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La FAECyS acordó un 15% bimestral y una suma fija de $40.000
Finalmente, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), suscribieron un nuevo acuerdo en el marco de la paritaria 2024/2025 para la actividad mercantil.
El acuerdo, establece un 15% de aumento salarial no remunerativo y una suma de $40.000 fija y por única vez, también no remunerativa.
Los detalles del acuerdo abril 2024
El acuerdo salarial se aplica solamente a la rama general de Empleados de Comercio CCT 130/75, no aplica a rama acopio, centros de contacto ni turismo.
DESCARGAR ACTA ACUERDO ABRIL 2024
Aumento no remunerativo del 15% BIMESTRAL
El aumento salarial es del 15% NO REMUNERATIVO que se pagará en dos tramos:
- 8% abril 2024
- 7% mayo 2024
La base de cálculo son los básicos de convenio vigentes más las sumas no remunerativas de los acuerdo enero y febrero 2024.
Ejemplo:
Para un Maestranza A, el básico de marzo 2024 más las sumas no remunerativas es la base de cálculo:
Básico + no remunerativo marzo 441.108,34 + 88.221,67 + 77.635,07 = $606.965,08
- No remunerativo Abril: 606.965.08 x 8% = 48.557,21
- No remunerativo Mayo: 606.965.08 x 7% = 42.487,56
Además, en abril, se pagan los $40.000 no remunerativos por única vez.
Adicionales de Convenio
Al igual que en el acuerdo anterior, las sumas no remunerativas pactadas serán tomados en cuenta para el cálculo de los adicionales:
- Antigüedad
- Asistencia y Puntualidad
Suma de $40.000 por única vez
Además, se pactó el pago de una suma no remunerativa fija y por única vez e $40.000 para todas las categorías.
Esta suma, si bien es compensatoria del mes de marzo, se pagará durante abril.
Aportes y contribuciones a la obra social
Mientras mantengan su carácter no remunerativo, esta sumas únicamente generarán:
- Aportes y contribuciones de la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles,
- Aporte del trabajador establecido por los arts. 100 y 101 del CCT 130/75)
Proporcional a la jornada
Para el caso de los trabajadores que laboren a tiempo parcial o que hayan incurrido en ausencia por causas injustificadas, el monto a abonar por los incrementos pactados será proporcional a la jornada laboral cumplida.
Escala salarial
La escala salarial con los nuevos montos, estimados, sería la siguiente:
Liquidación en el Recibo de Sueldos
El acuerdo se encuentra pendiente de homologación por parte del Ministerio de Trabajo, por lo tanto, se establece que hasta que esto sucede, las sumas acordadas se liquidarán con la mención “Pago anticipado a cuenta del acuerdo abril 2024.”
Luego, se deberán discriminar tanto la suma no remunerativa principal como los adicionales, de forma completa o abreviada, de la siguiente manera:
- Incremento no remunerativo – Acuerdo Abril 2024
- Acuerdo Abril 2024 No remunerativo Presentismo
- Acuerdo Abril 2024 No remunerativo Antigüedad
En tanto que los $40.000 se liquidarán bajo la denominación “Suma compensatoria abril 2024”.
Prorroga acuerdos anteriores
Las partes acordaron prorrogar el carácter no remunerativo de las sumas pactadas en los acuerdos de enero y febrero 2024. Por lo tanto, no se incorporarán al básico como estaba previsto.
INACAP
Las sumas no remunerativas, serán base de cálculo para la contribución patronal al INACAP.
Contribución a OSECAC
La contribución con destino a OSECAC por parte de los empleadores por cada empleado encuadrado en el CCT 130/75, pasará a $3.000
Aporte a OSECAC
También, se extiende la vigencia hasta marzo 2026 del aporte de $100 con destino a OSECAC, que deberá realizar todos los empleados en convenio y afiliados a esa obra social.
Cláusula de absorción
Sólo podrán ser absorbidos hasta su concurrencia, los importes de carácter general, sectorial o individual, otorgados por los empleadores unilateralmente a partir del 1° de enero 2024.
Revisión
En junio 2024, las partes firmantes del acuerdo establecieron que se volverán a reunir para revisar el acuerdo pactado.
Por último, se aclara que los incrementos del acuerdo en cuestión no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.
Calculadora
Ya está actualiza la calculadora con este acuerdo salarial abril 2024.
Micaela dice
Buenos días. El 8% de abril y la suma fija de $40.000 se pagan EN abril o con los sueldos de abril EN MAYO??? Gracias
Marcelo dice
Hola no se rompan la cabeza ya la tenemos adentro
Diego Oscar Alexis Espinosa dice
Lo pactado y homologado anteriormente debe pasar al básico el mes q viene ….me imagino
Omar dice
Te imaginas mal, aclara: Las partes acordaron prorrogar el carácter no remunerativo de las sumas pactadas en los acuerdos de enero y febrero 2024. Por lo tanto, no se incorporarán al básico como estaba previsto.
Por ende las bases del calculo del 8 y 7% se hacen sobre el básico de enero (Atroden)
Cvv dice
Encima de que arreglaron poco, los 40.000 son por única vez aplazaron los no remunerativos que debían pasar a remunerativo en el sueldo de abril, por lo que el básico n se modifica, esto es una cargada, a per ellos hacen paro si les tocan la caja… Nosotros que somos los que bancamos a los sindicatos que deberíamos hacer en su contra si los juegan en contra del laburante??
RaymondReddington dice
Jodete por votar mal
Miserable como siempre. En cada arreglo perdemos entre 5 10 %. Sueldos debajo de la linea de pobreza. Esto no se aguanta más.
Prácticamente vamos a cobrar lo mismo marzo y abril , ya que los 40000 de marzo son por única vez , y no van al basico como enero y febrero . Cómo siempre el sindicato en contra de los trabajadores y a favor del gobierno cerrando por debajo del 9 que pedían .
Buenos dias! la suma no remunerativa de $40.000 lleva algun descuento?
Nos re cagaron ! Yo soy afiliado, me voy a desafiliar , son una plaga
jajajaja y que ganas desafiliandote?? jajajaja tremendos ignorantes, por eso los cagan siempre.
Los valores no rem abril y mayo estan invertidos.
Y algun lado pusiste marzo y es mayo.
Imagino que será por el apuro al querer bajar la info. Gracias por todo Ignacio.
O sea que el sindicato nos comio dos meses de paritarias, para conseguir un misero 8% en abril. Que ganas de dejar de pagarle a estos delincuentes entregadores. Gracias por la info.
¿Cuál es el porcentaje de aumento del haber de Marzo? Dónde hay casi 11% de inflación…
Gracias.
nada esos 40mil q son un 8% seguimos perdiendo,el anterion perdimos un 3% ahora un 5% y así en todas
Los acuerdos en Comercio nunca han sido coincidiendo, o siguiendo idéntica me al IPC minorista nivel general……
Ignacio que tal… dice
El aumento salarial es del 15% NO REMUNERATIVO que se pagará en dos tramos:
8% abril 2024
7% marzo 2024 ….. no es Mayo aquí ??
Muchas gracias por tu buen laburo ! Saludos
Vi la calculadora, la suma compensatoria abril 2024, no deberia liquidarse con lo sueldos de abril, sino antes por recibo separado, creo, poque el acuerdo dice que debe pagarse durante el mes abril no con los sueldos de abril. por ende deberia pagarse antes del 30/04. o estoy equivocado?
jajaja daleeeee, vas a salir vos a controlar?? que se jodan, yo ni se los voy a pagar.
HDRMP!!!
Hola Ignacio. Entendí mal o el básico hasta MARZO 2026 va a seguir siendo 446000$ para Maestranza C? Los aumentos de Enero y Febreo al final no pasan al básico como ya estaba firmado?
Se nota que el sr Armando y los políticos no ganan lo mismo que los trabajadores
Buenas tardes , el 7. % corresponde a Marzo o a Mayo.? Porque en esta nota dice Marzo y en otro lado vi Mayo.
Mayo
Lo no remunerativo anterior cuando pasa al basico?
Iba a pasarse este mes, pero acordaron no pasarlo y no se sabe hasta cuándo