EL BCRA decidió quietar las restricciones para acceder a las operaciones de dólar MEP y de Contado con Liquidación que que para quienes habían recibido alguna ayuda del Estado durante la pandemia o que tienen un subsidio al consumo en los servicios públicos.
El Banco Central habilitó a las personas que habían recibido alguna ayuda por parte del Estado durante la pandemia o que se benefician con subsidios a los consumos de servicios públicos puedan realizar operaciones cambiarias a través de títulos valores en moneda extranjera, es decir, comprar tanto dólar MEP, como CCL.
Además, se decidió acortar los plazos para las empresas que accedan al Mercado Libre de Cambios (MLC) para pagar importaciones, y subir el monto que los exportadores de servicios no están obligados a liquidar en el MLC.
Quita de restricciones para acceder al MEP y CCL
La primer medida del Central, es quitar las restricciones para acceder a las operaciones de dólar MEP y de Contado con Liquidación que tenían las personas humanas que habían recibido alguna ayuda del Estado durante la pandemia o que tienen un subsidio al consumo en los servicios públicos.
Con esta medida, esas personas quedarán habilitados para suscribir créditos hipotecarios en pesos y acceder al dólar MEP para concretar sus operaciones inmobiliarias todas aquellas personas que estaban incluidas en esa categoría.
Flexibilización para importadores y exportadores de servicios
En cuanto a las importaciones y exportaciones, el Central decidió acortar los plazos para las empresas que accedan al Mercado Libre de Cambios (MLC) para pagar importaciones, y subir el monto que los exportadores de servicios no están obligados a liquidar en el MLC.
Hasta ahora, los bienes vinculados a la energía se pagan al contado; los productos farmacéuticos, otros bienes relacionados con la atención de la salud, fertilizantes, productos fitosanitarios destinados a su elaboración local, productos de la canasta básica de consumo e importaciones oficializadas por MiPyMEs tienen acceso al MULC a los 30 días desde el registro de ingreso aduanero.
En cambio, los bienes suntuarios y los autos terminados se abonan a partir de los 120 días del registro aduanero, pero a partir del 1° de agosto, estos bienes tendrán un plazo de acceso al MULC a partir de los 90 días desde el registro de su ingreso aduanero.
El resto de los productos se pagan con un esquema de cuatro cuotas por un monto equivalente al 25% del valor a contar desde los 30, 60, 90 y 120 días corridos desde su ingreso aduanero. A partir del 1º de agosto, estos bienes tendrán acceso al MLC para pagarse en dos cuotas, una a partir de los 30 días y la segunda a partir de los 60 días de su ingreso aduanero, por el 50% cada una. Este grupo representa más de la mitad del total de las importaciones.
Exportación de servicios hasta USD 24.000
En el marco de normalización de la política cambiaria, el Directorio decidió también ampliar el monto exceptuado de liquidación de las exportaciones de servicios de las personas humanas residentes.
La adecuación permite ahora cobrar hasta USD 24.000 por año calendario en sus cuentas locales en dólares, sin obligación de liquidarlos en el MLC. La norma anteriormente permitía sólo USD 12.000.
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