La AFIP modificó la opciones de la carga de datos de la Declaración Jurada Informativa de Conceptos No Remunerativos (DJNR) RG 3279/12. Ahora, en algunos casos se deberá ingresar en formato PDF el archivo de la norma que avala el pago de sumas no remunerativas.
Como recordarán la RG 3279/12 implementó la muy práctica “DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA DE CONCEPTOS NO REMUNERATIVOS (DJNR)”, por la cual se informan los las sumas no remunerativas abonadas por los empleadores a sus dependientes.
Cuando ingresamos a la aplicación, el sistema nos solicitará, al igual que antes, el “Tipo de norma” a informar, para lo cual podremos elegir entre tres opciones: Ley, Convenio y Otros.
Ley: En el caso de optar por Ley, el tema es bastante simple, el sistema nos desplegará una lista de opciones leyes predeterminadas, podemos elegir la 20.744 con diferentes artículos e incisos, la 24.241 artículo 7 y la 22.250 artículo 17.
Convenios: aquí el tema se complica un poco, ya que para los convenios, las lista es mucho más extensa, el sistema nos despliega un largo listado con los convenios colectivos de trabajo, por ejemplo para Empleados de Comercio, es el CCT 130/75.
Una vez elegido el convenio correspondiente, no se termina la carga de datos, ahora nos solicitará la “norma homologante.”
Ahora, la pregunta es: ¿qué norma homologante? la norma que homologa el acuerdo colectivo de trabajo o la norma que homologa el no remunerativo. Por ejemplo, en el caso de empleados de comercio, el convenio es el CCT 130/75, pero, cuál es el sentido de informar la norma que homologa el convenio?
La otra alternativa sería informar la norma que homologa una suma no remunerativa otorgado en paritarias, como el último alcanzado por el gremio. Pero con el inconveniente de que este aún no ha sido homologado.
Otros: en caso de optar por “otros,” deberemos adjuntar el archivo de la norma que avala el pago de la suma no remunerativa en formato PDF en la opción “Archivo de la Norma Informada.”
El régimen sigue siendo poco claro, y la AFIP además de no dar mayores explicaciones respecto a su funcionamiento, sigue realizando modificaciones sobre la marcha sin previo aviso.
mauro dice
CON RESPECTO AL REDONDEO…
Aca surge un problema, no hay norma, por lo tanto no tendrian que enviar la info del redondeo a la AFIP, como hacen algunos software contables. Trataria de sacarlos. Y en caso de que se paguen otras cifras no rem. las meteria ahi. Si no debes te llega una intimacion de diferencias.
La Afip, como siempre… hace las cosas para que nos confundamos cada dia mas, y despues la paguemos nosotros… otro mecanismo de recaudacion en fin…
saludos.
Hola Ignacio,
Soy monotributista. Estoy teniendo problemas para presentar mi DDJJ informativa (2do cuatrimestre).
Ya realicé el informe y recibí el acuse de recibo.
El archivo en PDF que me expidió el acuse de recibo es lo que quise presentar y el sistema me arroja un error cuando cargo el archivo al sistema.
Me dice que "el nombre del archivo no corresponde con ningun formato válido"
El nombre del archivo que estoy presentando tiene el numero de formulario y el codigo verificador.
Lo presenté en formato .pdf y tambien en formato .txt
Y siempre me dio el mismo mensaje.
Sabrás indicarme cómo es que debo presentarlo?
Muchisimas gracias Ignacio!
Saludos
Ricardo
hola, soy de san juan, liquido sueldos para una empresa con CCT de comercio, por lo que tengo que informar las sumas no remunerativas. He tenido un problema me dice que no coinciden las sumas declaradas en "F931" con las de la "DJ de sumas no rem", pero reviso y no se cual es el error. Si a alguien le paso y sabe como subsanar dicho error por favor ayúdenme!! gracias!
Puede ser la diferencia de redondeo, todo depende como lo hayas informado…
Quiero dar las gracias por las explicaciones que encontré aquí, me han solucionado el problema ya que no tenía idea de qué archivo me estaba pidiendo la AFIP. De más está decir que en la página web no hay ni media palabra que explique algo. Estoy harta!! Muchas gracias de nuevo.
Graciela.
GRACIAS IGNACIO leer estos comentarios me sirvio de terapia de grupo, hace tres horas que quiero hacer la ddjj, realmente nosotros les hacemos el trabajo a los empleados de la AFIP, da mucha bronca cuando colegas de mi edad y trabajando solo el horario de la AFIP, ganan aproximadamente $35.000 y encima te sobran cuando te quejas de lo inoperante que son.
Ignacio
El redondeo, como lo informamos?
Hola, no se puede cargar el archivo en pdf aunque no sea extenso, aparece un cartel que dice "Se esta enviando el archivo PDF al servidor, por favor espere" y despues de un tiempo se tilda … alguien sabe que hacer al respecto? Muchas Gracias.
Hola Ignacio. Gracias por la Info. Te comento que yo también hice como Lucía. Cuando salga el nº de norma, rectifico. Saludos. Guillermo
Ahora sí lo modificaron, permite el ingreso de varios convenios y otros.
No podía accder.
Muchas gracias
Ignacio,
muchas gracias por tus respuestas. Quería consultarte, en caso que uno esté abonando los conceptos no remunerativos habituales y también liquidaciones finales, como hacemos para completar esos montos el mismo mes, y poner por separado unos con una norma, y los otros con la ley 24241? No deja cargar varias cosas a la vez, discriminando las mismas.
Saludos
Hola! alguien sabe o esta seguro que no se debe informar el redondeo???????, porque me salio un cartel donde me dice que en la DJNR del mes anterior tiene una diferencias con el de la DDJJ 931, el unico concepto que yo no informe es el redondeo, el resto de los conceptos fueron informados, ya los revise.. agradecería cualquier ayuda.
Gracias!!!
Cesar
Hola Iganasio, quisiera saber como debe declararse en caso de empleados de farmacia CCT 556/09; la federación emitió un instructivo q dice q debe ingresarse ademas del CCT mencionado el nº Exp. de Mro de Trabajo que está plasmado en el Acta Acuerdo (1.502.856/12), sin embargo en las pantallas impresas del mismo instructivo solo se ve que ingresaron el Nº de CCT 556/09 y de la Res. homologatoria de este CCT que es la 244/09 pero en ningun lado figura como debe ingresarse ese Nº de Exp.
Ademas aprovecho para consultar si alguien sabe si estas sumas no remunerativas año 2012 estan sujetas a algun tipo de aporte, ya q la federación dice telefonicamente un dia q si y otro dia que no.
Muchisimas gracias !!!!!
Maria