Los punto más importantes del acuerdo salarial de Empleados de Comercio acuerdo y escalas salariales.
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), la CAC, la CAME y la UDECA suscribieron un reajuste del acuerdo paritario 2021 para la actividad mercantil (CCT 130/75), realizada en virtud de la cláusula cuarta del acuerdo firmado en abril de 2021.
A continuación se detallan las Claves del acuerdo febrero 202:
Aumento del 13% no remunerativo
En concreto, las partes pactaron un incremento salarial del 13% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75 a cuyo efecto se tomará como base de cálculo los valores expresados para el mes de mayo de 2021.
El mencionado aumento de 13% se abonará en forma de asignación no remunerativa (Art. 6 Ley 24.241), en su valor nominal y no acumulativamente, en dos tramos consecutivos:
- 3% en el mes de febrero de 2022 (adicional el 8% previamente pactado en el acuerdo del día 27 de abril 2021 para la paritaria vigente), y
- 10% en el mes de marzo de 2022.
Estos incrementos mantendrán su carácter no remunerativo hasta abril de 2022, momento en que se incorporarán a los nuevos básicos de convenio por su valor nominal.
Base de cálculo
La base de cálculo para los dos tramos de aumento son los básicos de convenio de mayo 2021.
Liquidación en el recibo de sueldos
El incremento, mientras mantenga la condición de No Remunerativo, se abonará juntamente con las remuneraciones de febrero y marzo de 2022 bajo la denominación “Incremento No Remunerativo – Acuerdo Complementario enero 2022”
Aportes y contribuciones
No será contributivo a ningún efecto, ni generará aportes y contribuciones a los subsistemas de la seguridad social, con las únicas excepciones de:
- aportes y contribuciones de la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles,
- aporte del trabajador establecido por los arts. 100 y 101 del C.C.T. 130/75
Jornada parcial
Para el caso de trabajadores que laboren en tarea discontinua o a tiempo parcial o bajo régimen de jornada reducida, legal o convencional, o que hayan incurrido en ausencias por causas injustificadas, el monto a abonar por este incremento, será proporcional a la jornada laboral cumplida.
Para el caso de trabajadores que se encuentren comprendidos en las suspensiones referidas al art.223 bis LCT, en orden a los acuerdos marco o individuales celebrados, el incremento mencionado en el presente artículo, será liquidado en forma proporcional en iguales términos a la prestación dineraria no remunerativa que se pacte en los referidos acuerdos.
No impacta en adicionales ni aguinaldo
Es importante destacar que lo acordado no tiene impacto sobre los adicionales del CCT 130/75 mientras mantenga su condición de no remunerativo y, por tanto, no se aplicará ningún equivalente hasta su incorporación, a saber:
- Antigüedad,
- Asistencia y Puntualidad
- Cajero, armado de vidrieras, chofer y ayudante de chofer.
Tampoco computarán para el cálculo del sueldo anual complementario (SAC)
Incorporación al básico
El incremento No Remunerativo del 13% se incorporará, en su valor nominal, a los salarios básicos convencionales, con las remuneraciones correspondientes al mes de abril de 2022.
No vinculante con en la Ciudad de Rio Grande
Se aclara que los incrementos de la revisión en cuestión no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Rio Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de lo pactado constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.
Prórroga acuerdo 223 Bis
Simultáneamente, se acordó la prórroga en idénticos términos y condiciones, para los meses de enero a junio de 2022, ambos inclusive, del Convenio de emergencia por suspensión de actividades para el sostenimiento de los puestos de trabajo y la actividad económica (Resol.515/20 MT y Cctes.).
Jona dice
Ignacio como te va buenas tardes… probando en la calculadora, veo que en el de febrero cargaste el 3% mas, pero en marzo no esta el 10%, sino que recien esta en abril. esto esta correcto o seria un error?, de lo que entiendo del acuerdo, en periodo marzo ya deberiamos cobrar ese 10 extra
Ignacio dice
estoy actualizando los valores
3 % !!!!! Porqué no hizo en 2 veces los 13 !!!
Todo mal una pena para los empleados que le pusimos el pecho a la pandemia!!!!
A la gente se les llevaba hasta la puerta la mercadería y así nos pagan!!!
Gracias por tan poco?????
A dónde se reclama cuando el empleador está pagando muchísimo menos del sueldo correspondiente ?
Ya esta homologado el 13%?
Hola Ignacio este incremento no remunerativo aplica sobre la zona fría del 20%?
Gracias por este lugar de excelencia
Hola Ignacio disculpá que insista con la consulta ¿este incremento no remunerativo aplica sobre la zona fría del 20%? (COMODORO RIVADAVIA)
Gracias por este lugar de excelencia
yo entiendo que si, que se aplica
Ese payaso no pelea por nada, cuando pasamos a camioneros?
Déjensen de joder es lo mismo de siempre no remunerativo después llega aguinaldo y no cobras nada
no entendes nada.
Esta vez si lo cobras en el aguinaldo pq pasa a remunerativo en el mes de abril que se cobra en mayo y el aguinaldo se cobra en julio
Los empleados convenio 781/20 quedamos fuera de este mísero acuerdo siempre nos dejan afuera, nunca homologar para todos los empleados de comercio… nooo nosotros los call center afueraaa
Son los mismo de siempre hace años veo ese tipo jamás ha echo nada por nosotros
Hay un error de cálculo en la suma no remunerativa. El 11% en febrero (8%+3%) sobre los básicos de convenio de 05-21 no da lo publicado en las escalas.
+- 1 centavo me da los mismo
tené en cuenta que es 8 + 8 + 3 = 19%
Por qué el 19%? No sería el 11%?
8 de enero + 8 y 3 de febrero
Buenas tardes Ignacio!
Ya esta homologado este 13%?
Gracias.
Ojalá que el día que cambien a Cavalieri, pongan a uno que tenga ganas de estar del lado de los empleados, por ejemplo como el sindicato de los bancarios
vos queres ganar $150.000 x mes porque sos un empleado estrella…no?
O el sindicato de satsaid
Una cosa es +8 +3 y otra 11.
no es lo mismo +8+3 que +11.-
tenes 0.24% de diferencia, porque lo vas a regalar?
slds.-
no entendí
no es lo mismo para febrero aplicar el 11% sobre un basico X que el 8% y luego el
3%.
la diferencia es de 0.24%.-
No, porque no se acumulan a la base, en ambos casos la base de cálculo es la misma, mayo 2021
matemática básica a marzo este juancito
Buen día Ignacio este acuerdo también recaería en la rama de call Center. Por qué el año pasado no tuvieron bono de fin de año. Gracias
NO
Si yo soy vendedor b estoy como empleado de comercio,pero trabajo para un call center el aumento no me lo dan ?
Call center paramos todos en 1 semana..ya esta hablado..
Y? como estuvo el paro ? ?no lo hicieron al final ?
Atento, Apex, konecta…paramos todos el día 8 enero..
Los call center estamos en alerta y movilizacion
Hola a todos.
los conceptos No Remunerativos de este acuerdo y el del 2021, se contemplan para el pago de LRT ?
SI
Hola Ignacio cuál sería el neto a cobrar Maestranza B gracias
Hola cuando el monto pasara hacer fijo ,siempre no remunerativo. Cuando cobremos el aguinaldo ,cobramos una lagrima
Aclara que en ABril 2022
que ignorante man…si no entendes, pregunta en vez de comentar giladas
El que trabaja jornada reducida de 6 horas de lunes a viernes el aumento es proporcional o sea no es un 13%?
jajaja!!!…es el 13%…lo que es proporcional es tu $$$$
Ignacio, se sabe algo de la rama de turismo?? Gracias