• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Empleados de Comercio: acuerdan un 21% en tres tramos

28 enero, 2021 Por Ignacio 78 comentarios

Paritaria Empleados de Comercio 2021 acuerdan un incremento salarial en tres tramos 7% en enero, 7% en febrero y 7% en Marzo 2021.

La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) suscribieron una revisión del acuerdo paritario para la actividad mercantil (CCT 130/75), realizada en virtud de la cláusula cuarta del acuerdo firmado en octubre de 2020.

Así lo informaron la CAME y la CAC en comunicado de prensa en sus s páginas web, en concreto, las partes pactaron una asignación no remunerativa para enero, febrero y marzo de 2021, que en el último de estos meses completa un 21% a calcularse sobre el monto que arroja la suma del salario básico vigente para cada categoría en diciembre de 2020 y el monto otorgado para ese mes como cuota mensual de gratificación extraordinaria y por única vez en virtud de la cláusula segunda del citado acuerdo de 2020 ($5000).

Asignación no remunerativa

La asignación no remunerativa ahora pactada se abonará en tres cuotas mensuales y consecutivas, la primera de ellas equivalente al 7% del total de la base de cálculo antes señalada y junto con las remuneraciones de enero de 2021, la segunda equivalente al 14%, junto con las remuneraciones de febrero de 2021, y la tercera equivalente, al 21%, junto con las remuneraciones de marzo de 2021. Se liquidará bajo la denominación “Asignación Extraordinaria No Remunerativa – Revisión Acuerdo 2020” en forma completa o abreviada, con indicación del número de la cuota respectiva.

El monto correspondiente al mes de marzo de 2021 se incorporará a los básicos del mes de abril de 2021 por su valor nominal.

Al tratarse de un aumento no remunerativo, la incidencia que tiene sobre el costo del empleador (entendido como el salario básico y las contribuciones patronales) no es del 21% sino del 17,9%.

A la vez, al no estar sujeta a ningún adicional, la incidencia efectiva sobre el costo del empleador resulta aún menor que el 17,9% (dependiendo el porcentaje concreto del caso en cuestión).

En otro orden, respecto de la cuota mensual de $5000 que integra la gratificación extraordinaria por única vez y de naturaleza excepcional (cláusula segunda del acuerdo colectivo firmado en octubre de 2020), prevaleció la postura de la CAME y dichas cuotas mantendrán su carácter no remunerativo durante los meses de enero, febrero y marzo del 2021.

Asimismo, se logró que la incorporación a los básicos fuera por su valor nominal y de manera progresiva, en dos cuotas: $2500 a partir del 1° de abril de 2021, y los $2500 restantes a partir del 1° de mayo de 2021.

Además, se acordaron los siguientes puntos:

1) Instrumentar lo estipulado en el artículo octavo del acuerdo salarial de fecha 28 de mayo de 2019: “Respecto de la provincia de Tierra del Fuego y dadas las asimetrías salariales existentes en la misma, la FAECYS, CAC, CAME y UDECA se comprometen a convocar, dentro de los 45 días de la firma del presente, a las asociaciones sindicales y empresarias del lugar, a fin de evaluar los adicionales zonales vigentes”.

2) Se acordó la prórroga del Convenio de Emergencia por suspensión de actividades para el sostenimiento de los puestos de trabajo y la actividad productiva. El mismo establece, entre otros, los lineamientos para las asignaciones dinerarias que como prestaciones no remunerativas abonen los empleadores en concepto de suspensiones dispuestas en los términos del art. 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).

Ver las claves del acuerdo aquí.

Acta acuerdo y escalas

Descargar

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Empleados de Comercio

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Fernando Gonzalez dice

    8 mayo, 2021 a las 8:41 am

    Acabo de recibir el recibo de sueldo nuevo del mes de Abril abonado en Mayo. Cobre menos. Los descuentos a los acuerdos anteriores superan el 8% que nos están dando. Y a esperar hasta Septiembre. Todos los días, aumentamos los precios de todo, cada vez la brecha es más grande.

    Responder
  3. Adriana dice

    1 febrero, 2021 a las 3:14 pm

    Una consulta, cuando el empleado esta encuadrado en la categoría pero gana más que lo que fija la escala, solo recibe el 7 % calculado en la escala. Ej maestranza B gana 45.999,13 la escala indica 41.925,50 solo percibe 3284,79 o le corresponde 3.569,93? Gracias!

    Responder
    • Ignacio dice

      3 febrero, 2021 a las 10:09 pm

      Los aumentos son sobre las escalas de convenio, para el resto, el punto 7 del acuerdo indica:

      En relación a la determinación de la base de cálculo del incremento alcanzado en este acuerdo, las firmantes aceptan recomendar a aquellas empresas que liquidan suplementos y/o adicionales fijos y permanentes, por encima de los establecidos en el C.C.T. 130/75, procuren negociar, durante la vigencia del presente, su adecuación, teniendo como referencia los incrementos previstos en el presente.

      Responder
  4. Maximiliano dice

    31 enero, 2021 a las 6:07 pm

    Dicen 60513 en bruto … Mi consulta es en neto ( en mano ) cuanto quedaría mi sueldo ?

    Responder
    • Franco dice

      2 febrero, 2021 a las 5:21 pm

      Ese valor es un dibujo marketinero, que no indica la realidad de cada uno. Depende de cuánto sea tu sueldo real (el que tu empresa te paga), y a eso sumarles los valores que indican en la tabla final del acuerdo (esa planilla que indica cuánto es mes a mes el incremento en bruto). A eso se le descuenta lo que ese OSECAC (3%), SEC (2%) y FAECYS (0,5%), con lo cual tu aumento de bolsillo ronda los $3300 mensuales (hasta marzo). Olviden los porcentajes indicados como aumentos, solo estos valores reales.

      Responder
  5. Andres dice

    29 enero, 2021 a las 10:52 pm

    Que sucede con los empleados de comercio encuadrados en el CCT 781/20 ?Vamos a percibir ese incremento ?

    Responder
    • Ignacio dice

      31 enero, 2021 a las 8:43 pm

      Es otro convenio, es otro acuerdo

      Responder
  6. Valeria dice

    29 enero, 2021 a las 2:38 pm

    Mi empleador no no sumo al basico los 6 mil del año pasado y tmp no esta pagando el toral del bono. Veo imposible que pague esto. Y en el sindicato para presentar queja debo dejae mis datos. Seguiran pagando todo dentro del acuerdo 223? O ya caduco

    Responder
  7. JUAN dice

    29 enero, 2021 a las 11:02 am

    ES UNA LASTIMA Q NOSOTROS COMO PARTE DE TODO ESTO NO PODAMOS MANIFESTAR NUESTRA DISCONFORMIDAD CON LO QUE ARREGLAN LOS ÚNICOS QUE PODRÍAN HACER ALGO ME PARECE QUE SON LOS EMPLEADOS DE LOS SUPER PERO NOSOTROS QUE SOMOS UNICOS EMPLEADOS NO PODEMOS HACER NADA LAMENTABLEMENTE

    Responder
  8. CARINA dice

    29 enero, 2021 a las 10:43 am

    Hola a todos. Del chat con el Sec me respondieron que “antiguedad y presentismo no tiene incidencia el nuevo aumento pero si para vacaciones”

    Responder
  9. Adrián dice

    29 enero, 2021 a las 1:57 am

    Que bolonqui por favor, no entendí nada.

    Responder
  10. Argentina Únido dice

    28 enero, 2021 a las 11:54 pm

    Salgan a cortar la ruta es una verdadera vergüenza lo que les subieron a comercio! Que lástima encima en cuotas le van aumentando weee! 60 mil pesos hoy 2021 ? Encima te descuentan todo. Saludos y fuerza

    Responder
    • Juan dice

      29 enero, 2021 a las 6:08 pm

      Los de comercio son lo más mansitos que hay, además son personal no calificado, es fácilmente reemplazable

      Responder
  11. Laura dice

    28 enero, 2021 a las 11:44 pm

    Hola! Si salgo de licencia x maternidad en marzo como se liquida? Ya que desde abril debería pagarme anses

    Responder
    • Dante dice

      29 enero, 2021 a las 11:38 am

      Tendrías que estar de licencia… Las embarazadas no pueden trabajar por la pandemia según el DNU

      Responder
  12. Guillermo dice

    28 enero, 2021 a las 11:42 pm

    Y si..sigo cavallieri, es para seguirte puteando..yo no estiendo como carajo seguís dirigiéndonos, ya a se porque la porque todo los compañeros son unos cobardes y no pelean por sus sueldos, dignos..son unos cagonesss,cobardeee

    Responder
  13. Beto dice

    28 enero, 2021 a las 11:10 pm

    Hay que hacer una desafiliación masiva…así cuando vean la guita que pierden se van a calentar por sus trabajadores…

    Responder
  14. Julio dice

    28 enero, 2021 a las 10:49 pm

    Cavallieri HDP,siempre paritarias de indigente
    Los empresarios vacacionando en Europa y con BMW ,Mercedes,Volvo
    Y nuestros hijos comiendo dos veces por dia

    Responder
    • Matt dice

      29 enero, 2021 a las 12:39 am

      no!…Cavalleri Vacaciona en Europa y anda en BMW con la guita tuya y la que le afana a las empresas…no te equivoques.

      Responder
  15. Julieta dice

    28 enero, 2021 a las 9:42 pm

    Hola Ignacio, la rama de acopios está incluida en este aumento? Ya que nunca me queda claro eso. Gracias por toda tu info

    Responder
« Comentarios anteriores

Trackbacks

  1. Empleados de Comercio: acuerdan un 21% en tres tramos - Sindicato de Empleados de Comercio de Santa Cruz dice:
    8 febrero, 2021 a las 9:42 am

    […] Ver Noticia Completa […]

    Responder

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1499) AGIP (173) Aguinaldo (78) Aguinaldo - SAC (109) ANSeS (522) Aplicativos (206) ARBA (350) Asignación Universal por Hijo (246) Autónomos (122) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (261) Casos Prácticos (217) CNTA (92) Convenio Multilateral (88) coronovirus (89) Escala Salarial (188) Factura Electrónica (78) FAECYS (395) FATSA (77) Ganancias (419) Homologación Acuerdos (126) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (119) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (82) Monotributistas (172) Noticias (87) Paritarias (532) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (189) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (87) Recibo de Sueldos (209) Resoluciones (492) Sanidad (94) SEC (101) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (125) UOM (217) UTEDYC (148)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d