Compras online al exterior: se podrán hacer hasta 5 operaciones por año. Y cada una no podrá superar los US$ 1.000, ni pesar más de 50 kilos.
ARTÍCULO 1°.– Establécese los lineamientos operativos aplicables a los envíos que ingresen a través del Régimen de Importación por Prestadores de Servicios Postales/Courier, destinados a personas humanas o jurídica, de hasta CINCUENTA (50) kilogramos, valuados hasta MIL (1000) DÓLARES ESTADOUNIDENSES, conformados de hasta TRES (3) unidades de la misma especie y que no presuman finalidad comercial.
ARTÍCULO 2°.- Los envíos a que se refiere el Artículo 1° están exceptuados de:
1. La previa intervención del Instituto Nacional de Alimentos, en el marco delas previsiones contenidas por la Resolución N° 1.946/93 (ANA) y modificatorias.2. Las regulaciones en las que la Subsecretaría de Defensa del Consumidor -Dirección de Lealtad Comercial- resulte ser autoridad de aplicación. 3. La tramitación de Licencias de Importación Automáticas y/o no Automáticas. Resolución N° 5/2015 (MP), modificatorias y complementarias.4. Del Régimen de Identificación de Mercaderías previsto en la Resolución N°2522/87 (ANA) y modificatorias.5. Las restricciones y prohibiciones de carácter económico.
ARTÍCULO3°.- Los envíos definidos precedentemente sólo podrán ser utilizados CINCO (5) veces por año calendario y por persona.
ARTÍCULO 4°.- El consignatario del envío deberá notificar electrónicamente su recepción a este Administración Federal, dentro de los TREINTA (30) días de producido el mismo, a través del servicio que estará disponible sitio “web”de este Organismo (http://www.afip.gob.ar).. De no confirmar tal recepción no le será posible recibir otro envío hasta tanto no subsane o justifique tal situación ante este Organismo.
ARTÍCULO 5°.- Las áreas de control fiscalizarán el cumplimiento del régimen a través de los datos registrados por transferencia electrónica, dispuesto por Resolución General N° 2.021 y su modificatoria.
ARTÍCULO 6°.– Las pautas procedimentales estarán disponibles en el sitio”web” de este Organismo (http:www.afip.gob.ar).
ARTÍCULO 7°.- La presente medida será de aplicación también para aquellos envíos que a la fecha de entrada en vigencia de esta norma, aun no hayan sido librados a plaza
Anónimo dice
Hola me llegó un telegrama ,yo hice una compra este año la retiré pagué los cánones,en verdad no se q es esto q me llegó ni quien me lo manda .
Puede ser q en resarcimiento por una queja ,me envíen uno sin cargo ,como hago p retirarlo.gracias
A nadie le importa el regimen de courrier (dhl, fedex ups)son un AFANO, la gente quiere saber el regimen para CORREO ARGENTINO…Lo de los paquetitos de hasta 2kg y 200usd esta claro, PERO QUE PASA SI TE LLEGA VIA CORREO ARGENTINO un paquete de mas de ese peso y/o mas de ese valor ??
Cuando entrara en vigencia este nuevo regimen de compras en el exterior. Yo tengo dos envios detenidos en aduana y quiero saber si prodran ser liberados
Pregunta: abra que llenar formularios? O los paquetes se entregan en domicilio
Muy claro!!!
Agrego el link a mi post, dale?
Gracias Ivon!
Dale! 😉
Ignacio, el valor de la franquicia no se modifica? se mantiene en usd 25? Mariana
¿Y de franquicia, cuanto?
Eso no se modificó, son USD 25
¿Y de franquicia, cuanto?