Detalles del acta acuerdo firmada por la UOCRA que establece un incremento del 24% en un solo pago más una suma no remunerativa.
También se establece el pago de un aportes solidario para los trabajadores y una contribución por la parte empresaria.
La Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA),alcanzó un nuevo acuerdo salarial con la Cámara Argentina de laConstrucción, la Federación Argentina de entidades de la Construcción yel Centro de Arquitectos, Ingenieros, Constructores y Afines, por laparte empresaria, con fecha 12 de junio que alcanza a los trabajadoresde la construcción bajo el CCT 76/75.
- Descargar acta acuerdo
- Descargar Resolución 960/12 ST que homologa el acuerdo
- Sereno $546,
- Ayudante $580
- Medio oficial $631
- Oficial $685
- Oficial especializado $804
- Sereno $ 609,
- Ayudante $647
- Medio oficial $700
- Oficial $761
- Oficial especializado $893
- Sereno $1.011
- Ayudante $1.075
- Medio oficial
$1.110 - Oficial $1.153
- Oficial especializado $1235
- Sereno $1.092
- Ayudante $1.161
- Medio oficial
$1.262 - Oficial $1.371
- Oficial especializado $1.609
Las sumas no remunerativas establecidas en el presente artículo serán abonadas a los trabajadores de la siguiente forma
- A todo trabajador activo que se desempeñare durante todo el mes correspondiente al pago se le abonara la suma completa.
- A los que hubieren ingresado o egresado durante el transcurso del mes correspondiente al pago se le abonara en forma proporcional al tiempo trabajado.
Cláusula de absorción
Los Valores establecidos en el acuerdo absorben y/o compensan
hasta su concurrencia todos los incrementos en el nivel de ingreso de
los trabajadores otorgados voluntariamente por los empleadores, ya sea
con carácter remunerativo o no remunerativo, cualquiera sea el concepto
denominaci6n, forma, presupuesto y condiciones de devengamiento, y que
no tuvieran por fuente lo dispuesto en el CCT 76/75.
Las Partes dejan expresamente establecido que la aplicaci6n de la precedente cláusula de absorción en ningún caso podrá traducirse en una disminución del nivel total de ingreso que, para prestación laboral equivalente en cuanto a su duración, condiciones de trabajo, régimen de o y demás condiciones, hubiera percibido cada trabajador alcanzado por el presente acuerdo durante el mes de marzo de 2012 por una jornada normal de trabajo, sin computar horas extraordinarias.
Aporte extraordinario “solidario”
aplicación de los Convenios CTT 76/75 retendrán a todos los trabajadores incluidos en el mismo, en concepto de Aporte Extraordinario Solidario, el 1,50 % mensual de los salarios sujetos a aportes y contribuciones legales, durante un periodo de 6 meses contados a partir del mes inmediato posterior al de la homologaci6n del presente acuerdo, y la depositará a la orden de UOCRA que la afectará a la realizaci6n de acciones de carácter sindical.Se deja aclarado que en el caso de trabajadores afiliados el monto de la cuota sindical absorbe el monto del aporte de solidaridad establecido en el presente, no debiendo realizarse retenci6n por este concepto.
Asimismo, dado su carácter de extraordinario, bajo ningún supuesto
adquirirá normalidad y habitualidad, aplicándose exclusivamente durante el plazo establecido.
Contribución empresaria extraordinaria
previsional, culturales o turísticos y esparcimiento realizadas por el
Sindicato: Cada Empleador incluido en la presente Convenci6n Colectiva
de Trabajo, procederá a pagar por única vez, la cantidad de $ 84 por cada trabajador que integre su plantel al momento de la suscripci6n de la presente.
oportunidad del vencimiento de los aportes sindicales del mes de Julio
de 2012, pudiendo ser fraccionado en cuatro cuotas iguales de $
21 con vencimiento en las siguientes fechas 10/08/12, 10/09/12, 10/10/l2
y 12/11/12.
Vigencia
El acuerdo tendrá vigencia hasta el 31 de marzo de 2013, con excepción de la cláusula 2, 5 y 6 que tienen plazos específicos, y solicitan a la autoridad de aplicación que proceda a homologar el presente acuerdo para su aplicación y vigencia.
- Descargar acta acuerdo
- Descargar Resolución 960/12 ST que homologa el acuerdo
Anónimo dice
Se sabe algo de UECARA?? Hay aumento o solo es para UOCRA?
CUAL ES EL PORCENTAJE DE ADICIONAL POR ZONA DESFAVORABLE(ZONA B)?. SI CALCULO POR LA PLANILLA SON DIFERENTES SEGUN LA CATEGORIA.
Ana María
DE UECARA HAY NOTICIAS?
Alguien sabe de la diferencia que aplicaron en la planilla, que es del 28,5% y no del 24%.
desde ya muchas gracias
la parte que no me queda claro es, si un empleado entra en junio, le corresponde que le paguen los no remunerativos inputables a abril y mayo?
y si el empleado se fue en mayo, y quiere cobrar ahora lo imputable a abril? que, tengo que pagarle?
ya que esta frase me confunde todo
A los que hubieren ingresado o egresado durante el transcurso del mes correspondiente al pago se le abonara en forma proporcional al tiempo trabajado.
Haciendo algunos cálculos, me parece que la diferencia surge del promedio de la suma fija que dieron para Abril-Mayo.
Ese porcentaje iría sobre el 24%.
Igual no queda nada claro como se llegó a ese número.
Sería interesante si alguien tiene el dato, publicarlo.
Alberto.-
A la suma no remunerativa solo se le retiene para la O. Social? Ya que en otros acuerdos se ha retenido tambien para ap. sindical.
Gracias
Estimados. La aplicacion de Las Sumas No Remunerativas no cierran. Tal vez se esta aplicando un criterio que desconocemos. Seria importante que alguien aclare este Tema con Certeza.
Sdos.
ML. El Ayte Cobro 2.040 (510 x 4) eso da 0.9659 por Hora
Excelente la info,como siempre, Ignacio.
Saludos
creo que hace la SUMA NO REM que se abonó hasta 03-2011 (2000-500)
2000/12/176= 0,71
A esto hay que sumar al precio de cada categoría con el 24% incluido.
ej ayudante 14,48*1.24= 17,96 + 0,71 = 18,67 APROXIMADO A LOS 18,61 que publicaron.
si es otra cosa me avisan …
saludos. ML
yo tmb me sumo, no me da el 24% de la escala de nov 2011 que estaba vigente en 03-2012. a qué importe le aplicaron el 24% para llegar a la escala actual de junio 2012???
saludos. ML.
Ignacio. Tengo la misma inquietud que Marianela. el 24% se toma sobre el Jornal de Noviembre del 2011? Por que no cierra (Da un 28,6%) de incremento.
Sdos
Ignacio, habrá alguna novedad de la UECARA ????
No entendi mucho las clasulas 5 y 6 del acuerdo. (Aporte extraordinario solidarios y contribucion empresaria extraordinaria) Alguien me lo podria aclarar?
Muchas Gracias!
Ignacio el 24 % lo calcularon sobre la escala de noviembre 2011 que es la que estaba vigente? no me da si a ese numero le suma el 24 por que es?
Marianela