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DJNR: cómo informar conceptos indemnizatorios

13 noviembre, 2012 Por Ignacio 48 comentarios

Cómo informar en la Declaración Jurada de Concepto no remunerativos (DJNR), las  indemnizaciones por antigüedad  pre-aviso, vacaciones no gozadas, y demás conceptos indemizatorios.

Para informarlos, debemos tener en cuenta que dicho conceptos se consideran no remunerativos por que así lo establece la ley 24.241 en su artículo 7, que excluye como conceptos remunerativos a los siguientes:

  • asignaciones familiares, 
  • indemnizaciones derivadas de la extinción del contrato de trabajo, 
  • vacaciones no gozadas 
  • incapacidad permanente provocada por accidente del trabajo o enfermedad profesional, 
  • las prestaciones económicas por desempleo, 
  • las asignaciones pagadas en concepto de becas. 
  • gratificaciones vinculadas con el cese de la relación laboral en el importe que exceda del promedio anual de las percibidas anteriormente en forma habitual y regular
Por lo tanto, en caso de abonar el empleador algunos de estos conceptos en los haberes de los empleados, a los efectos de confeccionar la DJNR RG 3279 AFIP, deberá consignar la Ley 24.241 artículo 7.

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: DJNR, Indemnizaciones, RG 3279, Vacaciones No gozadas

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Victoria dice

    9 noviembre, 2022 a las 4:51 pm

    Ignacio, Gracias por tanto!

    Responder
    • Ignacio dice

      13 noviembre, 2022 a las 4:20 pm

      Gracias a vos Victoria

      Responder
  3. ALEJANDRO dice

    14 octubre, 2022 a las 9:55 am

    BUEN DIA
    LAS VACACIONES NO GOZADAS DEBEN INFORMARSE PARA LA ART EN EL F. 931?
    GRACIAS

    Responder
    • Ignacio dice

      14 octubre, 2022 a las 10:29 am

      Se informa el monto dentro de las sumas no remunerativas

      Responder
      • Ana dice

        9 febrero, 2023 a las 5:22 pm

        Te hago una consulta porque no se como hacer, en el 931 cuando el empleado dejo de trabajar el 1 de enero y solo tiene la liquidación liquidación vacaciones no gozadas y prop sac, como se carga? Porque no me lo toma al ser un monto chico

        Responder
  4. Alejandra Morales dice

    1 febrero, 2022 a las 3:11 pm

    Por renuncia empleado en Diciembre 2021 . Se le paga Vacaciones no gozadas del 2021 no se le descuentan aportes.
    El empleador debe pagar alguna contribucion. Gracias

    Responder
    • FERNANDO DANIEL dice

      9 febrero, 2022 a las 9:36 am

      no

      Responder
  5. ruben dice

    8 octubre, 2021 a las 8:21 pm

    Como informo en la DJNR si tengo 2 conceptos.. 1)VAVACIONES NO GOZADAS Y EL SAC SOBRE VAC. NO GOZADAS Y 2) UN AUMENTO NO REMUNERATIVO DEL GREMOP?

    Responder
  6. Joaquin dice

    12 febrero, 2020 a las 5:40 pm

    Buenas tardes,

    Consulta las vacaciones no gozadas pagadas de un trabajador activo, paga ART?

    Gracias

    Responder
    • FERNANDO DANIEL dice

      9 febrero, 2022 a las 9:36 am

      no

      Responder
  7. YANINA dice

    2 septiembre, 2019 a las 7:49 pm

    Buenas tardes, por error hice una presentacion en un mes que no correspondia, ya que no existian conceptos no remunerativos, el aplicativo de Afip solo permite rectificar, pero no eliminar, tampoco me permite presentar en cero. En este caso cual seria la solucion?
    Agradezco si alguien me puede asesorar.-

    Responder
    • macarena dice

      16 enero, 2020 a las 3:02 pm

      Hola Yanina, me paso lo mismo y te paso lo que encontre en afip….
      ID 19599937
      Evento 3870 – Presenté por error la Declaración Jurada de Conceptos no remunerativos y no me correspondía realizarlo. El sistema no me permite anular la declaración jurada. ¿Cómo debo proceder? 10/11/2015 12:00:00 a.m.

      El contribuyente deberá de presentar el F.206 (multinota) en la Dependencia en la cual se encuentra inscripto, adjuntando todos los comprobantes que disponga.
      Fuente: CIT AFIP

      saludos

      Responder
  8. Claudia dice

    3 junio, 2019 a las 7:22 pm

    Hola. Buenas noches, Confecciono el 931 relacionado a un empleado que fue despedido en el mes, único empleado. Qué particularidades tengo que tener en cuenta para la confección de este 931? A los conceptos indemnizatorios relacionados al despido los quité de la remuneración 9. Obra social consideré el total del mes como completo. Puse los conceptos indemnizatorios como tales por lo que están sumados en la rem 1. No se si debo tener en cuenta algo más. Agradezco su respuesta.

    Responder
  9. Sylvia dice

    12 diciembre, 2018 a las 9:09 am

    Buen día, si me confundi en el mes a declarar hay forma de eliminar esa DDJJ? Ahora siempre me sale el cartelito de diferencia con respecto al F931 pero en realidad ese mes no hubo No rem. Gracias!

    Responder
  10. CHAVEZ YANINA dice

    11 septiembre, 2018 a las 11:11 am

    BUEN DÍA UNA CONSULTA,¿ EN QUE SECTOR DEL F-931 TENDRÍA QUE INFORMAR LOS CONCEPTOS NO REM. PARA QUE NO GENERAR UN COSTO EN EL F-931?

    Responder
    • Ignacio dice

      11 septiembre, 2018 a las 1:29 pm

      Cuando detallas la información hay un casillero para no remunerativos

      Responder
  11. Elisabet dice

    17 julio, 2018 a las 1:07 pm

    Buenos días. Tengo una pregunta que siempre me hago, sólo se presenta la DDJJ informativa cada vez que se realizan pagos de conceptos no remunerativos o todos los meses, aún sin haberse hecho éste tipo de pagos?

    Responder
  12. Karo dice

    24 agosto, 2017 a las 5:26 pm

    Buenas tardes, quisera saber como se debe liquidar una Gratificaciones por cese laboral por mutuo acuerdo, (normado en el Artículo 241 de la Ley de Contrato de Trabajo) Ya que hice la liquidación de sueldo bajo "concepto no remunerativo" y SIRADIG lo tomo para cobrar impuesto a las ganancias y le están descontando a mi empleado el impuesto de su jubilación. Muchas gracias. Karol

    Responder
  13. Unknown dice

    25 abril, 2017 a las 2:21 pm

    Buenos días,
    Una consulta, en agosto 2016 olvidamos cargar en concepto no rem las indemnizaciones por despido de ese mes, ahora al querer rectificar e incluir esos conceptos no puedo porque ya no me aparecen los empleados porque fueron dados de baja. Hay alguna manera o no se puede rectificar? Gracias!!! Felicidades por el blog.

    Responder
    • Aldo Verderone dice

      26 abril, 2017 a las 6:32 pm

      Dadas las inconsistencias que se generan, he tenido que hacer la DD JJ con el aplicativo SICOSS y luego con el archivo de presentación que genera éste, en la delegación de AFIP me cargaron la rectificativa

      Responder
  14. Anónimo dice

    5 septiembre, 2016 a las 8:18 pm

    BUENAS TARDES, COMO INFORMO LOS CONCEPTOS NO REMUNERATIVOS DE LOS AGRARIOS EN LA DDJJ AFIP? O CON QUE CONVENIO?

    Responder
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