El 26 de septiembre se celebra el día del Empleado de Comercio, pero este año se traslada al lunes 25.
El día del Empleado de Comercio se celebra el 26 de septiembre, así lo establece la ley 26541, publicada en el Boletín Oficial el 15 de diciembre de 2009. Pero este año se acordó trasladarlo al lunes 25 de septiembre.
La medida impuesta por el secretario General de FAECyS, Armando Cavalieri, resolvió a través de una decisión conjunta con el secretariado nacional de la asociación trasladar la fecha conmemorativa hacía el lunes 25 de septiembre, lo que indicaría que los trabajadores podrán gozar de un fin de semana largo que incluirá domingo y lunes, respectivamente.
La medida impuesta por el secretario General de FAECyS, Armando Cavalieri, resolvió a través de una decisión conjunta con el secretariado nacional de la asociación trasladar la fecha conmemorativa hacía el lunes 25 de septiembre, lo que indicaría que los trabajadores podrán gozar de un fin de semana largo que incluirá domingo y lunes, respectivamente.
Según explicaron desde la Federación, esta normativa pretende facilitar el cierre de negocios, supermercados y shoppings para que el festejo sea íntegro. Por esta disposición, los mercantiles estarán exentos de prestar servicios laborales durante todo el lunes 25 de septiembre.
Forma de pago
Recordemos que la ley de contrato de trabajo 20744, en si artículo 166, establece que “los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuando coincidan en domingo.
En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual.”
Melina Rubi dice
Buen día, mi nombre es Melina Surbando y quisiera saber si me podían solventar una duda con respecto a el día de gremio ( día del comerciante), ya que me dieron franco este feriado. Y soy la única vendedora del local a la cual le dieron franco el mismo día que es feriado. Mis compañeras tienen para celebrar el día del comerciante mas un franco, por ende dos días de descanso semanal. Quisiera saber si existe una ley y o artículo, el cual mencione esta duda. Ya que si me corresponde un día mas de descanso pueda hacer valer mi derechos.
Espero respuesta a la brevedad y desde ya muchas gracias por la información.
Hola Melina, en principio se puede dar un franco en día feriado. Pero el acuerdo estableció "que no se podrá como franco compensatorio del descanso semanal" te paso el acuerdo:
http://www.ignacioonline.com.ar/2017/09/acuerdo-faecys-y-las-camaras-de.html
Hola Ignacio . Quería consultarte si en Rosario también se pasa al lunes 25 ? Gracias
Hola Ignacio ! Quería consultarte si en Rosario también se pasa al lunes 25. Gracias
Ignacio, sobre las sumas no remunerativas tmb se calcula el dia de empleado de comercio? Gracias!
Hola Ignacio una consulta soy d Quilmes oeste q día se votan los delegados d comercio y si no llega la carta d los postulantes a donde me puedo dirigir
Cuando tendrían que comenzar las reuniones , para evaluar un incremento en el sueldo?
buen dia ignacio! impresionante siempre la info actualizada que tiras, GRACIAS por tu laburo… tenes alguna novedad respecto de la negociacion por las paritarias en referencia al segundo trimestre? (porcentaje aproximado y mes que aplicaria)
desde ya muchas gracias!
Si trabajo el Lunes 25 de noche, desde las 22 hasta las 6 hs del día 26. Cómo se cuenta? El día del empleado de comercio corta a las 0hs? Solo habré trabajado 2 horas del "feriado"?. Gracias
EL Día del empleado de turismo (Comercio rama turismo) se traslada ?
Si, también
Soy empleado de comercio de capital federal…ese dia es obligatorio trabajar?
Soy empleado de comercio de capital federal…ese dia es obligatorio trabajar?
NO, es optativo
Hola Ignacio,mi franco cae Lunes, me corresponde que me trasladen el franco para otro día???
Hola Paula, si, tienen que cambiarlo
Hola Ignacio, es posible pedirte la doctrina del "Método B. Incluido en el haber mensual". Asi la busco y me interiorizo mas del tema. En la empresa que estoy liquidan asi, mensualizado. Desde ya muchas gracias.
Hola Ignacio, es posible pedirte la fuerte/doctrina del "Método B. Incluido en el haber mensual" del caso practico?. Asi la busco y me interiorizo mas del tema. En la empresa que estoy liquidan mensualizado como en ese ejemplo. Gracias.
Hola Normi, lo podés ver en las liquidaciones de los cuadernos del Consejo
Hola, Ignacio… Quería consultarte si el cambio del feriado es a nivel naciona, porque en Rosario comentan que no se correría, por la ley del descanso dominical… Sabes algo al respecto?
Soy Viviana de Rosario
Hola Viviana, buenos días
En principio es a nivel nacional porque lo firma la FAECyS, pero no es vinculante, cada zona puede acordarlo otro día, como es el caso de Rosario