La FAECyS acordó un 30% de aumento salarial para enero 2024. Escalas y acta acuerdo.
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), suscribieron un nuevo acuerdo en el marco de la paritaria 2023 para la actividad mercantil.
El acuerdo, establece un 30% de aumento salarial nominal, que por el efecto acumulativo alcanza un 33,2% efectivo para el último trimestre del año.
Los detalles del acuerdo enero 2024
El acuerdo salarial se aplica solamente a la rama general de Empleados de Comercio CCT 130/75, no aplica a rama acopio, centros de contacto ni turismo.
El aumento salarial es del 30% nominal que se pagará con los sueldos correspondientes a enero, y se calcula en dos partes:
- una remunerativa del 11% sobre las escalas vigentes (básico + no remunerativo)
- otra no remunerativa del 20% sobre la nueva escala de enero.
DESCARGAR ACTA ACUERDO ENERO 2024
Aumento del básico
Como vimos, el 11% de aumento es remunerativo, tomando como base de cálculo el básico más la suma no remunerativa de diciembre, sobre esa suma aplicamos el aumento.
Ejemplo:
Para un Maestranza A, en diciembre teníamos la siguiente situación:
- Básico $ 287.967,32
- No remunerativo (38%) $ 109.427,58
Ahora en enero, estaba previsto que la suma no remunerativa se incorporar al básico, por lo tanto, enero quedaba $ 397.394,9
Sobre este último importe, sumamos un 11% y obtenemos el nuevo básico de enero:
397.394,9 + 11% = 441.108,34
Por lo tanto, el nuevo básico de enero 2024 para un Maestranza A, es de $441.108,34
Aumento no remunerativo del 20%
Además, se establece un del 20% que se abonará en forma de asignación no remunerativa (art. 6, ley 24.241), que se aplicará también en enero, y se calcula sobre el nuevo básico:
441.108,34 x 20% = 88.221,668
Esta suma se indicará en el recibo como “Incremento No Remunerativo – Acuerdo Enero 2024″, en forma completa o abreviada.
Las escalas estimadas para categoría son las siguientes:
CATEGORÍAS | BÁSICO | NO REMUNERATIVO |
---|---|---|
Maestranza A | 441.108,34 | 88.221,67 |
Maestranza B | 442.385,31 | 88.477,06 |
Maestranza C | 446.859,16 | 89.371,83 |
Administración A | 445.901,45 | 89.180,29 |
Administración B | 447.820,26 | 89.564,05 |
Administración C | 449.736,84 | 89.947,37 |
Administración D | 455.489,91 | 91.097,98 |
Administración E | 460.283,01 | 92.056,60 |
Administración F | 467.314,17 | 93.462,83 |
Cajeros A | 447.498,78 | 89.499,76 |
Cajeros B | 449.736,84 | 89.947,37 |
Cajeros C | 452.613,38 | 90.522,68 |
Personal Auxiliar A | 447.498,78 | 89.499,76 |
Personal Auxiliar B | 450.694,57 | 90.138,91 |
Personal Auxiliar C | 461.241,86 | 92.248,37 |
Auxiliar Especializado A | 451.335,28 | 90.267,06 |
Auxiliar Especializado B | 457.087,23 | 91.417,45 |
Vendedor A | 447.498,78 | 89.499,76 |
Vendedor B | 457.088,35 | 91.417,67 |
Vendedor C | 460.283,01 | 92.056,60 |
Vendedor D | 467.314,17 | 93.462,83 |
Incorporación al básico
Estas sumas no remunerativas, pasarán al básico de convenio, a partir de abril 2024 por su valor nominal. De todos modos, hay que tener en cuenta, que dada la situación económica, es posible que se firmen nuevo acuerdos antes de abril.
Aportes y contribuciones a la obra social
Mientras mantengan su carácter no remunerativo, esta sumas únicamente generarán:
- Aportes y contribuciones de la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles,
- Aporte del trabajador establecido por los arts. 100 y 101 del CCT 130/75)
Todos ellos se calcularán sobre el monto nominal de cada incremento que perciba el trabajador comprendido en el acuerdo salarial.
Adicionales de Convenio
Al igual que en el acuerdo anterior, las sumas no remunerativas pactadas serán tomados en cuenta para el cálculo de los adicionales:
- Antigüedad
- Asistencia y Puntualidad
Estos adicionales se se liquidarán en el recibo como:
- Acuerdo Enero 2024 No remunerativo Presentismo
- Acuerdo Enero 2024 No remunerativo Antigüedad
Sueldo Anual Complementario
También, como en el último acuerdo, las sumas no remunerativas se deberán tener en cuenta para el cálculo del aguinaldo.
Indemnizaciones
Además, las sumas no remunerativas deberán tenerse en cuenta al momento de calcular la indemnización por despido sin causa (artículo 245 LCT).
INACAP
Las sumas no remunerativas, serán base de cálculo para la contribución patronal al INACAP.
Contribución a OSECAC
Sigue vigente la contribución con destino a OSECAC por parte de los empleadores por cada empleado encuadrado en el CCT 130/75.
Cláusula de absorción
Sólo podrán ser absorbidos hasta su concurrencia, los importes de carácter general, sectorial o individual, otorgados por los empleadores unilateralmente a partir del 1° de octubre 2023.
Pago a cuenta pendiente de homologación
El acuerdo se encuentra pendiente de homologación por parte del Ministerio de Trabajo, por lo tanto, se establece que hasta que esto sucede, las sumas acordadas se liquidarán con la mención “Pago anticipo a cuenta del acuerdo enero 2024.”
Revisión
En febrero 2024, las partes firmantes del acuerdo establecieron que se volverán a reunir para revisar el acuerdo pactado.
Por último, se aclara que los incrementos del acuerdo en cuestión no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.
Sandra dice
Buen día…rama acopio cuando tendrá aumento ?? Grcias
Federico dice
Buenos días Ignacio, la parte no remunerativa se tiene en cuenta para el cálculo de Lic. Ordinaria?
martin dice
Gracias Ignacio. Muy completo, como 100pre.
FABIAN dice
sobre vacaciones corresponde la SNR ?
Rafa dice
Por qué carajos entonces decían que llevo el básico a 570 una cagada loco..
Mónica dice
Un desastre el aumento cuando todo aumento el doble
Pau dice
Hola Ignacio,cómo estás? En lo No Remunerativo se liquidan vacaciones? Te consulto porque mí empleador en los acuerdos anteriores me calculaba vacaciones sobre lo No Remunerativo
Andrea dice
Sobre el no remunerativo se calcula SAC y Vacaciones
Gustavo dice
Ignacio buenas tardes… Me parece q estas calculando mal, ya que lo no remunerativo de Diciembre pasa al básico, por lo que hay q restarle un 17% (OS, Jub, y el otro concepto del 3%) lo que baja el básico de bolsillo. Si estoy equivocado.. Desburreme
Noelia dice
Varias cosas estan mal informadas. Los centros de contacto si cobran los aumentos de paritarias del CCT . No sé especifican en el acta pero no sé excluyen en la misma. Y aclaran que incluye todos lo demás convenios vigentes o futuros. Y hasta ahora se cobraron todas las actualizaciones.
Sobre el remunerativo más el presentismo y la antigüedad se restan el 11%. El 3%. El 2.5% y el 3%..
Sobre el no remunerativo el 3% y el 2.5%.
Alguna idea de para cuando la rama call center de comercio? La verdad que siempre nos cagan atrasandose con todos los convenios.
Van a entrar. Hasta ahora se fue cobrando al igual que todas las ramas y no estaba especificado en el acta. Tampoco excluido. En términos prácticos deberían tener el aumento aplicado. Saludos
Si, pero el no acumulativo pasa a descontar jubilacion, la nefasta OS y sindicato, etc etc etc.
Sin una antiguedad fuerte, no la ves
Buenas, para un vendedor b promedio, cuanto te queda en bolsillo de sueldo. Gracias
511 mil si tenés 4 años de antiguedad
En la calculadora de sueldo con 5 años de antigüedad me da que voy a cobrar $504.000 neto
Buenas tardes, consulto se debe de pagar retroactivo de diciembre y aguinaldo?
Buenas tardes…. no hay ningún retroactivo. Saludos
¿Como resolvemos lo no remunerativo, si el empleado se toma vacaciones?
estoy con la misma inquietud
Estamos en la misma…retomamos el 14 de febrero y nos pagaron el jueves 25 por vacaciones. Ojalá se pongan las pilas por lo menos cuando volvamos
buena pregunta, estoy en la misma
Ahi estaba viendo que cuando se calculan la antigüedad y el presentismo (x lo menos en mi recibo) se hace sobre los dias trabajados y los de vacaciones. Asi que al momento de calcular antigüedad y presentismo NR ya van a estar incluidas las vacaciones
hola buen dia, consulto en el sur del pais se paga zona desfavorable, y mi consulta es si corresponde que paguen un porcentaje de dicho item en forma no remunerativo, como si se paga presentismo,y o antiguedad, agradeceriacualquier informacion. muchas gracias