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El BCRA reglamenta el nuevo Relevamiento de Activos y Pasivos Externos ex com 3602 y 4237

6 junio, 2018 Por Ignacio 12 comentarios

Índice de Contenidos

  • Cómo funciona el nuevo régimen
  • Muestra principal
  • Muestras secundaria y complementaria
  • Guía paso a paso para comenzar con Relevamiento de Activos y Pasivos Externos
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

El BCRA reglamentó el nuevo “Relevamiento de activos y pasivos externos” que reemplza a los dispuestos por la Comunicación A 3602 y A 4237. Guía paso a paso de como será el régimen.

El BCRA, mediante la comunicación A 6401, dispuso la implementación de un relevamiento de activos y pasivos externos, que reemplaza a los relevamientos dispuestos por Comunicación A 3602 y la Comunicación A 4237, a partir de la información al 31/12/2017.

Según este nuevo régimen, serán declarantes del nuevo relevamiento de activos y pasivos externos todas las personas humanas y las personas jurídicas, patrimonios y otras universalidades que no estén comprendidas en la categoría de Gobierno General de acuerdo a la definición de la Sexta Edición del Manual de Balanza de Pagos del Fondo Monetario Internacional.

Cómo funciona el nuevo régimen

A través de la comunicación B 11712 se dieron a conocer las principales características del relevamiento de activos y pasivos externos, entre ellas:

  1. A partir del 01/06/2018, el declarante puede ingresar con clave fiscal nivel 3 a la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (www.afip.gob.ar) y dar de alta el servicio BCRA – Relevamiento de activos y pasivos externos.
  2. Las declaraciones se realizan exclusivamente a través del servicio AFIP, pudiendo completar y remitir la información vía los formularios electrónicos de carga o mediante carga masiva de datos. Para completar los datos requeridos se debe consultar los siguientes documentos:

• Manual de usuario | Definiciones y aclaraciones necesarias para la correcta carga de los datos.

• Formato de tablas | Se especifican los formatos de las tablas a remitir en caso de que se remitan vía carga masiva.

    • Las declaraciones a realizar en cualquier año calendario (año t) dependen de los saldos (posiciones) y flujos de activos y pasivos externos del año inmediato anterior. La muestra se divide en tres grupos que se determinan de la siguiente manera:

• Muestra principal | Entra dentro de este grupo, cualquier sujeto declarante para el cual la suma de los flujos de activos y pasivos externos durante el año calendario anterior (año t-1), o el saldo de activos y pasivos externos a fin de ese mismo año (año t-1) alcance o supere el equivalente a los US$ 50 millones.

Los integrantes de este grupo deben presentar un adelanto trimestral por cada uno de los trimestres del año t y una presentación anual del mismo periodo (la cual permitirá complementar, ratificar y/o rectificar los adelantos trimestrales realizados oportunamente).

• Muestra secundaria | Entra dentro de este grupo, cualquier sujeto declarante para el cual la suma de los flujos de activos y pasivos externos durante el año calendario anterior (año t-1), o el saldo de activos y pasivos externos a fin de ese mismo año (año t-1) se ubique entre el equivalente a US$ 10 millones y US$ 50 millones.

Los integrantes de este grupo deben realizar una presentación anual del año t, con los saldos y flujos de los activos y pasivos requeridos.

• Muestra complementaria | Entra dentro de este grupo cualquier sujeto declarante para el cual la suma de los flujos de activos y pasivos externos durante el año calendario anterior (año t-1), o el saldo de activos y pasivos externos a fin de ese mismo año (año t-1) se ubique entre el equivalente a US$ 1 millón y US$ 10 millones.

Los integrantes de este grupo deben realizar una presentación anual simplificada del año t, en este caso únicamente los saldos de los activos y pasivos requeridos.

• Resto | Para el resto, la declaración será optativa a través de la presentación simplificada.

    • Las fechas de vencimiento para la presentación de los datos son de 45 días corridos para las declaraciones trimestrales y 180 días corridos para las declaraciones anuales. En el caso particular de la información correspondiente al año 2017 y los trimestrales de 2018, las fechas de vencimiento son las siguientes:

Muestra principal

• Anual 2017: 31/07/2018

• Primer trimestre de 2018: 01/10/2018

• Segundo trimestre de 2018: 13/11/2018

• Tercer Trimestre de 2018: 28/12/2018

• Cuatro Trimestre de 2018: 14/02/2019

Muestras secundaria y complementaria

• Anual 2017: 28/11/2018

Guía paso a paso para comenzar con Relevamiento de Activos y Pasivos Externos

Para mayor información sobre el Relevamiento de Activos y Pasivos Externos se pueden consultar los siguientes instructivos:

  • Guía paso a paso Relevamiento de Activos y Pasivos Externos

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Publicado en: AFIP Etiquetado como: BCRA, Com A 6401

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Comentarios

  1. -
  2. carina c dice

    12 diciembre, 2023 a las 9:46 am

    Se omitió algún periodo obligatorio, presentó un periodo ya informado, o no informó correctamente el tipo de declaración (normal o rectificativa) según corresponda.
    presente la primera que es de setiembre 2023 me da este error que mas debo presentar

    Responder
    • YAMILA INES ALMIRON dice

      17 junio, 2024 a las 9:38 pm

      Santiago, Vanesa, estoy teniendo exactamente el mismo problema que Uds, intenté la presentación del ultimo trimestre 2023 en enero 2024 y me arroja el mensaje “periodo de referencia erróneo” pero estoy segura de estar haciendolo bien ya que el periodo inmediato anterior (30/09/2023) está validado correctamente.
      Saben si hay alguna mesa de ayuda o contacto telefonico o casilla de correo para hacer la consulta? Creo que es un error del sistema.
      Estaré muy agradecida si pueden ayudarme.

      Responder
      • ALDA dice

        26 junio, 2024 a las 1:26 pm

        ME PASA LO MISMO, HACE 3 DIAS ESTOY ELIMINANDO Y VOLVIENDO A CARGAR… YA NO SE QUE HACER. SABEN ALGO MAS?

        Responder
        • AYELEN dice

          14 agosto, 2024 a las 11:51 am

          Hola! Como lo solucionaste?

          Responder
          • NATALIA dice

            21 agosto, 2024 a las 6:54 pm

            BUENAS TARDES: LO PUDIERON SOLUCIONAR?

    • Cinthia Latessa dice

      30 agosto, 2024 a las 8:38 am

      Estimados, estoy teniendo el mismo problema. Me arroja la misma leyenda y ya no se como subsanarla. Alguno lo pudo resolver? Llevo dias probando pero sin respuesta afirmativa. Gracias,

      Responder
  3. Vanesa dice

    21 agosto, 2020 a las 10:55 am

    Buenas tardes, es la primera vez que la tengo que presentar, completé todo pero me tira el siguiente error.
    “Se omitió algún periodo obligatorio, presentó un periodo ya informado, o no informó correctamente el tipo de declaración (normal o rectificativa) según corresponda”
    Es una DDJJ Normal, correspondiente al periodo 06/2020 y solamente por un pago diferido de importación.
    Cómo puedo subsanar ese error?
    Gracias..

    Responder
    • Santiago dice

      25 noviembre, 2022 a las 12:26 pm

      Hola Vanesa. Estoy teniendo el mismo problema con un cliente. Pudiste encontrarle una solución? si es así por favor avisame, porque desde el BCRA no me contestan. Gracias

      Responder
      • Guillermo dice

        2 diciembre, 2022 a las 7:22 pm

        Hola Santiago, yo tambien tengo el mismo problema, encontraste alguna solucion?

        Responder
  4. ADRIAN DIAZ dice

    2 junio, 2020 a las 7:52 pm

    Buenas tardes, no realice la presentación trimestral del relevamiento de activo y pasivos del 2020.
    Necesaria saber como confeccionar la misma debido a que no me permite crear una nueva presentación, mi consulta seria como puedo efectuarla.
    Le agradecería su colaboración.
    Saludos cordiales.

    Responder
  5. SILVIO OLGUIN dice

    16 marzo, 2020 a las 3:35 pm

    BUENAS TARDES,EN QUE APARTADO CARGO LA DEUDA CON PROVEEDORES DE EXTERIOR POR COMPRAS DE MERCADERIAS?

    Responder
    • Ignacio dice

      16 marzo, 2020 a las 5:02 pm

      Hola, en el 2

      Responder

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