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Las claves para la liquidación del aguinaldo.
“Cobraré el aguinaldo en billetes de uno a uno, y me iré caminando por Dieciocho silbando un tango amargo como otro distraído. “(Mario Benedetti)
Finaliza el mes de junio y se aproxima la fecha de cobrar el tan esperado AGUINALDO, técnicamente llamado S.A.C. (Sueldo Anual Complementario), pero también se presentan las dudas sobre como se liquida, que rubros se deben tomar para liquidarlo, cuando se cobra, etc.
Este artículo pretendo explicar sintéticamente su forma de cálculo y las dudas mas frecuentes que son razón de consulta.
¿Qué es el aguinaldo?
¿Cómo se liquida el Aguinaldo?
Se toma la mayor remuneración devengada en el semestre y se la divide por 2.
¿Cómo se efectúa el cálculo del AGUINALDO cuando el empleado NO trabajó el semestre completo?
Si el tiempo trabajado es inferior al Semestre completo el procedimiento es: tomar la Mayor remuneración del semestre dividido por 2, dividido cantidad de días del semestre, por la Cantidad de días trabajados.
Veamos un ejemplo:
- Fecha de Ingreso: 25/032009
- Mejor remuneración: $1.800,-
- Días trabajados en el semestre: 97 días
- Días del semestre: 181 días.
Cálculo:
$1800 / 2 / 181 x 97 = $482,32
¿Qué rubros deben computarse para su cálculo?
A los efectos del cálculo del aguinaldo deben computarse tanto las remuneraciones principales, como las complementarias, sean en dinero o en especie, las que deben ser valorizadas a este fin. A modo ilustrativo se enuncian los siguientes rubros:
- Salario básico
- Comisiones
- Viáticos sin comprobantes
- Remuneraciones en especie – casa/habitación/comida-
- Bonificaciones adicionales
- Propinas habituales y no prohibidas
- Premios/Gratificaciones
- Salarios por enfermedad accidente profesional
- Horas extraordinarias
- Vacaciones y plus vacacional
¿Qué rubros no se incluyen en el cálculo?
No se incluyen para el cálculo del aguinaldo las remuneraciones que tengan carácter “no remunerativo.” No se contemplan como base para el cálculo del de SAC. A manera de ejemplo algunos de esos conceptos son los siguientes:
- Asignaciones familiares
- No se calcula el AGUINALDO sobre los importes abonados en concepto de licencia por maternidad Ya que es una asignación familiar.
- Prestaciones dinerarias de la ley de ART
- Beneficios sociales otorgados por el empleador conforme al artículo 103 bis Ley de Contrato de Trabajo
¿Cuáles son los plazos para el pago del SAC?
Según lo establece el artículo 122 de la ley de contrato de trabajo 20744, el sueldo anual complementario (SAC), se deberá abonar en 2 cuotas: – La primera, el 30 de junio de cada año. – La segunda, el 18 de diciembre de cada año. (vigente desde 2015) La norma 27.073 modificó la fecha de la segunda cuota del aguinado, que antes era el 31 de diciembre de cada año. .
¿Qué debe entenderse por tiempo trabajado?
La expresión “Tiempo Trabajado” empleada por el artículo 1º del Decreto 1078/84, debe interpretarse como inclusiva del período en el que el trabajador prestó servicios, ofreció prestarlos o se encontró eximido de hacerlo, y siempre que hubiera devengado remuneración. Por lo que no se toma en cuenta el período de licencia por maternidad.
¿Cómo deben computarse las licencias por enfermedad, y las vacaciones?
Los períodos durante los cuales no se prestaron servicios, pero en los que al empleado le correspondió percibir su remuneración por disposición de la Ley, como las licencias por enfermedad, y vacaciones, deben computarse como tiempo trabajado.
¿Cómo se consideran los períodos del empleado que no generaron derecho al cobro de la remuneración?
En los supuestos de licencias o recesos que no generen derecho al cobro del sueldo, por ejemplo licencia por maternidad, el período de excedencia, las licencias sin goce de sueldo y el período de reserva de puesto de trabajo no se computan como tiempo trabajado.
- Licencia por Maternidad:
Durante el período de licencia por maternidad hay una suspensión momentánea del contrato de trabajo de acuerdo a lo previsto por elartículo 177 de la LCT En dicho período la trabajadora no percibe remuneraciones sino un monto similar pero en concepto de Asignaciones Familiares. Por lo tanto el aguinaldo en este caso deberá calcularse teniendo en cuenta la mejor remuneración percibida y en proporción al tiempo de trabajo efectivo en el semestre. Es decir, el período de Licencia por Maternidad no se computa como tiempo de servicio y por ello por ese lapso no corresponde abonar el aguinaldo.
- Accidentes de Trabajo:
Las enfermedades profesionales o los accidentes derivados de la relación laboral generan un período de ausencia que si bien es retribuido, tiene un tratamiento especial ya que el trabajador percibe una “prestación dineraria” . La Ley de Riesgos de Trabajo en su artículo 12 , estableció la forma de calcular el ingreso base y éste ya tiene en cuenta la incidencia del aguinaldo por lo que en este caso, debemostener en cuenta lo mencionado para la Licencia por Maternidad.
¿El aguinaldo está sujeto a aportes y contribuciones al Régimen de la Seguridad Social?
Conforme lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley 24.241, que define el concepto de salario, se considera, a los efectos previsionales, sujeto a aportes y contribuciones el importe del aguinaldo.
¿Cómo se formaliza el pago del aguinaldo?
El pago del SAC o AGUINALDO debe formalizarse a través de un recibo legal, al igual que el resto de las remuneraciones, pudiendo ser incluido en la liquidación de los meses de junio y diciembre o en el recibo de liquidación final.
El AGUINALDO y las Modalidades de Contratación.
El Sueldo Anual Complementario le corresponde a todos los trabajadores en relación de dependencia sin importar la forma de contratación, se trate de un contrato por tiempo indeterminado o a plazo determinado (plazo fijo, eventual, temporada); siendo la única diferencia la época de pago la que se adapta a la modalidad del contrato. Lo mismo le corresponde a quienes trabajan a jornada completa o a jornada parcial.
Caso práctico de liquidación del aguinaldo
Caso práctico de liquidación de aguinaldo Ver Ejemplo
Rogelio dice
Estimado Ignacio
Una vez al año cobro un “bono anual” remunerativo. Junto al bono me liquidan “SAC sobre bono” calculado como Bono / 12. Y esos dos ítem “Bono” y “SAC sobre bono” no se toman en cuenta para determinar la mejor remuneración del semestre. ¿Es correcto?
Muchas gracias.
Ignacio dice
Si ya te pagaron el SAC sobre eso, no
Miguel dice
Hola Ignacio, desde ya muchisimas gracias por tus invalorables aportes en muchos temas, te quiero hacer una consulta sobre la liquidacion de aguinaldo:
Tomamos el mejor sueldo mensual del semestre,(que tiene incluida la antiguedad del empleado), este es el sueldo bruto tomado para el calculo del SAC, cuando liquido el SAC, a mi entender, no debo aplicar el porcentaje de antiguedad sobre el valor de aguinaldo, lo estaria duplicando,
Queria saber si vos opinas que esto esta correcto y de ser asi si existe alguna norma que lo indique, para poder mostrar esto y que quede claro.
Desde ya muchisimas gracias
Ignacio dice
Hola Miguel, la antiguedad ya está incluida en la base de cálculo
Le consulto lo siguiente: El SAC se paga sobre las remuneraciones que percibió la persona; en el caso de la integración del mes de despido que es una indemnización (no una remuneración por servicios porque esos dias ya no se trabajan) ¿corresponde liquidar SAC sobre la integración?
Eh visto que lo incluyen en muchas liquidaciones pero no estoy segura que corresponda por el concepto que define la LCT para cada uno
Muchas gracias
Hola, si, corresponde
hola soy empleado de la uom . queria saber si mi mejor sueldo del semestre fue de $ 20.000 ,entonces mi aguinaldo es de $10.000 . A esto le tengo que sumar la antigüedad que tengo?
Buenas tardes, como debe calcularse el SAC Proporcional de una baja a mediados de Julio donde la mejor remuneración del semestre termina siendo la mitad del sueldo. Se debe mensualizar el sueldo o se calcula sobre lo pagado?
Hola buenas tardes te hago una consulta. Mi marido esta trabajando desde octubre/2016. Su mejor sueldo sin descuento ni nada fue de 50.000$ y con los descuentos y etc quedo en 38.000$ a el le dieron 13.000 de aguinaldo esta bien??
Una preg. Si ami me están pagando quincenal, y me están pagando un proporcional todas las quincenas del aguinaldo. Corresponda que me paguen otro aguinaldo por las horas extras.??. Gracias
Hola Ignacio! Tengo que liquidar un sueldo a un empleado que saca licencia gremial a partir del 01/02/2017. No se bien si tengo que liquidarlesac prop. por el mes de enero y las vacaciones no gozadas por el año 2016 y por el mes de enero de 2017. Mil gracias
hola ! mi sueldo basico es de 11959 el neto es de 13110 y el bruto de 15143 pesos de cuanto seria mi aguinaldo?
Buenas Ignacio, buen sitio.
Una duda, si por ej el trabajador es remunerado a comisión, como calculo el SAC?
O supongamos que es remunerado por quincena, o por semana, etc…
Hola,me llamo Deborah.
Mi consulta es, el SAC se calcula De sueldo bruto o del neto ya con los descuentos.? Gracias
Hola Ignacio.Si estás accidentado cada mes por recibo se cobra un importe de sac en el importe de accidente?como es el calculo de accidente?gracias
Buenos días:
Quisiera saber como se calcula el SAC y el SAC Prop. para trabajadores quincenales. La cuenta es igual que la de Mensuales? Sólo que en vez de sacar el 50% del mejor sueldo, tomaría el mejor sueldo de la quincena?
Hola mi sueldo es de 4700 en mano,hace dos año trabajo en la misma empresa , pero este mes por enfermedad me descontaron el presentismo , cuanto va a ser mi aguinaldo ?