316,88
Total Maestranza A junio 2024: 793.986,38.
Esto representa un 5% respecto de Mayo 2024 (756.177,50 considerando el presentismo).
Esta misma lógica replicada, en Agosto llega a los 858.200. En realidad, 858.261,46
parece que cambian el acta!
Es imposible trabajar de esta manera, todo a último momento y mal redactado todavía. Espero al lunes para liquidar los sueldos de junio. Si bien Comercio nos tiene acostumbrados a este “desmanejo”, esta vez se pasaron.
Normita al igual q el resto de liquidadores de sueldos agradezcan q tienen trabajo…
Exacto. Para llegar al básico anunciado se deben tener en cuenta todos los 3 conceptos no rem que hay. Es la única forma de llegar. Si no el aumento sería de un 11,74%. Veremos que cambian en el acta. Que le metan porque pagamos sueldos la semana que viene y ya tenemos sac para ajustar.
Nos cagaron, de vuelta…
lamentablemente no hay caso, no vamos a recuperar nunca nuestros salarios.
Gracias Ignacio
Tratá de cuidar tu trabajo, está dificil, si subieran mas los sueldos más desempleo habría
el acuerdo dice marzo 2024 pero no se llegaría con esa base al básico de $ 858.200 informado por FAECYS. Sí si el calculo se hace en funcion a MAYO 2024
se llega a ese monto cuando se aplica el total del porcentaje en agosto, con la escala de Marzo 2024, no se olviden que es trimestral, y todos nos llenamos de plata porque ellos si se aseguran todos los adicionales.
APLICANDOLO DE ESTA MANERA, NO LLEGARIA AL SUELDO QUE DICEN DE $858200.- SI ESTOS PORCENTAJES SE APLICAN EN LA ESCALA ACTUAL, SI. CONFUNDE. EL ACUERDO DICE UNA COSA Y EL IMPORTE QUE ELLOS DICEN FINAL ES OTRO!!
no, pero es lo que dice el acta.
Para llegar a lo que dice FAECYS hay que tomar base mayo, pero no es lo que dice el acuerdo.!
PERO ENTIENDO QUE ESE ACTA ES UN BORRADOR, YA QUE NO ESTÁ PUBLICADO NI EN LA fAECYS…!!! Puede haber un error de tipeo, y debería se Mayo 2024, ya que para llegar al importe de que ellos se jactan, la base debería ser MAYO 2024
Creo que a ese valor se llega en agosto
Yo ya le indique a los clientes que no voy a avanzar hasta no tener las escalas. Confunde todo. Liquidamos con lo que tenemos a mayo.
Cómo todo liquidador de sueldos quejándose agradezcan q tienen trabajo…
Hola,
Y la suma no remunerativa de abril y mayo? cuando se incorpora al básico?
gracias
IGNACIO, SE SABE CUNADO PUBLICAN LAS ESCALAS SALARIALES NUEVAS ?