Los puntos más destacados del acuerdo salarial de empleados de Comercio 130/75 abril 2023.
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), suscribieron el acuerdo paritario 2023 para la actividad mercantil.
Convenio aplicable
El acuerdo sólo se aplica al CCT 130/75 de rama general, los demás convenios de Empleados de Comercio tienen sus acuerdos con las respectivas cámaras representativas de cada sector.
Aumento 19.5% remunerativo
Las partes pactaron un incremento salarial de 19,5% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75 a cuyo efecto se tomará como base de cálculo los valores expresados para el mes de ABRIL de 2023, con todos los aumentos oportunamente acordados.
La mencionada suba de 19,5% se abonará en su valor nominal y en tres tramos no acumulativos:
- 6,5% desde abril 2023
- 6,5% desde mayo 2023
- 6,5% desde junio 2023
Vigencia del acuerdo
El acuerdo tiene vigencia desde el 1° de abril de 2023 y hasta el 31 de marzo de 2024, sin perjuicio de lo cual las partes se comprometieron a reunirse en el mes de julio de 2023 para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.
Suma no remunerativa $25.000
Asimismo, se acordó el otorgamiento de una suma fija no remunerativa, por única vez y de naturaleza excepcional, en dos cuotas de $12.500 cada una, a abonarse durante el transcurso del mes de:
- 1.° Cuota $12.500 Abril de 2023
- 2° Cuota $12.500 mayo de 2023
La suma no remunerativa, se acuerda conforme a conforme a los que dispone el art. 6 de la ley 24.241.
Atento su carácter No remunerativo, no serán contributivos a ningún efecto ni generarán aportes y contribuciones a los subsistemas de seguridad social, con excepción de:
– Aportes y Contribuciones a OSECAC
– Aporte del trabajador establecido en los artículos 100 y 101 del CCT 130/75.
Además, será base para la contribución empresaria al INACAP.
Jornada Parcial y ausencias
Para los trabajadores a jornada parcial, la suma no remunerativa es proporcional a la jornada, de igual manera será el tratamiento para las ausencias injustificadas durante el mes.
Contribución a la obra social $1.200
También, se informa que las partes signatarias acordaron la actualización del aporte patronal solidario, excepcional y extraordinario, convenido en la cláusula décima del acuerdo del 21 de abril de 2022, elevando en $600 la suma originalmente pactada en $600, para llevarla a $1200 por el plazo de vigencia del presente acuerdo.
Aporte a OSECAC $100
Además, sigue vigente el aporte a OSECAC de $100 que deben realizar los trabajadores afiliados a esa Obra Social.
INACAP
Tanto sobre el aumento del 19.5% como de la suma no remunerativa de $25.000 serán base de cálculo para la contribución patronal al INACAP.
Río Grande
Por último, se aclara que los incrementos del acuerdo en cuestión no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.
Escala salarial
Descargar escalas completas:
Sabrina dice
Buenos días, Ignacio. Muchas gracias por toda la información y explicación, impecable como siempre.
Te molesto con una pregunta puntual, porque ya nos hicieron esa jugada en mi lugar de trabajo, los aportes a Obra Social sobre el bono se harían solamente sobre aquellos que aporten a Osecac? Que normativa tengo sobre eso puntualmente para que dejen de descontarnos a quienes aportamos a otra OS? Muchas gracias.
Ignacio dice
el acuerdo y la homologación del acuerdo
El.bono puede pagarse con orden de compra ? Es lo que siempre hace la empresa donde trabajo,y nos hacen firmar como un deposito en la.cuenta
hola como otros ya preguntaron y no veo la respuesta, el aumento del 6,5 es sobre el basico mas el no remunerativo? o sobre que se hace? porque si es sobre la suma creo que hasta pierdo plata este mes. Que mal estan haciendo las cosas…. ya es insostenible
Hola, así es, 6.5 de aumento x mes y por dos meses te dan esa miseria de $12.500, todo basura pura, una año que arranca para el traste.
Buenas tardes, no hay ninguna informacion si los Call Center tambien vamos a tener el aumento que dieron en abril a junio 2023
Quisiera saber lo mismo… que incertidumbre
Buenas tardes , mi consulta si esta aumento es para los que trabajamos en los Call Center.
no
buenas tardes ignacio, se sabe algo si para el convenio de trabajadores de call center se firmo algo o piensan firmar antes de mayo ??? gracias
Que decepción, siempre los que trabajamos en los Call Center no nos tienen en cuenta, además cobramos una miseria.
Que decepción, siempre los que trabajamos en los Call Center no nos tienen en cuenta, además cobramos una miseria.
Esta vez la suma no remunerativa computa para aguinaldo y vacaciones???alguien sabe?
Hola! no, porque el acuerdo no lo dice expresamente
no
Practicamente no hay aumento… porque la parte no remunerativa pasa al bàsico sin aplicarle el grossing up.
Buenas tardes. Una consulta…si trabajo medio día, el bono sería de $6250?
Si, hay que leer el acta para no preguntar bobadas
el punto tercero del acuerdo dice que el incremento se proporciona, mientras que la suma de los $25.000 lo menciona como siempre suma NR de pago unico, no lo trata como incremento a mi entender (de no lo seria porque es algo de 1 solo mes)
Hola, si, los $12.500 son proporcionales a la jornada. Pero si, la redacción del acuerdo podría mejorar para no dar lugar a segundas interpretaciones
Consulta: Si en el recibo, tenemos a cuenta de futuros aumentos y un poco mas de la categoria basica… corresponde el bono de 15.000?
De 15 mil?
Buenas tardes. ¿Estos aumentos deben pagarse en el mes de abril o con el sueldo de abril?
En la Resolución dice “En el transcurso del mes de abril”
Ignacio, buenos días … agradeciéndote la ayuda de siempre, te consulto si los $100 de aportes para Osecac hay que descontárselos a todos los empleados que tengan Osecac o a todos los empleados dentro del CCT, tengan o no, Osecac. Gracias, Saludos !
Sólo a los afiliados, como siempre, estas preguntas deberían ir en otro lugar, no acá.
Si entro a trabajar en Abril bajo este convenio me corresponden los incrementos de Mayo y Junio?
jajajajaaj es chiste ?
Hola ignacio.
Se sabe algo de la rama call center ? Porque o hay información por ningún lado.
Muchas gracias.
Todavía no, pero seguro será algo similar
Consulta / duda: el acuerdo dice que ” todos los incrementos porcentuales se liquidaran conforme las escalas basicas convencionales del mes de marzo 2023″. Este calculo que se publica aqui esta hecho sobre las escalas basicas de Abril 2023, que ya incluyen el 59,5% no remunerativo como integrantes del basico.
¿es un error de redaccion enel convenio, o una omisiòn? ese calculo surge de Faecys o es un calculo efectuado por Ud.?
Ya que en el acuerdo se “omite” mencionar, si el calculo porcentual se hace sobre marzo 2023, que se debe hacer con el no remunerativo que seviene arrastrando.
Le agradezco toda su info.
Las partes pactaron un incremento salarial de 19,5% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75 a cuyo efecto se tomará como base de cálculo los valores expresados para el mes de ABRIL de 2023, con todos los aumentos oportunamente acordados.
Hola buenas tardes. Aún no me queda claro cuál es la base que se debe tener en cuenta, para el el cálculo del %6.5
Buenas tardes, yo estoy de vaciones en mi trabajo. Vuelvo el 24 de Abril.
El bono de este mes lo percibo completo o proporcional?
hola Lucas, cómo estás? completo, porque el tiempo que estuviste de vacaciones se considera como tiempo trabajado. saludos
Melina.