AFIP habilitó el Decreto 438/23 para poder informar la suma no remunerativa de $30.000 en la DJNR.
La AFIP actualizó el Servicio de la Declaración Jurada no Remunerativa (DJNR) incorporando el Decreto 438/23 para informar la Asignación no remunerativa de $30.000.
El Decreto 438/2023 (art. 1 y 2) establece una Asignación No Remunerativa para los y las trabajadoras que cumplen tareas en relación de dependencia en el sector privado y en Jurisdicciones y Organismos pertenecientes al Poder Ejecutivo Nacional, de $60.000 abonada por los empleadores en 2 cuotas de $30.000 con los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre de 2023.
Cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional, debe percibirse la asignación no remunerativa en forma proporcional.
Para informarse deberán ingresar al servicio con clave fiscal “Declaración Jurada Informativa conceptos no remunerativos (DJNR) RG 3279”.
Procedimiento
Por lo tanto, quienes todavía no están obligados a utilizar el Libro de Sueldos Digital y cargar directamente el F931 por Declaración en Línea, deberán, en caso de pagar el bono, informar la suma no remunerativa del decreto 438/23 mediante este procedimiento.
Una vez indicado el periodo a presentar en el detalle de la Declaración Jurada, al informar el tipo de Norma se selecciona “Ley/ Decreto” seguido del Tipo de Ley “Decreto 438/2023”.
A continuación, indicar el Total de empleados / trabajadores comprendidos que perciben el concepto no remunerativo, y seguidamente informar el Monto total abonado, expresado en pesos, a los empleados comprendidos en dicho concepto. Luego presionar el botón “Agregar”.
- Tipo de Norma: Ley /Decreto
- Tipo de Convenio: Decreto 841/22
- Total de Empleados: la cantidad de trabajadores a quienes se pagó el bono
- Monto total abonado: Monto total abonado a todos los trabajadores
Recuerde que si están obligados a presentar el Libro de Sueldos Digital (LSD), no tienen que presentar es DJNR.
Pero si tienen que utilizar el Concepto “560.006” denominado “Asignación no Remunerativa Dcto 438/2023″.
Daniela Ana Perren dice
Buenos días! a nosotros también nos aparece inconsistencia pero no encuentro qué deberíamos cambiar
Daniel dice
me sucedio lo mismo.. no encuentro que hay que modificar
Daniela buenos dias… pudieron solucionar la presentacion? saludos
Hola! vieron que ahora dice que hay inconsistencia entre la djnr y lo presentado en el 931, porque figura como asigncacion no remunerativa, habrá que hacer algo al respecto?
Tal cual, es lo que está pasando, y no encuentro manera de solucionarlo. Sera el sistema que deberán adecuar??
Me sucedió lo mismo, no encuentro como solucionarlo
HOLA, YO PRESENTE EL 931 Y EL CLIENTE PAGO LAS CARGAS SOCIALES, AHORA TENGO QUE RECTIFICAR PARA CARGAR EL BONO DEC 435/23, QUE PASA CON EL SALDO A FAVOR QUE VA A QUEDAR? COMO LO RECUPERO ?