• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Empleados de Comercio y empresarios acordaron pagar los $1200 sin proporcionar a la jornada

23 octubre, 2014 Por Ignacio 41 comentarios

Asignación no remunerativa de $ 2.400. La diferencia de la primera cuota se paga en octubre de 2014.

Finalmente, y luego de tantas idas y vueltas sin sentido, las cámaras empresarias de comercio acodaron cumplir con lo que ya había firmado, pero se negaban a reconocer, y los $2400 no remunerativos se pagarán sin proporcionar a la jornada de trabajo, por lo que todo los empleados de comercio bajo el CCT 130/75 deberán cobrar los $2400.
Recordamos que a través del último Acuerdo salarial de la actividad mercantil, se acordó el pago de una asignación por única vez, con carácter extraordinario y no remunerativo, de $ 2.400 en dos cuotas iguales de $ 1.200 en los meses de julio y noviembre de 2014, respectivamente. Pero el pago de la primera cuota generó polémica respecto si se debería pagar en forma proporcional o no. 
Finalmente, primó el derecho laboral, y las partes representativas de la actividad arribaron a un nuevo Acuerdo convencional, el cual se encuentra pendiente de homologación, que establece que aquellos empleadores que hubieran abonado de manera incompleta la primera cuota de la referida asignación no remunerativa deberán abonar la diferencia hasta completar la suma de $ 1.200 con la liquidación de salarios correspondientes al mes de octubre de 2014.
Además, se aclara que la segunda cuota de $ 1.200 se deberá abonar de manera íntegra conjuntamente con los salarios de noviembre de 2014, independientemente de la extensión de la jornada laboral.
DESCARGAR ACUERDO

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: 1200 pesos, CAC, CAME

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. anonimo!! dice

    6 noviembre, 2014 a las 4:46 pm

    Buen dia Ignacio! Queria consultar respecto a esta resolucion ya que se encuentra PENDIENTE DE HOMOLOGACION….por lo tanto de ser asi me deberian pagar el proporcianal faltante de la primera cuota de julio?? ohay que esperar a que este homologado para que lo paguen?? Te consulto esto debido a que no me pagaron los 600 faltantes junto con la remuneracion de octubre…. Desde ya muchas gracias!!

    Responder
  3. Carolina Denise Bergamín dice

    5 noviembre, 2014 a las 3:50 pm

    Hola buenas tardes, me acaban de echar luego de un periodo de prueba de 3 meses (agosto-octubre), me corresponderian el proporcional de osecac? Agradeceria si me ayudan.

    Responder
  4. Barbara Giosue dice

    3 noviembre, 2014 a las 1:33 pm

    hola Ignacio. Renuncio a mi empleo a partir de 7/11. me deben pagar los $1200 o proporcional a esto. Gracias. saludos

    Responder
  5. Barbara Giosue dice

    3 noviembre, 2014 a las 1:32 pm

    hola Ignacio. Te hago una consulta. Renuncio a mi trabajao a parti del 07/11 deben pagarme los $1200 o un proporcional? gracias!

    Responder
  6. Anónimo dice

    29 octubre, 2014 a las 5:08 pm

    hola y en mi caso que nunca me lo pagaron que hago????

    Responder
    • Anónimo dice

      31 octubre, 2014 a las 5:37 pm

      Hola!..trabajo 4 horas diarias. me blanquean solo la mitad de los dias trabajados (de 30 dias son 15 en blanco y 15 en negro) nunca me mencionaron lo de los 2400…y entonces no se que hacer..

      Responder
  7. GABRIELA V dice

    28 octubre, 2014 a las 9:46 pm

    Buenas tardes Ignacio. En el caso de una empleada de comercio que ya cobró la primer cuota de 1200 y en octubre entra de licencia por maternidad, quién le paga la segunda cuota en noviembre? anses o su empleador o la pierde? Mil gracias!!

    Responder
    • Ignacio dice

      30 octubre, 2014 a las 5:33 pm

      Hola Gabriela, la ANSES, siempre y cuando lo informe la empleadora en el 931

      Responder
    • GABRIELA V dice

      4 noviembre, 2014 a las 3:07 am

      Gracias Ignacio por responder. ¿Decis que el empleador informe que está en licencia por maternidad? eso es lo que tiene que informar el empleador?? Mil gracias

      Responder
  8. Anónimo dice

    26 octubre, 2014 a las 12:49 am

    es lamentable. la inflación y se comió el salario. y ellos discutiendo el adicional que es lamentable

    Responder
  9. Anónimo dice

    25 octubre, 2014 a las 3:02 am

    Perdon, una consulta, los $1200 se pagarán con los haberes correspondientes a octubre que se cobran en noviembre o con los de noviembre que se cobran en diciembre? En otro post aqui mismo indicabas que se cobraba ahora en noviembre pero en éste post dice diciembre.

    Responder
    • Laura Ghezzi dice

      27 octubre, 2014 a las 4:59 pm

      Recibo del sueldo de noviembre que se cobra en diciembre
      Saludos

      Responder
    • Anónimo dice

      30 octubre, 2014 a las 12:07 pm

      Que estas leyendo?
      En este post dice: Con la liquidación de salarios correspondientes al mes de "octubre de 2014".

      Osea es en el recibo de octubre que se cobra en noviembre

      Responder
  10. Anónimo dice

    24 octubre, 2014 a las 10:49 pm

    No es juesto que un empleado que trabaja 8 horas cobre lo mismo que uno que trabaja 4. Es claramente DISCRIMINATORIO.

    Responder
    • Anónimo dice

      29 octubre, 2014 a las 3:23 pm

      No es discriminatorio, en tal caso es una carga más pesada para el empleador que tiene un empleado de 3 o 4 horas nomas

      Responder
  11. Grabiela Teves dice

    24 octubre, 2014 a las 5:58 pm

    Hola!
    De q fecha es este acuerdo? ya que en el caso de a quienes nos pagaron un proporcional en Julio y deberiamos ver la diferencia en el recibo de Octubre, no la tenemos. Y los haberes de Octubre fueron ya abonados, por lo tanto se abonaria la diferencia mas la segunda cuota en noviembre? contesten . gracias!

    Responder
    • Ignacio dice

      30 octubre, 2014 a las 5:35 pm

      los sueldos de octubre ya abonados?

      Responder
    • Anónimo dice

      10 noviembre, 2014 a las 3:18 pm

      a mi me dicen en el laburo que hasta que no se Homologue el acuerdo no pagaran nada… alguien sabe algo?

      Responder
  12. Anónimo dice

    24 octubre, 2014 a las 5:55 pm

    Lamantablemente con la inflaccion que estamos teniendo, ese plus mas las paritarias estan por debajo de poder mantener un sueldo razonable, es una verguenza.

    Responder
  13. Laura Menendez dice

    24 octubre, 2014 a las 2:24 pm

    Ignacio una consulta, a ver si entendí bien, a mi me pagaron hace unos meses solo el proporcional a los 1200, es decir que ahora tendrán que abonarme lo que resta y aparte los 1200 completos correspondientes al mes de noviembre??

    Responder
    • Anónimo dice

      29 octubre, 2014 a las 3:22 pm

      si

      Responder
    • Ignacio dice

      30 octubre, 2014 a las 5:34 pm

      Hola Laura, si, si te pagaron proporcional, ahora con el sueldo de octubre te tienen que pagar la diferencia.

      Responder
    • SILVIA VILA dice

      31 octubre, 2014 a las 2:06 pm

      Dice : Asignación no remunerativa de $ 2400. A efectivizarse en dos tramos . El primero de $ 1200 .con los haberes del mes de Julio 2014 y el segundo de $ 1200. – con los haberes del mes de Noviembre 2014. y hay que declararlo por R.G 3279 . resol. 626/2014

      Responder
  14. Anónimo dice

    24 octubre, 2014 a las 1:39 pm

    Este gremio es el mas grande de todos y el que menos fuerza tiene. Firma acuerdos que son una mentira y encima los 'afiliados' votan siempre a la misma gente. Tenemos al Armando que nos merecemos!!!

    Responder
    • Anónimo dice

      24 octubre, 2014 a las 10:30 pm

      Votan??? jajaja
      Como se va a votar, si hay una sola lista…

      Responder
    • Anónimo dice

      25 octubre, 2014 a las 12:38 am

      Aguien los vota? so se eligen ellos solitos a dedo

      Responder
    • Anónimo dice

      31 octubre, 2014 a las 4:33 am

      Estamos en el sindicato mas vendido de la historia, que Cavalieri intente vivir con un sueldo de empleado de comercio, hipócritas!

      Responder
  15. Anónimo dice

    24 octubre, 2014 a las 1:37 pm

    Este aumento ya fue sobrepasado por la inflación. Que hace el amigo Cavalieri? Ni hablemos de la oposición que lo defenestraba y terminó tranzando con él. Ahora salen a decir que van a pedir una suma fija para fin de año( como todos loa años que nunca llega) pero primero van a arreglar con los supermercados.

    Responder
  16. Anónimo dice

    24 octubre, 2014 a las 12:05 pm

    LO EMPLEADOS DE JORNADA COMPLETA MUY AGRADECIDOS. SE HIZO JUSTICIA.

    Responder
    • Anónimo dice

      24 octubre, 2014 a las 10:29 pm

      Eso es ironía maestro?

      Responder
    • Anónimo dice

      29 octubre, 2014 a las 9:54 am

      Todavia me asombra la poca solidaridad de compañeros, una lastima.

      Responder
    • Anónimo dice

      31 octubre, 2014 a las 11:45 am

      los últimos serán los primeros, esta en la biblia

      Responder
Comentarios siguientes »

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1499) AGIP (173) Aguinaldo (78) Aguinaldo - SAC (109) ANSeS (522) Aplicativos (206) ARBA (350) Asignación Universal por Hijo (246) Autónomos (122) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (261) Casos Prácticos (217) CNTA (92) Convenio Multilateral (88) coronovirus (89) Escala Salarial (188) Factura Electrónica (78) FAECYS (395) FATSA (77) Ganancias (419) Homologación Acuerdos (126) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (119) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (82) Monotributistas (172) Noticias (87) Paritarias (532) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (189) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (87) Recibo de Sueldos (209) Resoluciones (492) Sanidad (94) SEC (101) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (125) UOM (217) UTEDYC (148)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d