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El 26 de septiembre se celebra el día del Empleado de Comercio, pero este año se traslada al lunes 28.
¿Cuando es el día del Empleado de Comercio?
El día del Empleado de Comercio es el 26 de septiembre, así lo establece la ley 26541, publicada en el Boletín Oficial el 15 de diciembre de 2009.
Pero la FAECYS y las Cámaras de Comercio acordaron el traslado de la celebración del día del Empleado de Comercio al lunes 28 de septiembre.
De todos modos, siempre hay hay que tener en cuenta que algunas ciudades no adhieren a esta medida, y lo celebran el mismo día o en algunos casos al viernes, por lo que es conveniente consultarlo con el sindicato local.
¿Cómo se paga al día del Empleado de Comercio?
Recordemos que la ley de contrato de trabajo 20744, en su artículo 166, establece que “los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical.
En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuando coincidan en domingo.
En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual.”
Por lo tanto, quienes trabajan el día del Empleado de Comercio, deben cobrar doble.
Acta acuerdo del traslado
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alejandra dice
Hola Ignacio, si el feriado por el día del Empleado de comercio se pasa al lunes 28, cómo se debe abonar el día sábado 26 considerando que en mi provincia normalmente se trabaja de 9 a 13 y las horas trabajadas a la tarde (de 16 a 20) las abonamos doble por ser consideradas horas extra,?
Gabriel dice
El 26 Dia del EXCLAVO DE COMERCIO. una verguenza .
ALGUNA NOVEDAD CON LAS PARITARIAS??? LOS 5000 QUE CON FECHA DE AGOSTO LO PAGAN??? QUE ONDA LOS PORCENTAJES??? CUANDO SE VA A SABER ALGO???
se quejan los policias q con 34 lucas no se vive, EL GREMIO MAS GEANDE DEL PAIS VIVE CON ESO, me sacaron 4 lucas de mi sueldo sumado a todos los aumentos que estan habiendo es imposible llegar a fin de mes! IM PO SI BLE! esperan q viva con aumento de alquiler, impuestos, cable, comida, cigarrillos con el mismo sueldo? el poder adquisitivo bajo 10.000 POR LO MENOS en esta situacion.
No hay partidaria pero seguro no!! va a ser buena.. como siempre La Inflación seguro será superior!!! Al aumento y como siempre EN CUOTAS LO TERMINAMOS DE COBRAR 6 MECES DESPUÉS Y CION SUMAS NO RENUMERATIVAS!! Y SEGUIREMOS LAMENTÁNDONOS CON DIRIGENTES MÁS RICOS Y TRABAJADORES MÁS POBRES.. REGALAN NUESTROS SUELDOS EN COMPLICIDAD . LOS EMPRESARIOS.. LOS DIRIGENTES Y EL GOBIERNO DE TURNO !!
Buen día: según la pagina https://www.sec.org.ar/ el feriado por el día de comercio sería el lunes 28.
Saludos !! Muy bueno el blog
Buen dia Ignacio, queria preguntarte si sabias sobre ley de teletrabajo, en mi empresa hay 2 dias a la semana que tenemos que trabajar en casa, pero no nos han informado nada si nos van a abonar algo por los recursos que utilizamos en nuestros hogares.
Gracias.
Slds.
Buenos dias Ignacio, queria saber cual es el tiempo que se les aotorga a las camaras empresariales, como tambien al ministerio de trabajo, para aprobar el pedido de las paritarias que pide el sindicatio, lamentable mente este es un gramio que gente que solo se llenan sus bolsillos ellos y faciles de comprar con materiales y dineros extras…. y a los trabajadores los conforman con porcentajes mediocres pero bueno, eso es otro punto.. espero podamos saber del acuerdo pronto, desde ya muchas gracias!!
Hola Pablo, no hay un tiempo establecido, es un acuerdo entre partes.
Hola Ignacio: Buenas Tardes..queria consultarte si no es mucha molestia..ya que en comentarios anteriores que he hecho siempre has sido muy atento..Y espero que me puedas responder.. Mi consulta es la sgte…En mi trabajo arrancamos este mes con la novedad que nos reducen no el 25 como veniamos haciendo, sino el 50%..del sueldo..A lo que calculamos que vamos a cobrar $ 10.000 menos..x 14 dias de trabajo..Segun mi jefe dice que hay muchas empresas que lo estan haciendo.. El tema es si eso es legal , si corresponde o no que lo haga asi .Ya que cobrar 10.000 menos, es mucho para la mayoria de mis compañeros..
Debido a este problema, he decidido suspender a la niñera que tengo..Xq no me va a alcanzar el sueldo para pagarle..Yo la tengo en blanco .. Pero quiero saber como debo proceder para suspenderla y no tener problema alguno.. O si debo recurrir algun organismo que me asesore bien..Bueno Ignacio esa es mi duda que tengo..Graciasss y disculpas por las molestias…
Hola María
Primero, están trabajando normalmente? si es así, tienen que cobrar normalmente.
El 25%, se puede llegar a descontar siempre y cuando se haya realizado un acuerdo de suspensiones por el 223 bis
Che ignacio querido responde alguna pregunta…o estas sin dedos…y otra cosa por q no nos dan los aumentos todo junto por q carajo lo dividen como se les antoja a usteds…
Hola Luis, te comento que esta página que hace ignacio es un blog personal donde cuelga las novedades de información de importancia en su mayoría para los profesionales y en la que también con muy buena predisposición cosa que le super agradecemos explica los aumentos y formas de liquidación.
Te comento entonces porque tal vez tenés la idea equivocada de que Ignacio está en la obligación de contestar cada cosa que preguntan en su blog, lo cual no es así, a vos te parece que él tiene tiempo para contestar todo lo que se le pregunta y además sin cobrar nada? Si no sos un contador y tenés alguna duda que en google no te podés sacar te recomiendo que siempre hagas la consulta con un profesional porque para eso estudiamos justamente, y obviamente abonando los honorarios correspondientes porque es tiempo en el cual no se trabaja gratis.
Lo último, “y otra cosa por q no nos dan los aumentos todo junto por q carajo lo dividen como se les antoja a usteds…”
Esa pregunta se la deberías hacer al sindicato ya que son ellos los que acuerdan las paritarias con la parte empresarial, Ignacio no negocia paritarias de comercio!!! es un liquidador más entre tantos, enserio crees que a nosotros nos beneficia que den los aumentos en varias cuotas cosa que nos obliga a cada rato actualizar los importes?
Los aumentos escalonados son una práctica de la gran mayoría de los sindicatos que ya lleva años, por no decir todos.
Es el unico que tiene la informacion precisa y a tiempo. No seas mal agradecido y desubicado. Saludos
Sr. Luis Lioy
Para bestia lleva las de ganar. Maleducado!! como va a interpelar a una persona de esa manera? si no le gusta lo que le responden, o no le responden en el tiempo que usted pretende váyase a otro blog!! o usted piensa que el mundo debe responderle y servirle a usted?? busque su información y agradezca cuando alguien pone su tiempo y conocimientos en sacarle a usted lo bestia que tiene encima.
Saludos cordiales,
El mundo está lleno de gente ingrata e ignorante que dirige su ira hacia las personas equivocadas, sos una clara muestra de ello. No te tomás el trabajo siquiera de formular bien una pregunta y pretendés que Ignacio te brinde una respuesta.
Mi temor es que se harte de la gente como vos y deje de ayudarnos como siempre lo hace.
Gracias Ignacio por tantas dudas despejadas a lo largo de años, y también a los comentarios que aportan, aunque sea dudas, también ayudan, te hacen saber que no estás sola, que no tenés sólo vos la inquietud, que no sos sólo vos la que no entendiste algo, y entre todos colaboramos con el aporte invaluable de Ignacio Siempre lo digo, fue una bendición descubrir tu blog.
Sos medio pelotudo no? no tiene la obligación de contestarte y no es un sindicalista, si tenés huevos andate al sindicato y preguntale a Cavalleri
Hay empresas que siguen manteniendo los empleados suspendidos, ni siquiera pagan en termino el 25% que corresponde a la empresa. nos esta comiendo la inflación, paritarias congeladas. la verdad una vergüenza lo que estan haciendo con los empleados de comercio… comercio no son solo los supermercados. En las ATP pagan la mitad del monto suspendido no el monto del sueldo sin la suspensión.
El 26 Dia del EXCLAVO DE COMERCIO. una verguenza .
hola buen dia … pregunta .. me deben 1 semana de vacaciones que pasa con esa semana me la puedo tomar o no ?¿ me las tienen que pagar ?
Te respondo por si no te responde Ignacio. Si no te tomas las vacaciones las perdés, salvo que tengas un jefe muy buena onda y te las acumule para el año que viene…pero eso es de palabra nada más. Yo que vos presentaría por escrito tu intención de tomartelas.
Buen día Ignacio, cómo se abona este día a los que están suspendidos bajo el 223 bis?, ya se que no se renovo pero algunos vivos siguen descontando.
Gracias por responder.
Buenas tardes Ignacio queria saber si me puede responder hay un plus en comercio que es 6 × 1 y cuanto es el valor??
En el titulo ponen que se traslada al Dia 28. Y despues dicen que estan negociando el traslado al Dia 28. Por un lado lo afirman y por otro lo dudan. Tienen que ser mas claros con lo que publican.
Triste festejo sin aumento de sueldo…..
Buen día Consulta , a la gente que está sin trabajar y cobra ATP por la pandemia se le paga doble ???