Será para todo trámite que ingrese bajo la modalidad urgente. Por el mismo costo que tiene actualmente, se otorgará la inscripción en 24 horas, junto con el N° de CUIT y los libros obligatorios ya rubricados. Se incorpora como requisito excluyente la presentación del F185 de la AFIP.
Desde el 12 de julio, todos los trámites de constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) que ingresen bajo la modalidad urgente serán inscriptos en 24 horas.
Así quedó establecido a través de la Resolución General IGJ N° 5/2017, publicada ayer en el Boletín Oficial.
De esta manera, se reducen y simplifican los procedimientos requeridos para que las nuevas sociedades puedan operar inmediatamente. También se reducen los costos asociados al trámite, dado que no deberá presentarse el trámite de individualización y rúbrica de libros.
Según el tratamiento especial aprobado por la norma, las inscripciones se realizarán en el plazo de 24 horas, siempre y cuando el trámite no tenga observaciones. Las presentaciones deberán realizarse en la sede de IGJ en el horario de 8 a 9hs, sin turno, con la documentación requerida para dicho trámite. Además, se deberá presentar copia del Formulario 185 de la AFIP y de la constancia de presentación del mismo ante dicho organismo. Este nuevo requisito es excluyente.
Transcurridas las 24 horas, la IGJ entregará el trámite finalizado, con el instrumento constitutivo inscripto, la CUIT de la sociedad asignada y los libros de inventario y balances, diario y de actas de reunión de socios y gerencias debidamente rubricados.
La inscripción podrá retirarse por Mesa de entradas en el horario de 8 a 14hs.; en tanto, los libros podrán ser retirados por el representante legal o persona autorizada en el instrumento constitutivo, a partir del día hábil siguiente a la presentación, en el horario de 11 a 13hs, por la Mesa de entradas de Rúbricas (Moreno 251).
En tanto, la documentación que se presente en alguno de los puestos de atención ubicados en los colegios profesionales (exclusivo matriculados) ingresará a IGJ el día hábil posterior. A partir de este momento correrá el plazo de las 24 horas.
Unknown dice
o no los votaste o no leiste la resolución. Vos llevas los libros y DPJ le pone unas obleas y luego los retira la persona autorizada. Carlos Quiroga
Yo me pregunto no? Este gobierno tan transparente que nos quieren hacer creer que son tan inmaculados…¿a quién le compran los libros para entregarlos rubricados? Porque no ha habido una licitación abierta para ello. Más de lo mismo, y yo los voté para esto también!! No hay cura!!
si esto se concreta en la practica seria barbaro…esperemos que se cumpla y faciliten tambien despues en la afip. saludos. hector buchner