Este año se traslada el Día del Empleado de Comercio lunes al 30 de Septiembre.
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), junto con las Cámaras Empresarias de Comercio, han decidido, en uso de su autonomía colectiva, trasladar la celebración de este año al lunes 30 de septiembre.
Según el acuerdo, esta decisión busca garantizar que todos los trabajadores puedan disfrutar de su día de reconocimiento con todos los beneficios establecidos por la Ley 26.541.
El Día del Empleado de Comercio, instituido oficialmente por la Ley 26.541 para ser celebrado cada 26 de septiembre.
Pago del Día del Empleado de Comercio
Es importante destacar que, en relación con las remuneraciones, se deben cumplir las normativas legales vigentes en materia laboral, incluyendo la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) y las leyes concordantes.
Día franco
Además, la circular emitida por FAECYS especifica que el lunes 30 de septiembre, día en que se conmemorará el Día del Empleado de Comercio, no podrá ser utilizado como franco compensatorio de descanso semanal.
Luis dice
Hola que tal
Está actualizada la. Calculadora de sueldo???
Lo remunerativo se calcula aparte??
Ignacio dice
si
Ana dice
hola, el calculo del dia de empleado de comercio tiene parte remunerativa y no remunerativa?
ROBERTO DIEGO DUPOUX dice
Hola. En Mendoza el día del Empleado de Comercio quedo el 23/09/2024.
Ignacio dice
Gracias por la info, entonces es igual que en córdoba
Gisella dice
Buenos dias, en Córdoba la Camara de Comercio publico que se traslada al lunes 23 ( link https://camcomcba.com.ar/el-dia-del-empleado-de-comercio-se-traslada-al-23-de-septiembre/ )
Alexis dice
Ignacio una consulta que pasa si las vacaciones mías comienzan el 30 de septiembre? Regreso un día después? O en el caso de que la empresa trabaje ese día y yo esté de vacaciones se cobra como feriado doble?