AFIP extendió la percepción del 20% a cuenta del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales a la compra de moneda extranjera para ahorro personal que se podrá realizar desde hoy.
Desde hoy, las personas físicas podrán comprar moneda extranjera para ahorro, pero a la cotización oficial habrá que sumarle un 20% de percepción a cuenta del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales.
El Gobierno continuará analizando extender la baja del anticipo del tributo para las compras con tarjeta en el exterior y billetes para turismo donde, al menos por ahora, seguirá en un 35 por ciento
En efecto, mediante la Resolución General 3583, publicada hoy en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), estableció un régimen de percepción del 20% que se aplicará sobre las operaciones de adquisición de moneda extranjera destinadas a ahorro personal.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA), determinará las pautas operativas en el marco de la política cambiarias.
No será aplicable la percepción cuando la moneda extranjera adquirida sea depositada, por un lapso no inferior a 365 días, en una cuenta de una entidad financiera a nombre del adquirente de la misma.
En el supuesto de que la moneda extranjera adquirida y depositada se retire antes del plazo de 365 días, la percepción se aplicará en oportunidad de su retiro de la cuenta bancaria respectiva.
La percepción que se practique por el presente régimen se considerará pago a cuenta de los tributos que, para cada caso, se indica a continuación:
- Monotributistas y personas que no resultan responsables del Impuesto a las Ganancias: Impuesto sobre los Bienes Personales.
- Demás Personas Físicas: Impuesto a las Ganancias.
Las disposiciones de la RG 3583, entrarán en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial, 27/01/2014.
La Resolución General 3450 y su modificatoria, será de aplicación supletoria en todo lo no previsto en la RG 3583.
Hugo Leonardo Niz dice
Hola buenas tardes alguien me puede informar si desde la pagina web de la AFIP puedo obtener el DJAH de las divisas compradas este año 2016? Gracias
Buenas, cuando quiero comprar dolares me dice "DJAH no vigente", esto es porque el F-572web no fue cargado? lo puedo hacer ahora o tengo que esperar al otro año? Gracias
quise comprar dolares, ingreso la clave y me dice DJAH no vigente, me podria aclarar que es. Muchas gracias
Declaración Jurada Anticipada de Ahorro
hola , de dónde saco la DJAH ? para cargarla en el F-572web
Figuro en la autorizacion con la que compraron la moneda extranjera. Ingresando en el menu de consultas tienen todo el historial de autorizaciones.
hola a todos! aun no eta disponible la opcion para cargar esta percepcion. el afip se esta rascando. Alguien llamo al telefono de atencion alcliente para preguntar cuando estaria disponible?
Hola Ignacio, Intente cargar la percepcion en Siradig (572 web) pero no existe aún una opción que encuadre con la compra para tenencia. Intenté hacerlo como una compra para turismo pero no me valido la DJAH ya que no es una DJAT, ¿tenes idea como se puede cargar o cuando se adecuara la web de afip? Gracias.
estas en bolas negro…
Ignacio,
Vos tenés algún comentario al respecto?
Sobre que?
Ignacio;
Intente cargar la percepcion en Siradig (572 web) pero no existe aun una opcion que encuadre con la compra para tenencia. Intenté hacerlo como una compra para turismi pero no me valido la DJAH ya que no es una DJAT, tenes idea como se puede cargar o cuando se adecuara la web de afip? Gracias por tu ayuda!
yo estoy igual cargo el numero de 16 digitos del la DJAT de la solicitud y me lo rebota, encontraste solucion?
Evidentemente todavía no está definido en el aplicativo, calculo que como esto se recupera en 2015 no estan muy apurados, pero sigo viendo día tras día y no está habilitado aun
todavia no esta.. hoy es 10 de marzo.. q paja que tienen para laburar.
Hola Ignacio, muchas gracias por el artículo. Una consulta: ud sabe como se puede cargar este 20% para que sea desgravado del impuesto a las ganancias?
Estoy revisando en el aplicativo SIRADIG de AFIP y al completar el F572 veo que en la sección 4 (otras Retenciones, Percepciones y Pagos a Cuenta) sólo existe referencia a la Resolución 3450/2013 y no a la 3583.
Muchas gracias por su tiempo.
Saludos.
En el Siradig?? Para cuarta categoria.
Estimado Ingnacio, es posible en la web cargar la percepcion que realiza el banco?. Aun no está operativo.
En que aplicativo'?
Ignacio, te hago una consulta. Soy monotributista categoría E la percepción del 20% tengo alguna manera de recuperarla? no pago ganancias ni bienes personales. Mi única actividad de ingresos es la antes mencionada. Agradecería infinitamente tu respuesta ya que no me queda claro si pierdo ese dinero o tengo manera de poder recuperarlo de alguna forma. Muchas gracias por tu tiempo y respuesta