La Agencia de Recaudación bonaerense (ARBA), habilitó´el “domicilio fiscal electrónico” dispueso por el Resolución Normativa 7/2014.
Tanto los contribuyentes de Ingresos Brutos como los agentes de recaudación, que en ambos casos estarán obligados a utilizar este sistema, deberán incorporarse al domicilio fiscal electrónico ingresando a www.arba.gov.ar.
Rodrigo dice
Una consulta, vos ponés que están obligados TODOS los contribuyentes de iibb. Sin embargo, el art. 10 de RN 7/2014 referencia los contribuyentes del inciso 2) del art. 21 de la ley 10397. En este inciso dice habla sobre los administradadores de personas jurídicas y otros. En ningún lugar dice (al menos, no lo interpreté como todos) que son todos los contribuyentes.