Nuevo acuerdo salarial para la rama de centros de contacto de Empleados de Comercio. Escalas Octubre 2020 a Marzo 2021.
La FAECyS informa que se firmó un nuevo acuerdo salarial para Empleados de Comercio Rama Centros de Contactos CCT 781/20 (Call Center).
Puntos clave del acuerdo
Se establece el pago de una gratificación extraordinaria por única vez, no remunerativa y de naturaleza excepcional, que será de aplicación a todas las empresas y/o establecimientos y a todos los trabajadores comprendidos en el ámbito del CCT 781/20 consistente en una suma única por cada categoría a abonarse en seis (06) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, conforme los montos que para cada categoría del CCT 781/20 surgen de las columnas “Asignación NR acuerdo 2020” y “Valor cuota mensual” del Anexo I que forma parte integrante del presente.
El importe de la cuota consignada en éste artículo conforme se establece en cada categoría, y con la misma naturaleza y carácter no remunerativo, se le adicionará a estos valores el pago de los adicionales de presentismo y antigüedad.
Cada cuota mensual será pagadera junto con las remuneraciones de los meses de octubre, noviembre y diciembre del 2020, y de enero, febrero y marzo del 2021.
A efectos de percibir cada una de las cuotas mensuales de la asignación pactada, el trabajador comprendido deberá tener su contrato de trabajo vigente al momento de percepción de cada cuota.
Asimismo, y para el supuesto de los trabajadores que hubieren ingresado con posterioridad al 1ro de octubre de 2020, la gratificación establecida por el presente acuerdo se liquidará y abonará de manera proporcional al tiempo trabajado.
La gratificación aquí pactada se abonará bajo la denominación “Asignación Extraordinaria No Remunerativa -Acuerdo 2020” en forma completa o abreviada, con indicación del número de la cuota respectiva, extinguiéndose la misma con el pago total y oportuno de las 6 cuotas aquí referidas o las que correspondan según lo arriba expresado.
Sobre la suma no remunerativa, se pagarán:
1) aportes y contribuciones de la Obra Social de Empleados deComercio y Actividades Civiles,
2) aporte del trabajador establecido por los arts. 36 y 37 con la misma modalidad que se venía realizando en el convenio anterior (arts. 100 y 101 del CCT 130/75) hasta la aplicación del nuevo convenio (arts. 36 y 37 mencionados), manteniendo los conceptos separados y la integridad sobre el monto de cada uno de ellos.
Los aportes mencionados se harán sobre el monto nominal de cada cuota que perciba el trabajador.
Aporte a OSECAC
Los trabajadores deberán hacer un aporte a cargo de los trabajadores mercantiles encuadrados en el CCT 781/20. El referido aporte efectuado por el trabajador a la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles, y será de $100 mensuales.
Contribución patronal a OSECAC
Además, se acordó el pago de una contribución a cargo de la empresa, que asciende a la suma de pesos $ 200 por cada trabajador comprendido en el CCT 781/20 que tenga pactada una jornada de 36 hs. o inferior conforme la jornada convencional establecida en nuestro CCT aplicable 781/20.
Esta contribución especial empresaria se asignará con destino a la Obra Social de Empleados de Comercio y Servicios (OSECAC) para los fines aquí descriptos, y deberán ser depositado a la orden de OSECAC en la cuenta del Banco Ciudad 03-CC $, N 000001110000193135, CBU 0290000100000001931350, Alias TACHA.AZAR.ROBLE
Escala salarial CCT 781/20 desde Octubre 2020 | ||
Básico | Asignación No remunerativa | Jornada |
Categoría 1 – Mantenimiento | ||
$ 48.400,12 | $ 5.000,00 | 48 horas |
Categoría 2 – Administrativo | ||
$ 48.502,92 | $ 5.000,00 | 48 horas |
Categoría 3 – Operación A | ||
$ 17.709,15 | $ 2.083,33 | 20 horas |
$ 18.594,61 | $ 2.187,50 | 21 horas |
$ 19.480,07 | $ 2.291,67 | 22 horas |
$ 20.365,52 | $ 2.395,83 | 23 horas |
$ 21.250,98 | $ 2.500,00 | 24 horas |
$ 22.136,44 | $ 2.604,17 | 25 horas |
$ 23.021,90 | $ 2.708,33 | 26 horas |
$ 23.907,35 | $ 2.812,50 | 27 horas |
$ 24.792,81 | $ 2.916,67 | 28 horas |
$ 25.678,27 | $ 3.020,83 | 29 horas |
$ 26.563,73 | $ 3.125,00 | 30 horas |
$ 27.449,18 | $ 3.229,17 | 31 horas |
$ 28.334,64 | $ 3.333,33 | 32 horas |
$ 29.220,10 | $ 3.437,50 | 33 horas |
$ 30.105,56 | $ 3.541,67 | 34 horas |
$ 30.991,01 | $ 3.645,83 | 35 horas |
$ 31.876,47 | $ 3.750,00 | 36 horas |
Categoría 4 – Operación B | ||
$ 18.048,16 | $ 2.083,33 | 20 horas |
$ 18.950,57 | $ 2.187,50 | 21 horas |
$ 19.852,98 | $ 2.291,67 | 22 horas |
$ 20.755,39 | $ 2.395,83 | 23 horas |
$ 21.657,79 | $ 2.500,00 | 24 horas |
$ 22.560,20 | $ 2.604,17 | 25 horas |
$ 23.462,61 | $ 2.708,33 | 26 horas |
$ 24.365,02 | $ 2.812,50 | 27 horas |
$ 25.267,43 | $ 2.916,67 | 28 horas |
$ 26.169,83 | $ 3.020,83 | 29 horas |
$ 27.072,24 | $ 3.125,00 | 30 horas |
$ 27.974,65 | $ 3.229,17 | 31 horas |
$ 28.877,06 | $ 3.333,33 | 32 horas |
$ 29.779,47 | $ 3.437,50 | 33 horas |
$ 30.681,87 | $ 3.541,67 | 34 horas |
$ 31.584,28 | $ 3.645,83 | 35 horas |
$ 32.486,69 | $ 3.750,00 | 36 horas |
leo dice
Yo me pregunto, no tendria que estar encuadrado en sindicato de telefonicos ???
Paula dice
deberían estar encuadrados en el convenio de ATACC, como los de call center de Córdoba, que cobran 7000 pesos mas alto que lo que pagan estos chantas de comercio acá en Tucumán o en Santa Fe o en cualquier otro lado
Gabriela dice
Buenos días quería saber si en el nuevo acuerdo, establecido para enero, febrero y marzo de 2021, entra la rama de call center también?
Paula dice
Buenas tardes, me pregunto exactamente lo mismo.
mariela dice
Se puede contratar un empleado de comercio, con jornada 4 hs diarias (de lunes a sabado por la mañana). grcs
CRISTIAN dice
TODOS SINVERGÜENZAS, UN AUMENTO FICTICIO, ANTES DE COBRARLO YA LO PERDIMOS CON LA INFLACION, Y TODAVIA DESPUÉS DE HABER ESTADO CORTADO OSECAC LO SIGUEN DESCONTANTO, LADRONES SINDICALISTAS. 17 AÑOS EMPLEADO DE COMERCIO Y JAMAS EN LA VIDA UNA A FAVOR, TODAS EN CONTRA.
Tano dice
Esto es un chiste? No hay aumento de nada? Alguien me explica por favor?
Damian dice
Que miseria! Hacemos el trabajo de un empleado de banco y cobramos por comercio. Que país.
Silvia dice
Buenas noches, una consulta, trabajo en un call Center por lo que entiendo ahora entro en lo que se denomina Categoría A. Pero mi jornada es de 45hs semanales.. De cuánto sería la cuota?