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Finalmente, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las Cámaras de Comercio, firmaron ante el ministro de Producción y Trabajo, Dante Sica, el nuevo acuerdo paritario para la actividad comercial que regirá todo el 2019 para el CCT 130/75.
Aumento salarial y sumas no remunerativas
El aumento salarial se divide en dos, por una parte una suma no remunerativa y un incremento salarial remunerativo:
A. Sumas no remunerativas
Se pactó el pago de una asignación extraordinaria por única vez (de carácter no remunerativo ni acumulativo) que se abonará de la siguiente manera:
-Una suma equivalente al 4,5 % que se deberá abonar con los sueldos a partir del mes de mayo 2019.
-Una suma equivalente a un 4,5 % adicional que se deberán abonar con los sueldos a partir del mes de julio 2019.
-Una suma equivalente a 3 % que se deberá abonar con el sueldo a partir del mes de marzo de 2020.
Siempre tomando como base de cálculo marzo 2019.
Los importes lo pueden ver en el VER ANEXO A
Acrecentamiento o Grossing up
Las sumas no remunerativas se incorporan al básico de convenio en septiembre 2019 y Abril 2020:
- En septiembre 2019: pasa el 9% (4.5 mayo + 4.5 julio) al básico.
- En Abril 2020: pasa el 3% de marzo al básico
En ambos casos, las sumas pasan al básico con acrecentamiento (grossing up) del 50%. Lo que quiere decir es que el costo de pasar a remunerativo, respecto a los aportes, se comparten mitad y mitad entre empleador y empleado.
Estas sumas “no remunerativas” se toman para:
Enfermedad inculpable, Vacaciones, Horas extras, Feriados, Licencia por maternidad, Incapacidad Laboral Temporal (ART), Indemnizaciones.
Es decir, que de remunerativas no tienen nada.
Respecto al aguinaldo (según el acuerdo):
- 1er. S.A.C. 2019 Proporcional a lo devengado en Mayo y Junio
- 2do. S.A.C. 2019 Proporcional a lo devengado en Julio y Agosto.
Aportes a OSECAC y Sindicato
Sobre la suma no remunerativa se devengarán los aportes a la obra social de OSECAC, por lo que si tiene otra obra social no. Y aportes al SEC y FAECYS.
Es decir, es no remunerativa para no pagar cargas sociales, excepto para Obra Social y Sindicato.
Adicionales de convenio
Tanto la suma extraordinaria y el incremento salarial se aplicará también sobre los adicionales de convenio:
- Vidrieristas
- Cajeros
- Choferes y Ayudantes de Choferes
B. Incremento salarial remunerativo
Asimismo, las partes acordaron, a partir del mes de septiembre, un aumento salarial que se aplicará de la siguiente forma:
- 4,5% en septiembre 2019
- 4,5% noviembre 2019
- 4,5% enero 2020
- 4,5% marzo 2020
También se toma como base de cálculo la escala salarial básica de marzo de 2019.
Las escalas las pueden ver en el VER ANEXO B y ya tienen el grossing up incluido.
Con las sumas no remunerativas mas el incremento no remunerativo se totaliza un 30% de incremento salarial.
Adicional Cajeros
El incremento pactado, también se aplica sobre El adicional especial previsto en el art. 18 del Acuerdo Colectivo 2011.
- Mayo 2.019 y Junio 2.019: $ 15.773,23.
- Julio 2.019 y Agosto 2.019: $ 16.452,46.
- Septiembre 2.019 y Octubre 2.019: $ 17.131,69.
- Noviembre 2.019 y Diciembre 2.019: $ 17.810,92.
- Enero 2.020 y Febrero 2.020: $ 18.490,15.
- Marzo 2.020: $ 19.622,20.
Dicho adicional corresponde a:
Cajeras/os que se desempeñen en empresas de cadenas de supermercados, hipermercados, autoservicios de comestibles y supermercados mayoristas; autoservicios de materiales de construcción que además comercialicen pinturas, herramientas, artículos de ferretería, materiales para electricidad.
Base de cálculo
Como vimos mas arriba, la base de cálculo para todos los casos, son las escala vigentes a marzo de 2019.
Jornada Parcial
Carácter proporcional. Para el caso de trabajadores que laboren en tarea discontinua o a tiempo parcial o bajo el régimen de jornada reducida,legal o convencional, el incremento será proporcional a la jornada laboral cumplida.
Cláusula de absorción
Solo podrán ser absorbidos o compensados, hasta su concurrencia, los importes de carácter general, sectorial o individual, otorgados por los empleadores a partir del 1º de Enero de 2019 hubieren sido abonados a cuenta de los aumentos que determine el nuevo acuerdo colectivo, cualquiera sea la denominación utilizada.
Aporte a OSECAC
Sigue vigente el aporte de $100 a OSECAC a cargo de Trabajadores afiliados a esa Obra Social. A diferencia de anteriores acuerdos no hace referencia a que el empleado tiene que estar afiliado a OSECAC. Espero que sea un error en la redacción.
Vigencia
El acuerdo tiene vigencia hasta el 31 de marzo de 2020. No obstante, las partes se comprometieron a reunirse en el mes de enero de 2020 para analizar las variaciones económicas que podrían afectar lo pactado (salvo que el IPC supere o iguale los incrementos pactados, en cuyo caso habrá una reunión inmediata).
Reducción Seguro La Estrella (Plan dental!)
Por último, se firmó una baja de un 1% en la contribución patronal al seguro de retiro complementario “La Estrella”.
La disminución de la alícuota (que pasa de 3,5% a 2,5%), se hará efectiva con retroactividad al mes de enero de 2019 e implica –sin menoscabo para los beneficiarios, por la forma en que se ha aplicado– una reducción permanente del costo laboral no salarial para el comercio y los servicios. Esta medida favorecerá el mantenimiento y la generación de puestos de trabajo, a la par que incrementará la competitividad de las empresas.
Para acceder a la firma de baja del seguro de retiro complementario “La Estrella”, haga clic aquí.
TOTO dice
Ignacio vos ponés “Las sumas no remunerativas se incorporan al básico de convenio en septiembre 2019 y Abril 2020:
En septiembre 2019: pasa el 9% (4.5 mayo + 4.5 julio) al básico.
En Abril 2020: pasa el 3% de marzo al básico”
ESO NO ES VERDAD, NO ES LO QUE ESTÁ FIRMADO, NO FIGURA EN EL ACUERDO. EL 12 % ESE ES NO REMUNERATIVO Y SE EXTINGUE UNA VEZ PAGADAS LAS 5 CUOTAS
POR FAVOR ACLARALO
Constanza dice
Consulta en la DDJJ No remunerativos de AFIP
que decreto o ley debo utilizar para cargar el acuerdo no remunerativo del convenio?
isabel dice
buen día Ignacio, mi sueldo básico es mayor al de la escala de marzo de 2019, que suma se toma como calculo de aumento
Marcelo Cappiello dice
Ignacio te felicito por la información brindada día a dia, pero quisiera resaltar el hecho que este acuerdo de Comercio es de un 27,80 % aproximadamente (independientemente que las sumas no remunerativas se vayan incorporando a los básicos en el transcurso del acuero) Si tomas cualquiera de las categorias con su básico vigente a marzo de 2018 y que tendrá vigencia en el último tramo de la paritaria el incremento es el que señale anteriormente. Cual es el negocio de publicitar un porcentaje distinto al que los trabajadores percibirán y los empresarios deberán abonar ?
Ignacio dice
El 31.04% me da a mi https://www.ignacioonline.com.ar/como-calcular-el-grossing-up-del-acuerdo-de-empleados-de-comercio/
Hola! Consulta, en Mayo un empleado gozo las vacaciones del 2018, no se calculan sobre el acuerdo no? por que el acuerdo habla de Vacaciones Devengadas desde Abril 2019.
Gracias Ignacio por la explicación del chino que es el acuerdo…me gustó la referencia a los Simpson,
Saludos
POR FAVOR ALGUIEN TIENE INFORMACION SI ESTE ACUERDO ES APLICABLE A LA RAMA TURISMO?
GRACIAS
Tema $ 100 para Osecac:
Cuando se carga el F931 Afip, es IMPOSIBLE aportar a dos obras sociales !!!
Si tengo OSDE por ejemplo, aportes y contribuciones vayan allí y los $ 100 a OSECAC ??? no se puede !!!
HELP Ignacio !!!
En ese caso se debería hacer con el 120/A
Igual no pienso liquidarlo
en Faecys me dicen que los $100 son para todos, tengas o no Osecac!!!!
Quien no tiene esa obra social igual los tiene que aportar!!
UNA VERGUENZA
«Estos asuntos de economía y finanzas son tan simples que están al alcance de cualquier niño. Sólo requieren saber sumar y restar. Cuando usted no entiende una cosa, pregunte hasta que la entienda. Si no la entiende es que están tratando de robarlo. Cuando usted entienda eso, ya habrá aprendido a defender la patria en el orden inmaterial de los conceptos económicos y financieros». Raúl Scalabrini Ortiz
Muy buena explicación. Solo entiendo de otra manera algunas cuestiones.
Las asignaciones extraordinarias están detalladas en su forma de pago 5 cuotas y los importes respectivamente. Es decir sobre el salario de marzo 2019. Mes 6 y 7 un 4.% 8y 9 un 9%. Aquí hay un punto critico. Y el mes 3 del 20 un 3%.El acuerdo dice dichas asignaciones pasaran al salario básico en el mes de septiembre 2019. Yo entiendo que en septiembre al básico de marzo de 2019 le adiciono un 12% equivalente a las asignaciones extraordinarias. 4.5 +4.5 +3=12
Además en septiembre mismo también calculo sobre marzo2019 un 4.5 adicional ya estaría en el 16.5 en noviembre otro 4.5 me da 21 en enero 4.5 voy al 25.5 y en marzo otro 4.5 llego al 30%. Creo que estamos confundiendo como se paga con el aumento en si.. . Para resumir en marzo 2020 el básico de marzo 2019 más el 30% será el basico. Las formas u modos son estrategias para dilatar el aumento en el tiempo. Después armo un ejemplo con números a ver si están de acuerdo con mi interpretación del acuerdo. Saludos
NO ESTA CLARO SI LO NO REMUNERATIVO LLEVA DESCUENTO OBRA SOCIAL, SOLAMENTE SI TENES OSECAC O CUALQUIER OBRA SOCIAL,
SINDICATO EMPLEADO COMERCIO MAR DEL PLATA, ES PARA TODAS LAS OBRAS SOCIALES Y SEGUN ESTE DETALLE SOLAMENTE OSECAC (HABLO DEL 3% NO DE LOS $ 100)
En Mar del Plata, el no remunerativo lleva descuento de 5.5 % y los 100 pesos son para todos los empleados. Tengan o no OSECAC.
por lo que entiendo son 4 sumas fijas que desaparecen en septiembre y un aumento del 18% en 4 cuotas.
Resumido el aumento es solo del 18%. Espero haber entendido mal.
Buenos días, gracias por la explicación!
Ni mencionemos que en este pésimo acuerdo se olvidaron que el aumento debía regir desde abril 2019, o sea, nos hicieron perder un mes de aumento.
Son un chiste!
Consulta Ignacio: en caso de empresas que pagan básicos por encima del convenio, como aplica la suma no remunerativa? sobre el básico de la escala de marzo de CCT 130/75 o sobre los básicos reales que abona la empresa? Consulto esto porque todos los empleados piensan que el porcentaje aplica sobre SUS básicos de marzo pero no los del convenio