En que casos los empleados en relación de dependencia deben presentar las Declaraciones Juradas de Ganancias y Bienes Personales. Los vencimientos generales comienzan el lunes próximo.
Una de las preguntas que más me han hecho en estos últimos días es en qué casos un empleado en relación de dependencia debe presentar la declaración jurada de Ganancias o Bienes personales.
Para aclarar las dudas respecto a este tema, y dado que el lunes próximo comienzan los vencimientos generales, dejo este pequeño informe para que cada empleado pueda evaluar su situación y verificar se encuentra o no obligado a la presentación y/o pago de declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales.
Empleados en Relación de Dependencia
¿Quiénes están obligados a presentar declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias y/o del Impuesto sobre los Bienes Personales?
ingresos por cualquier actividad (excepto que se hubieran adherido al
monotributo incluyendo los ingresos obtenidos por todas sus actividades
autónomas).
Los actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación
Argentina de Actores y que hubieran percibido ingresos brutos anuales
iguales o superiores a $ 144.000.-
Si usted se encuentra encuadrado en alguno de estos casos, deberá presentar la declaración jura de Impuesto a las Ganancias y/o Bienes personales. Entonces, las preguntas a responder serán estas:
Con el aplicativo “Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales versión 13” que puede
descargarlo ingresando a www.afip.gob.ar/Aplicativos o aquí
OPCIONAL.: Presentación de Ganancias a través del servicio on line “Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas” (ingresando con Clave Fiscal o Clave Bancaria).
Las declaraciones juradas de los empleados en relación de dependencia podrán ser presentadas hasta el día 30 de junio, inclusive, del año siguiente a aquél al cual corresponde la información que se declara (por ejemplo las del Período Fiscal 2011, vencen el 30 de Junio de 2012).
En caso de que de la Declaración jurada de saldo a pagar o a favor del contribuyente, o se encuentran inscriptos alguno de los impuestos (Ganancias o Bienes Personales), deberá observar el vencimiento general correspondiente:
Inscriptos en Ganancias y/o Bienes Personales, y quienes posean, al 31/12/2011, bienes por un monto igual o superior a $ 305.000.-
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Terminación CUIT | Presentación | Pago |
---|---|---|
0 – 1 | 14/05/2012 | 15/05/2012 |
2 – 3 | 15/05/2012 | 16/05/2012 |
4 – 5 | 16/05/2012 | 17/05/2012 |
6 – 7 | 17/05/2012 | 18/05/2012 |
8 – 9 | 18/05/2012 | 21/05/2012 |
Vencimientos MAYO 2012
Inscriptos en Ganancias y/o Bienes Personales, que tengan participación en sociedades que cierren ejercicio comercial en el mes de Diciembre, sin cotización en bolsa o mercado de valores.
Terminación CUIT | Presentación | Pago |
---|---|---|
0 – 1 | 16/04/2012 | 17/04/2012 |
2 – 3 | 17/04/2012 | 18/04/2012 |
4 – 5 | 18/04/2012 | 19/04/2012 |
6 – 7 | 19/04/2012 | 20/04/2012 |
8 – 9 | 20/04/2012 | 23/04/2012 |
Empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados; y actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores.
Terminación CUIT | Presentación |
---|---|
Todos los CUITs | 02/07/2012 |
Debe realizarse únicamente por Internet en la página de la , utilizando el servicio “Presentación de Declaraciones Juradas y Pagos”.
Con Clave Bancaria: ingresando a
– www.linkpagos.com.ar ,
– www.pagomiscuentas.com ,
– www.interbanking.com.ar o
mediante las páginas de los bancos habilitados (opción “Servicios AFIP”).
Con Clave Fiscal: desde el sitio web de la AFIP
Generando un Volante Electrónico de Pagos (VEP), utilizando el servicio“Presentación de Declaraciones Juradas y Pagos”:
Con Clave Bancaria: ingresando a
– www.linkpagos.com.ar ,
– www.pagomiscuentas.com ,
– www.interbanking.com.ar o
mediante las páginas de los bancos habilitados (opción “Servicios AFIP”).
Con Clave Fiscal: desde el sitio web de la AFIP.
Dirigiéndose directamente a cualquiera de las entidades de pago habilitadas,
con el Formulario Nº 799/E. En este formulario debe completar la información que para cada caso se detalla seguidamente:
Ganancias Bienes | Personales | |
---|---|---|
Período | 2011 | 2011 |
Rubro 1 Impuesto | 011 | 180 |
Rubro 2 Concepto | 019 | 019 |
Rubro 3 Subconcepto | 019 | 019 |
Pago en cuotas
Puede realizarse el pago del saldo de las declaraciones juradas en cuotas. Para pagar en cuotas debe utilizar el aplicativo “RG 984”, que puede descargar ingresando a www.afip.gob.ar/Aplicativos
ASESORAMIENTO PROFESIONAL
Anónimo dice
Hola ignacio te consulto que pasa si tenia que declarar el periodo 2010 de impuestos de ganancias y bienes y no lo hice?
Muchas gracias
Laura
hola, un empleado en relación de dependencia al que le retienen ganancias mensuales porque tambien lo obligan en el trabajo a presentar bienes personales si no está inscripto en el impuesto y no llega al minimo de 305.000?
Ignacio, como va ? mi pregunta es: por un lado si tenes un bien que supera los 305000 pero conjunto a mi esposa, los dos tenemos que presentar bienes personales ?
Y en el caso que no tenga propiedad a mi nombre, pero si supero los 96000 pesos brutos anuales, tengo que presentar dicho formulario ?
muchas gracias.-
HOLA IGNACIO, SOY EMPLEADA Y MONOTRIBUTISTA INSCRIPTA EN GANANCIAS Y BIENES PERSONALES (ABOGADA PERO NO EJERZO) CON LO CUAL SOLO PERCIBO HABERES DE SUELDO. LLEGO A LOS 96.000 ANUALES CUANDO DEBO PRESENTAR EN ABRIL O JUNIO ? IGUALMENTE NO ME DA SALDO A PAGAR,GRACIAS VIVIANA
Muchachos, las respuestas están en el artículo, a menos que me haya explicado mal.
GJ: la ley dice más de 96 mil, si tuviste 94, en principio no, pero tal vez la AFIP tiene otra información que es erronea. Tené en cuenta que son valores brutos, no netos
Hola Ignacio por qué cuando bajo los aplicativos me sale con códigos,como si el archivo estuviera dañado o algo así,no se puede leer,sabés algo al respecto?muchas gracias.Saludos.Ana
Tengo que presentar DJ si estoy inscripto en el impuesto y si supero esos montos? son 2 condiciones q tengo q cumplir? o son independientes?
Ignacio: te hago una consulta a mi el año pasado me hicieron presentar la declaracion de bs personales porque tuve ingresos mayores de 94000 pesos, me intimo la afip que presente años 2009-2010, este año tengo ingresos inferiores, debo presentarla?
gracias
Ignacio, mi hermano que esta en relacion de dependecia gana $ 180000 al año, queria saber si tiene que presentar ganancias por mas que en su trabajo le descuenten por este impuesto y le presente un formulario que creo es el 525.
no tengo novedades de comercio
Si no da saldo a pagar si, si le da a pagar, vencimiento general
Buenas tardes! si no esta inscripto en Ganancias y solo percibe ingresos por relacion de dependencia presenta en Junio, no?
Gracias y saludos
hola ignacio queria saber si hay aumento para empleados de comercio???? gracias por informarnos de todo..
Pero te dice que tenés que presentar o te avisa cual es el encuadre?
Con esos datos no deberías presentar nada
Hola Ignacio, te queria preguntar porque a mi me llego una notificación de Afipo para presentar Ganancias y Bienes personales, y mis ingresos anulaes no son mayores a $60.000 y mis bienes ni llegan a $150.000. Debo hacer algo? Porque Afip me dice que debo tributar estos impuestos.