¿Se cobra aguinaldo estando de licencia por maternidad? ¿Lo paga la ANSES o el empleador?
El aguinaldo y la licencia por maternidad son derechos laborales fundamentales, pero su interacción puede resultar confusa. En este artículo, despejaremos las dudas acerca de cómo estos dos aspectos coexisten de acuerdo a la ley laboral argentina.
Existen preguntas comunes entre las trabajadoras que disfrutan de la licencia por maternidad, tales como: ¿Quién está obligado a pagar el aguinaldo durante este período, la ANSES o el empleador? ¿Cómo se realiza el cálculo? La realidad es que la licencia por maternidad no contempla el pago de aguinaldo.
Aguinaldo y Asignación por maternidad
Durante la licencia por maternidad, la trabajadora no recibe su salario normal, sino una Asignación Familiar no remunerativa que es pagada por la ANSES.
El Sueldo Anual Complementario (SAC), comúnmente conocido como aguinaldo, no se incluye dentro de la normativa de Asignaciones Familiares, ya que es un asunto regulado por la ley laboral.
Según la ANSES, “No corresponde declarar… suma relacionada con el Sueldo Anual Complementario (SAC-Aguinaldo)”.
Por lo tanto, la ANSES calcula la Asignación Familiar por maternidad sin tener en cuenta el aguinaldo. En conclusión, durante la licencia por maternidad, la ANSES no paga el aguinaldo.
Entonces, ¿El empleador paga el aguinaldo durante la licencia por maternidad?
La respuesta es no, ya que según la ley 23041, el aguinaldo “será pagado sobre el cálculo del 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año”.
Además, el Decreto 1078/84, que reglamenta la Ley Nº 23.041, establece en su artículo 1º que “La liquidación del Sueldo Anual Complementario, será proporcional al tiempo trabajado por los beneficiarios en cada uno de los semestres en que se devenguen las remuneraciones computables“.
Esto significa que el aguinaldo se calcula de manera proporcional al tiempo trabajado y remunerado, y como durante la licencia por maternidad se recibe una Asignación Familiar no remunerativa por parte de la ANSES, este período no se cuenta para el cálculo del aguinaldo.
Cálculo del Aguinaldo con Licencia por Maternidad
En consecuencia, si durante un semestre una trabajadora estuvo de licencia por maternidad, el aguinaldo correspondiente a ese semestre se calculará de forma proporcional al tiempo efectivamente trabajado por la empleada.
Por ejemplo, si durante el semestre enero – junio, la trabajadora estuvo de licencia por maternidad de febrero a abril, y suponiendo que la mejor remuneración fue de $100.000 el cálculo sería el siguiente:
100.000 / 2 = 50.000 sería el aguinaldo completo
Pero hay que proporcionarlo al tiempo trabajado:
50.000 * 94 / 184 = 97.872,34
Donde 94 son los días trabajados en el semestre y 184 los días del semestre.
Cómo calcular el aguinaldo proporcional
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