El Consejo solicitó a la Comisión Arbitral la modificación vencimiento de la declaración jurada anual (CM05).
Con motivo del dictado por parte de la Comisión Arbitral de su Resolución General 5/2015 de la Comisión Arbitral, en la que se fija el vencimiento de la Declaración Jurada anual (Formulario CM05) para el día 30 de abril de 2016, el CPCECABA ha enviado a ese Organismo una nota solicitando se considere modificar dicho vencimiento volviendo al habitual del 30 de junio o último día hábil del citado mes, debido a la gran cantidad de vencimientos de presentaciones de Declaraciones Juradas anuales exigidas por la AFIP para los meses de abril y mayo.
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