Recientemente la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) mediante la resolución 35.333 modificó la forma de declaración y pago por parte del empleador del seguro colectivo de vida obligatorio, (SCVO) ya partir del corriente mes deberán ser informadas directamente a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) mediante el aplicativo SICOSS o el servicio de Su declaración online.
El seguro colectivo es obligatorio para todos los empleadores, su cobertura abarca la muerte por cualquier causa del trabajador en relación de dependencia, la suma asegurada es por $ 12.000 y la prima mensual que debe ser abonada por el empleador por cada empleado es de $ 2,46.
La forma de declararlo en el formulario 931 se realiza en dos pasos:
De esta manera, el empleador informa que cuenta con la cobertura de una póliza de seguro de vida. Si no se marca la casilla, se considerará que el empleador toma el riesgo a su cargo.
Costo de Emisión
Si, el empleador debiera declarar el importe correspondiente a Costo de Emisión, se ingresará en la casilla “Costo de Emisión.” Dicho importe surge de la póliza que la aseguradora entregó al empleador. En el caso de que ya se haya pagado este Costo de Emisión, se deberá dejar en cero.
Para el caso de Su declaración online, vamos a la declaración jurada y dentro de “Modificar Datos” del empleado marcamos “Con cobertura S.C.V.O.”
- Trabajadores por los cuales el empleador ya abonó todo la prima con anterioridad, y solo debe abonar por las altas que se produjeron con posterioridad. Recordemos que la pólizas por lo general son anuales, y puede ser que se haya pagado todo el año por adelantado.
- Personal que se desempeña para más de un empleador y la cobertura la tiene contratada por el otro empleador.
- Cuando dentro de la actividad del empleador posee trabajadores amparados por el SCVO Decreto 1567/74 (personal administrativo) y personal que no tiene la cobertura del SCVO, como es el caso de los trabajadores rurales.
- Que el empleador toma el riesgo a su cargo.
En este caso particular, es una DDJJ con 3 empleados, donde los 3 cuentan con cobertura, por eso el total es de $7,38 (2,46 x 3). * |
El monto se ingresará identificado con un código de recurso específico (Impuesto 028- SCVO)
EN RESUMEN: ¿Qué datos debe conocer e ingresar el empleador para el correcto cálculo del seguro?
1) Indicar si el empleador posee o no cobertura de SCVO con una aseguradora.– si el empleador indica que no, se considera que es autoasegurado
– si el empleador indicara que si, el importe a abonar por la prima, lo determinará automáticamente el F 931, sobre el valor fijo de la prima por persona multiplicado por la cantidad de “empleados declarados.”2) Se debe indicar cuales son los empleados declarados con cobertura de SCVO en cada caso particular.
Beatriz Araya dice
Buenas tardes. Ennel 931 hay un seguro de vida obligatorio que se paga por los empleados. En caso de fallecimiento de alguno de ellos que tengo que hacer para que familiares cobren el seguro de vida.
Anónimo dice
Estimado, cómo contrato un seguro de vida obligatorio? Me dijeron que debo tildar uno desde la página de Afip, pero no encuentro dónde. Tengo contratada la ART, pero el SCVO no.
Muchas gracias.
Anónimo dice
Tengo 3 empleados, olvidé tildar SCVO en uno de ellos y ya lleva 5 meses trabajados. Cómo abono para ese sólo empleado los 5 meses que no se pagó?? Busqué pero no encontré formulario alguno
Excelente la explicacion emitida.Gracias por v/dedicacion
Cr.Ebeling
EL Valor del seguro obligatorio es 4,10 por cada empelado me sale 2,46 donde lo modifico en la declaracion on line
Buenos días, quisiera hacerte una pregunta, mi papa era taxista, había empezado a trabajar el 29-09 como peon de un taxi, trabajó los dos ultimos días de septiembre y todo el mes de octubre y falleció. Para que yo pueda cobrar el seguro de vida que dejó a mi nombre, en la aseguradora me piden varios requisitos, uno de ellos presentar el f.931. Resulta que la empleadora me dió el del mes de sept. y el de octubre, pero en ninguno de los dos figuraba que pagó el seguro de vida obligatorio. Ahora la contadora de la empleadora de mi papá hizo una rectificación en donde declaró los $2.46 de la prima individual y los $12 por el costo de emisión en el mes de sept. y por el mes de octubre los $2.46. Esta rectificación la hizo por internet el 30-11 y los pagó el 01-12. Mi PREGUNTA ES LA SIGUIENTE: TIENE VALIDEZ ESA RECTIFICACION QUE SE HIZO UN MES DESPUES QUE FALLECIO MI PAPA, VOY A PODER COBRAR EL SEGURO?
Gracias
Claudia
[email protected]
HOLA, TENGO UN PROBLEMA CARGUE EL 931 PERO NO AGREGUE EL SEGURO COLECTIVO Y YA PAGUE EL IMPORTE DE LOS APORTES, LA PRENGUNTA ES COMO RECTIFICO PARA PAGAR SOLO LO CORRESPONDIENTE AL SEGURO
GRACIAS
Hola me podes ayudar tengo el seguro de vida obligatorio pero en el 931 me figura como que no tuviera, presente la poliza en afip y me dicen que tiene que solucionarlo la aseguradora. En la aseguradora el seguro esta vigente y me dicen que tengo que cargar el codigo de la aseguradora en el 931 pero ni la contadora sabe hacerlo como puedo solucionar el tema??? me podes responder a mi mail [email protected], desde ya muchas gracias
DONDE SE PAGA EL F 931?, EN EL BANCO NACIÓN?
AGRADECERIA UNA RESPUESTA PRONTA. SALUDOS, JORGE.
EMAIL: [email protected]
hola me gustaria que me cuenten si en el recibo de sueldo debe figurar en algun lugar que se paga el seguro de vida obligatorio????
Gran aporte Nacho,… Solo que Afip aún no cargo este item en los bancos ni en pagofacil,… con lo cual no se puede pagar todavía,…