La Cámara baja aprobó cuatro proyectos de Héctor Recalde (FpV) sobre reducción de la jornada laboral, notificación del despido, suspensiones e irrenunciabilidad de privilegios.
La Cámara de Diputados aprobó y giró al Senado cuatro iniciativas del presidente de la Comisión de Legislación del Trabajo, Héctor Recalde (FpV) que modifican distintos aspectos del régimen de empleados contratados.
Regulación de la reducción de la jornada de trabajo
El primero establece que “la reducción de la jornada máxima legal solamente procederá cuando lo establezcan las disposiciones nacionales reglamentarias de la materia, estipulación particular de los contratos individuales o convenios colectivos de trabajo”.
El motivo de esta modificación es que “durante la década de 1990 se facilitó la existencia de jornadas flexibles, a través del cómputo anual de la jornada”.
“De este modo –explica Recalde-, si había trabajo, el empleador podía imponer jornadas extensas, muy superiores al límite que fija la ley. Por ejemplo, doce horas diarias, porque la empresa tiene mucha demanda. Si no hay trabajo o hay menos, el empleador puede disminuirlas a su antojo: el lunes cuatro horas, el martes dos, el miércoles franco, el jueves es citado ‘por las dudas’, el viernes tres horas y el domingo una hora”.
Prohibición del empleador de indagar sobre la opinión política, sindical o creencia religiosa
El segundo proyecto aprobado establece “la prohibición del empleador de interrogar al trabajador, efectuar encuestas o pesquisas que pretendan indagar acerca de la opinión política, sindical o creencia religiosa; pero a diferencia del texto actual del artículo, establece que ello le está vedado al empleador aún en la época contemporánea a la contratación del personal, a fin de resguardar la esfera de pensamiento del dependiente y que su posición en diversos aspectos, no pueda ser aprovechado por su empleador para decidir su contratación, o bien no efectuarla”.
“De esta manera, se deja en claro que el futuro patrón no tiene derecho de indagar sobre ciertas opiniones de su eventual futuro dependiente”, explica el abogado laborista.
Notificación del despido
Por otra parte, a los ya normados requisitos de justa causa; plazo fijo y notificación por escrito, se suma una notificación de la suspensión con un día hábil de anticipación, salvo que obedeciera a “fuerza mayor”.
Según Recalde, esto permite “colocar al trabajador en una situación de certeza para que sepa cuál es la conducta a asumir y sobre todo cuestionar o no la causa invocada”.
Intangibilidad de los créditos del trabajador frente al concurso de acreedores
Por último, Diputados aprobó un proyecto que procura “la intangibilidad de los créditos del trabajador frente al concurso de acreedores que pudiera iniciar el empleador o la empresa o empresarios responsable por las acreencias laborales devengadas”.
Anónimo dice
la verdad hay que felicitarlos son cosas muy interesantes.para nosotros los empleados.