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AFIP estableció el procedimiento para que las empresas devuelvan el Salario Complementario ATP
La Decisión Administrativa 817/20, estableció que las empresas que así lo soliciten, podrán dar la baja del Programa respecto del Salario Complementario del decreto 332/20.
Para los supuestos en los que el Salario Complementario hubiese sido abonado a las y los trabajadores, dichos importes con más los accesorios que pudieran corresponder deberán ser transferidos a la AFIP, la que procederá a girarlos a la ANSES.
En este sentido, la AFIP estableció el mecanismo que deberán seguir aquellos empleadores que soliciten la baja del ATP respecto del beneficio del “salario complementario”.
El procedimiento a seguir fue oficializado mediante la resolución general publicada 4719, publicada en el Boletín Oficial.
Procedimiento para restituir el salario complementario ATP
Primero, se deberán generar dos Volante Electrónico de Pago (VEP), para una para capital y otros para intereses, con los siguientes códigos:
Reintegro salario complementario:
- Impuesto: 016
- Concepto: 019
- Subconcepto: 019
Reintegro salario complementario – intereses financieros:
- Impuesto: 016
- Concepto: 019
- Subconcepto: 95
Presentación Digital
Luego, se deberá informar la cantidad de trabajadores y trabajadoras comprendidos en el ATP y el monto que se transfiere a la AFIP a través del servicio “Presentaciones Digitales”
Plazos
a) Respecto de los salarios devengados en el mes de abril de 2020: hasta el 31 de mayo de 2020, inclusive.
b) Respecto de los salarios devengados en los meses mayo de 2020 y siguientes -en caso de extenderse el beneficio-: hasta el día 20, inclusive, del mes en que se haya realizado el pago.
c) En aquellos supuestos en que el lapso operado entre la fecha de pago del beneficio y la de vencimiento de la transferencia a este Organismo, sea inferior a 5 días hábiles, el empleador podrá transferir las sumas correspondientes dentro de este último plazo.
Intereses
Los intereses a aplicar sobre el monto del capital (importe del beneficio que se reintegra) serán calculados desde la fecha en que se hayan acreditado las sumas en las cuentas de los trabajadores, hasta la fecha de la efectiva transferencia.
El monto total de intereses surgirá de aplicar al capital la evolución del CER que emite el BCRA entre dichas fechas.
Coeficiente CER Mayo 2020
Fecha | Valor |
---|---|
01/05/2020 | 21,0128 |
02/05/2020 | 21,0356 |
03/05/2020 | 21,0584 |
04/05/2020 | 21,0812 |
05/05/2020 | 21,1040 |
06/05/2020 | 21,1269 |
07/05/2020 | 21,1497 |
08/05/2020 | 21,1726 |
09/05/2020 | 21,1956 |
10/05/2020 | 21,2185 |
11/05/2020 | 21,2415 |
12/05/2020 | 21,2645 |
13/05/2020 | 21,2875 |
14/05/2020 | 21,3106 |
15/05/2020 | 21,3336 |
16/05/2020 | 21,3439 |
17/05/2020 | 21,3541 |
18/05/2020 | 21,3644 |
19/05/2020 | 21,3747 |
20/05/2020 | 21,3849 |
21/05/2020 | 21,3952 |
22/05/2020 | 21,4055 |
23/05/2020 | 21,4158 |
24/05/2020 | 21,4261 |
25/05/2020 | 21,4363 |
26/05/2020 | 21,4466 |
27/05/2020 | 21,4569 |
28/05/2020 | 21,4673 |
29/05/2020 | 21,4776 |
30/05/2020 | 21,4879 |
31/05/2020 | 21,4982 |
Fuente: BCRA
Guadalupe dice
Hola, necesito saber si puedo dar de baja del programa ATP a un solo empleado de la nomina. Todavía no se le deposito porque es a través del crédito que se esta tramitando. Y si se puede, como se hace?? Gracias!
Abigail dice
Hola tengo la misma duda , alguien me podria decir quien en realidad lo devuelve , ya que ami marido el empleador le pide la devolucion del dinero gracias
Eva dice
La plata del ATP, se la descuentan a los empleados. La empresa no pierde. La empresa tampoco paga la otra mitad que le corresponde.
Ludmila dice
Hola!!! Quería consultar lo siguiente, tengo empleados de uocra que renunciaron, ya se hizo la baja en afip y las liquidaciones finales, el problema es que estaban ingresados en el ATP de Agosto, el cual fue aprobado, la empresa me pide que les de la baja para que no cobren por ANSES, es posible darlos de baja antes que lo cobren? son algunos, no es toda la nómina. Gracias!!
Maria dice
buenas tardes,mi marido cobro su sueldo de julio y ayer le depositaron la ATP y hoy el empleador le paso su cbu para que se lo devuelva,es correcto?
Mariana dice
Les hago una consulta. Estoy de licencia por maternidad y anses me paga el sueldo. Pero también recibí este mes el atp . Qu debo hacer? Devolverlo? Avisarle al empleador .? Ellos saben que me lo están pagando?
Ruben dice
Alguien sabe que hacer si el empleador decide devolver el ATP de mayo vencido el 20/06, como debe hacer? el sistema de AFIP no permite devolver los períodos vencidos.
Nancy dice
Buenas tardes, aún no cobre el ATP de junio y los 2 los meses anteriores no me pagan la diferencia del sueldo total, pregunte a mi empleadora y el contador dice q espere q hay más restricciones y no me responde por la diferencia de sueldo, dónde puedo averiguar, si realmente se dio de baja del ATP y podria en lo sucesivo de alguna manera legal exigirle el pago? Agradeceria una respuesta . Gracias
Emilce dice
Mi empleador se equivocó mi cbu y lo modifico y sólo cobre en julio un sólo pago . Mis compañeros de trabajo ya van cobrando 3 veces . Me pagan los 2 meses que me faltan pagar? Como reclamo?
Marcela dice
Hola!! Soy Marcela Manrique. Mi duda es la siguiente, quién devuelve el ATP que recibió el empleado? La empresa o el empleado?
ALICIA dice
ATP DEPOSITARON A UNA EMPLEADA QUE ESTA DE LICENCIA SIN GOCE. COMO REALIZO LA DEVOLUCION DE ESE IMPORTE EN PARTICULAR???
GRACIAS
silvina dice
Consulta: a mi me pagaron el ATP en abril y ahora me lo desc. completo del aguinaldo, porque el empleador decidio devolver el ATP al estado, esto esta bien?? gracias
valentina dice
Alguien puede explicar como se liquidan los intereses con el coeficiente cer? Gracias