El RENATEA adhirió al
procedimiento tributario de facilidades de pago de deuda previsional,
para la deuda de aportes y contribuciones con destino al organismo y sus
respectivos intereses resarcitorios, provenientes de las declaraciones
juradas presentadas ante la AFIP.
Mediante la Resolución 162/13 publicada hoy en el Boletín Oficial,
el Renatea adhirió al procedimiento tributario de facilidades de pago
de deuda previsional, conforme a la Resolución General AFIP Nº
3451/2013, para la deuda de aportes y contribuciones con destino al
organismo y sus respectivos intereses resarcitorios, provenientes de las
declaraciones juradas presentadas ante esa Administración, y
correspondiente a los períodos fiscales anteriores al 1° de marzo de
2013.
el Renatea adhirió al procedimiento tributario de facilidades de pago
de deuda previsional, conforme a la Resolución General AFIP Nº
3451/2013, para la deuda de aportes y contribuciones con destino al
organismo y sus respectivos intereses resarcitorios, provenientes de las
declaraciones juradas presentadas ante esa Administración, y
correspondiente a los períodos fiscales anteriores al 1° de marzo de
2013.
La norma otorga hasta 10 cuotas para abonar la deuda de Contribución
Renatea e intereses respectivos; y hasta 10 cuotas para la deuda por
Aportes Renatea e intereses respectivos.
Renatea e intereses respectivos; y hasta 10 cuotas para la deuda por
Aportes Renatea e intereses respectivos.
Además autoriza a la Gerencia Legal, Técnica y Administrativa a
promover la regularización de deuda de los períodos anteriores al 1°
marzo de 2013, mediante la cancelación a través del Plan de Facilidades
de Pago de la AFIP.
promover la regularización de deuda de los períodos anteriores al 1°
marzo de 2013, mediante la cancelación a través del Plan de Facilidades
de Pago de la AFIP.
Deja una respuesta