Los clubes de fútbol serán quienes reciban el pago de la transferencia por la venta de un jugador y se encargarán, posteriormente, de pagar lo que corresponda al representante del futbolista.
- A los fines fiscales, los derechos federativos y económicos estarán en cabeza de los clubes.
- Los clubes actuarán como agentes de retención del Impuesto a las Ganancias en las operaciones de transferencia de jugadores.
- Se creará un registro para representantes de jugadores que deberán informar los nombres de los deportistas que representan, adjuntar los contratos e informar las remuneraciones obtenidas.
- También se implementará un registro para “hombres de negocios del fútbol”.
En conferencia de prensa realizada en la sede de la Administración Federal de Ingrsos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray puntualizó que todas las transferencias de futbolistas deberán realizarse, a partir de la publicación de la Resolución 3432, a través de una “cuenta bancaria especial” a nombre del club de fútbol involucrado en la operación. La norma, en principio, se aplicará a los clubes de la Primera A y la Nacional B. Luego se incorporarán otras categorías y otros deportes, como el Basquet, destacó.
“El objetivo de la normativa es revertir completamente la situación del fútbol actual, donde los clubes están sometidos a los hombres de negocios y los representantes”, dijo el funcionario y añadió que “queremos que los clubes sean los grandes protagonistas”.
Afirmó que a los fines fiscales, los derechos federativos y económicos de los jugadores estarán en cabeza de los clubes, que actuarán como agentes de retención del Impuesto a las Ganancias en las operaciones de transferencia de jugadores. “La totalidad de la transferencia se hará de manera bancaria del club para asegurar la transparencia de la operación”, insistió Echegaray.
Además la resolución crea un registro para los hombres de negocios del fútbol o inversores, y otro para los representantes de jugadores, con el propósito de controlar si su estado fiscal es compatible con los negocios que realizan. En el registro deberán informar los nombres de los deportistas que representan y las remuneraciones obtenidas, y adjuntar los contratos.
Todas las operaciones deberán ser bancarizadas en una cuenta especial que deberán tener cada uno de los clubes del fútbol.
La “bancarización absoluta” de esas operaciones ayudará, entre otras cosas, a evitar el lavado de dinero, así como el estado de “casi esclavitud” en el cual, merced a determinados contratos, quedan atrapados los jugadores, expresó Echegaray. “Nos encontramos –ahondó- con situaciones de esclavitud del siglo XXI, donde inversores pasaban a ser dueños de un jugador y se quedaban con la ganancia y la decisión de lo q hacía esa persona, muchas veces menor de edad”.
Sostuvo que quienes quieran invertir en jugadores tendrán que inscribirse en la AFIP, y que “si el hombre de negocios no está inscripto se le hará la retención máxima, del 35% sobre el 90% de la operación”. En cambio, si el inversor está inscripto, la retención será del 17,5 por ciento. En caso de detectarse operaciones no compatibles, se retirará el CUIT a los responsables.
Por otra parte, anunció que la AFIP determinará “valores de referencia de la transferencia en función del valor del mercado”, que tendrá “carácter presuntivo”; y todas las operaciones serán observadas, afirmó, “con una lupa”.
Señaló que “en el futbol hay una renta importante potencial que recaudar”, y enfatizó que en 2013 la AFIP “va a tomar todo los recaudos para poder lograr que paguen impuestos los que más ganan, y sobre todo en sectores donde hay rentas ocultas”.
“Tenemos hombres de negocios con mucho poder económico, y clubes de futbol empobrecidos”, consideró y agregó que ese “poder económico muchas veces termina condicionando el poder de la política deportiva”.
Los registros
El titular de la AFIP resumió que la normativa plantea dos registros: Por un lado estarán los hombres de negocios del fútbol, que son aquellos que invierten en derechos económicos de jugadores y luego obtienen una ganancia cuando se efectúa la transferencia.
En el segundo registro estarán los representantes, que son los contribuyentes que perciben una remuneración que se calcula en función al importe de la transferencia, prima, premio y sueldo del jugador.
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