ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Disposición Nº 338/2012 AFIP
Horario Laboral y de atención al público.
Bs. As., 19/9/2012
VISTO la Disposición Nº 455 (AFIP) del 20 de diciembre de 2011 y Nº 312 de fecha 30 de agosto de 2012, y
Que mediante resolución del 19/9/2012 dictada en la causa Nº 56512/11, caratulada, “ASOCIACION DE EMPLEADOS FISCALES E INGRESOS PUBLICOS c/ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/ACCION DE AMPARO”, el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº 5 homologó el desistimiento de la acción formulado por SUPARA y AEFIP, dando de este modo por finalizado el proceso, consecuentemente la Disposición Nº 455/11 (AFIP) conserva plena vigencia.
Que asimismo del monitoreo constante que se efectúa, se advierte en el actual estado de situación la conveniencia de fijar para todo el año el horario de atención al público de 9.00 a 17.00 hs., manteniendo las aludidas acciones de seguimiento que permitan una permanente ponderación de dichas circunstancias.
Que han tomado intervención la Dirección General de Aduanas, la Dirección General Impositiva, la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social y la Subdirección General de Recursos Humanos, en los aspectos de sus respectivas competencias.
Que la presente se dicta en virtud de lo previsto en los artículos 37, 38 y 39 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 56/92 “E” – Laudo Nº 16/92 (T.O. Resolución S.T. Nº 924/10), 167 del Convenio Colectivo de Trabajo aprobado por Laudo Nº 15/91 (T.O. Resolución S.T. Nº 925/10) y en el artículo 6° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y complementarios. Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DISPONE:
ARTICULO 1° — Establécese para todas las dependencias de la Administración Federal de Ingresos Públicos, el horario de atención al público, de lunes a viernes, de 9.00 a 17.00 hs.
ARTICULO 2° — La presente tendrá vigencia a partir del 1 de octubre de 2012.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese al SINDICATO UNICO DEL PERSONAL DE ADUANAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SUPARA), a la ASOCIACION DE EMPLEADOS FISCALES E INGRESOS PUBLICOS (AEFIP) publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
— RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.
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