Habrá dos recategorizaciones, una opcional en mayo y otra obligatoria en julio. La AFIP emitirá las precisiones mediante una resolución general.
La Ley 27.430 de reforma tributaria introdujo modificaciones en el Régimen Simplificado de Monotributo, uno de esos cambios es que la recategorización será semestral (en Julio y en Enero) en lugar de cuatrimestral como era hasta ahora.
Pero como la reforma, respecto de las modificaciones en monotributo, es a partir del 1° de junio, en principio habría una recategorización por el cuatrimestral enero-abril, que sería en mayo próximo, y la semestral, que sería en Julio.
Al respecto, Sergio Rufail, Ssubdirector de Servicios al Contribuyente de la AFIP, en su última visita al Consejo en Marzo pasado, adelantó que “la recategorización del mes de mayo sería opcional, en cambio la de julio será obligatoria.”
Rufail aclaró que el 20 de mayo serán los pequeños contribuyentes quienes optarán por recategorizarse según hayan o no variado su situación, pero en julio habrá que hacer otro trámite considerando los nuevos parámetros máximos según la reforma. Por ejemplo que el valor de venta de cosas muebles pasa de $2.500 a $15.000.
En breve, la AFIP publicará la Resolución General que reglamentará, este y otro temas relacionados con la reforma del monotributo.
ACTUALIZACIÓN
Con fecha 4 de mayo de 2018, la AFIP publicó la RG 4235 que dispone que “La recategorización en el Régimen Simplificado (RS) correspondiente al cuatrimestre enero/abril de 2018, se considerará cumplida en término siempre que el pequeño contribuyente proceda a efectuar la recategorización correspondiente al semestre enero/junio de 2018, en los plazos y condiciones que a tales efectos disponga este Organismo.”
SEBASTIAN dice
HOLA BUEN DIA IGNACIOMI CONSULTA ES LA SIGUIENTE TENGO UN CONTRIBUYENTE QUE REALIZO UNA NOTA DE DEBITO A UN PROVEEDOR POR UN CHEQUE DEVUELTO LA CUAL FIGURA EN SU LIBRO DE IVA SIN IVA ¿ COMO ES EL PROCEDIMIENTO A LOS EFECTOS DE LIQUIDAR EL IVA E INGRESOS BRUTOS? PORQUE VENTA NO ES PORQUE YA SE REALIZO Y FACTURO ANTERIORMENTE SINO QUE CORRESPONDE A UNA NOTA DE DEBITO POR DEVOLUCION DE CHEQUE. ( NO SE SI LO CORRECTO ES QUE HAYA REALIZADO UNA NOTA DE DEBITO) COMO HAGO PARA QUE FORM 2002 DE IVA ME COINCIDA CON ESE LIBRO DE IVA DONDE DEBO COLOCARLA EN EL FORMULARIO DE LIQUIDACIÓN DE IVA SI ES QUE HAY QUE COLOCARLA PORQUE NO LA PUEDO PONER COMO EXENTA PORQUE EN REALIDAD NO ES MAS VENTA Y LA VOY A TENER QUE TENER EN CUENTA EN GANANCIAS? Y EN INGRESOS BRUTOS LA DEBO TENER EN CUENTA?. COMO SIEMPRE MUY ATENTO DE TU PARTE
Claudia Merep dice
Sinceramente no entiendo. Estoy mareada con la re categorización que hubo en febrero y marzo. O estoy equivocada?? Agradecería la aclaración por favor.
Mariela dice
sobre monotriburo la modificacion de pcio unitario que pasa de 2500 a 15000. ya se público en afip en marzo. porque me generó duda lo que dice en este artículo que desde junio se aplicaria.? porque si ya lo publicó no esta ya en vigencia desde ese momento.
Angelica dice
la misma ley decía que se aplica a partir del 1 de julio
Mirna dice
Que sabes sobre las SH que están en monotributo?