Para quienes no pagan ganancias ni bienes personales. Procedimiento para solicitar la devolución de percepciones por operaciones en moneda extranjera, dólar ahorro y dólar turista.
Cómo recuperar el 20% o 35% que en los últimos años se les retuvo a quienes consumieron en moneda extranjera o compraron dólares para ahorro y no tributan Ganancias .
Los ciudadanos que hubieran sufrido percepciones a cuenta del Impuesto a las Ganancias o sobre los Bienes Personales, siempre que no sean contribuyentes de los mismos, podrán solicitar la devolución de los importes percibidos.
Quiénes pueden solicitar el reintegro
Los monotributistas que no paguen el Impuesto sobre los Bienes Personales, los empleados en relación de dependencia y los jubilados que no tienen retención del Impuesto a las Ganancias.
Quiénes no pueden
Los que no pueden tramitar la devolución son:
1) Los monotributistas que sean contribuyentes de Bienes Personales.
2) Los empleados y los jubilados con retenciones del Impuesto a las Ganancias.
3) Los contribuyentes autónomos inscriptos en Ganancias.
Todos ellos podrán recuperar las percepciones compensándolas contra los impuestos en que se encuentren inscriptos. En el caso de empleados y los jubilados con retenciones del Impuesto a las Ganancias tienen hasta el 31 de enero para presentar el formulario 572 web (SIRADIG) para informar las percepciones.
Ludmila dice
Hola, en diciembre de 2014 pedí el reintegro del 2014, y no me devolvieron nada todavía. Ahora pido del 2015 y me sale un error, de que tengo que esperar a que venza la DDJJ porque es un impuesto anual… es nuevo esto?
Yo estoy loco o es el mismo procedimiento de siempre? Que tiene de "nuevo" este método al anterior?
Hace mas de 1 año que presente todo tal cual dice el instructivo pero aún sigue en estado "presentado", todavia no me devolvieron 1 centavo
Hola gracias por la info las presentaciones se pueden hacer solo por mes digamos, si tenemos retenciones todos los meses hay q hacer 12 presentaciones? Cuanto hago este procedimiento en un mes por ej, me da el sig error "Resultado ERRONEA (0 – Error de seti. – * La solicitud de devolución de las percepciones establecidas de acuerdo a la R.G. 3420/12 y sus modificatorias, que fueron sufridas en el año en curso, deberá ser interpuesta luego de operado el vencimiento para la presentación de las Declaraciones Juradas respectivas, por tratarse de impuestos anuales.
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BUEN DÍA, ME ENCANTARÍA SABER CUAL ES LA DIFERENCIA EN EL PROCEDIMIENTO CON RESPECTO A CÓMO SE VENÍA HACIENDO HASTA AHORA. SALUDOS.
hola ignacio ,
yo nunca pedi la devolucion, no pago impuestos a las ganancias e hice viajes al ext en 2013 2014 y 2015, puedo cargar todos los datos ahora? hasta cuando tengo tiempo? puedo hacerlo yo o es recomendable un contador ? muchas gracias
Muy buena info. Iba todo muy bien pero me salio un mensaje de error. "Resultado ERRONEA (0 – Error de seti. – * La solicitud de devolución de las percepciones establecidas de acuerdo a la R.G. 3420/12 y sus modificatorias, que fueron sufridas en el año en curso, deberá ser interpuesta luego de operado el vencimiento para la presentación de las Declaraciones Juradas respectivas, por tratarse de impuestos anuales." La consulta es la sgte. como Monotributista cat E estoy obligado a hacer la DDJJ.? Si es asi, me inscribi como Monotributista en 08/2015 en que fecha me corresponderia hacerla?
Explicado perfectamente, sólo falta decir que se armen de paciencia. Hice todo eso hace un año, mande nota de pronto despacho y sigo esperando.
Hola, es exactamente igual a como lo veniamos haciendo o veo mal? yo tengo presentado desde el 2013 y sigo esperando, tendremos novedades? Saludos Adrian
Hola quisiera saber si soy monotributista y pago impuesto a los bienes personales, como tengo que hacer para recuperar la percepcion de ganancias por compras en el exterior. Saludos
Una consulta… Si o si hay que generar un cuit? Por más que seamos empleados en relación de dependencia? No se puede hacer el trámite de devolucion a través de mis aplicaciones web como antes?
Hola ignacio segui todos los pasos y me dice error de validación que debo cumplir con el art. 2 de la rg 3420.
¿porque será?
consulta, si no me retuvieron ganancias por estar dentro del decreto del 2013 pero figuro inscripto en el impuesto a las ganancias, como hago para pedir la devolución de las percepciones?, porque en mis aplicaciones web me tira un error.
Hermano, uno imagina que la devolución solicitada por el período 2014 también estará incluída, no? Opiniones? El procedimiento no cambió en nada a como se venía haciendo. Gracias.-
Te hago una consulta, cuando hace unas semanas lo intente hacer, la pagina de afip me tiro error como que necesitaba tener cuit. Yo siempre fui empleado en relacion de dependencia, y nunca me descontaron ganancias. Ahora bien, no tengo cuit, porque no soy monostributista ni autonomo ni nada. Aun asi la pagina de la afip me dice que tengo que ir a solicitar el cuit. Esto es correcto o es un problema de la pagina? Pregunte en AFIP por mail y me mandaron un mail con un copia y pega muy extensivo y confuso, quizas vos me lo puedas aclarar mas sencillamente. Gracias.