La Medida también alcanza a los cheques de viajero
La Unidad de Información Financiera estableció un régimen para regular las tarjetas de crédito donde se considerará cliente tanto al usuario titular como a los adicionales o beneficiarios de extensiones, y a los proveedores de bienes o servicios o comercios adheridos.
Mediante la resolución 27/2011 de la Unidad de Información Financiera (UIF) publicada ayer en el Boletín Oficial, se determinó que las empresas emisoras de tarjetas de crédito y cheques de viajero deberán informar sobre cualquier operación de sus clientes que pueda ser considerada “inusual” o “sospechosa.
Las emisoras de cheques de viajero y operadoras de tarjetas de crédito deberán registrar las operaciones de sus clientes, tanto usuarios titulares como portadores de extensiones, y a los proveedores de bienes o servicios o comercios adheridos.
Además, las compañías están obligadas a informar si el cliente es una Persona Expuesta Políticamente (PEP). Así denomina la UIF a aquellos sujetos con cierta relevancia pública, desde el Presidente de la Nación hasta los concejales de los municipios de todo el país, pasando por oficiales de las Fuerzas Armadas y representantes en sindicatos y cámaras empresarias.
Las compañías deberán requerir una declaración jurada a sus clientes cuando éstos soliciten una emisión de cheques de viajero superior a $ 5.000 o tengan tarjetas con un límite de compra que se ubique por encima de esa cifra.
Cuando esos topes superen los $20.000, las declaraciones juradas deberán ir acompañadas de “documentación respaldatoria que sustente el origen declarado de los fondos”.
Operaciones “inusuales” o “sospechosa
Para la UIF, las operaciones “inusuales” son aquellas que se realizan de manera aisladas, mientras que las “sospechosas” se dan cuando hay elementos para dudar de esos hechos aislados. Estas últimas incluyen, en el caso de los usuarios de tarjetas de crédito o cheques de viajero, la “alta concentración, sin causa aparente, de compras de un usuario en un mismo establecimiento adherido, por montos significativos”, así como situaciones en las que el cliente trate con países o jurisdicciones declarados “paraísos fiscales” por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
Para la UIF, las operaciones “inusuales” son aquellas que se realizan de manera aisladas, mientras que las “sospechosas” se dan cuando hay elementos para dudar de esos hechos aislados. Estas últimas incluyen, en el caso de los usuarios de tarjetas de crédito o cheques de viajero, la “alta concentración, sin causa aparente, de compras de un usuario en un mismo establecimiento adherido, por montos significativos”, así como situaciones en las que el cliente trate con países o jurisdicciones declarados “paraísos fiscales” por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
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