SICOSS Rectificativa Febrero 2018 ¿Cuál es el procedimiento para reimputar pagos mediante el sistema Cuentas Tributarias?
Quienes presentaron en los últimos días la rectificativa en menos del período febrero 2018 del SICOSS, ya pueden ver reflejado en Cuentas Tributarias el Saldo a Favor de Libre Disponibilidad (SLD).
En caso de que no verlo reflejado, no se alarmen, tarda un par de días en aparecer.
¿Cuál es el procedimiento para reimputar pagos mediante el sistema Cuentas Tributarias?
Para reimputar el saldo de libre disponibilidad (SLD) mediante el sistema Cuentas Tributarias se deberá acceder al menú, luego ir a “Transacciones” y de ahí a “Reimputación de pagos contribuyente”.
Luego, completan el CUIT y dan click en buscar
Les va a aparecer esta pantalla, donde completan todos los datos y dan click en siguiente:
Ahora debería aparecen el saldo a imputar y dar click en las fechas:
Ahora, debería aparecer el listado de todos los saldo a los que se puede reimputar. Completan el campo del concepto a reimputar y dan click en Confirmar.
A tener en cuenta:
La transacción permitirá reimputar aquellos pagos que excedan en su totalidad el saldo de la cuenta “Impuesto determinado”, no así los pagos que registren un excedente parcial. Por tal razón, en esta situación, se podrá solicitar la reimputación de dichos pagos en la dependencia que corresponda por el domicilio fiscal, a través de la presentación de un F. 399 y un F. 206 Multinota.
Se deberá tener en cuenta que corresponderá reimputar el saldo acreedor en su totalidad en la misma transacción. Aquellos excedentes no reimputados no podrán ser reafectados con posterioridad por este medio, considerándose tal excedente sujeto al procedimiento previsto por el Artículo 81 de la Ley 11.683.
Se sugiere consultar los pasos que se encuentran indicados en el manual de ayuda del sistema que se encuentra disponible en el servicio. También se podrá acceder al manual ingresando aquí.
Por último, recuerden que para este único caso, que la DDJJ de Febrero de saldo a favor del contribuyente, no habrá que presentar multinota en la agencia, como dispone la RG 3093 para estos casos, siempre que la presentación de la DDJJ rectificativa fuera hasta el 31 de mayo de 2018, inclusive
wanda dice
Buenas tardes, cuanto demoran en autorizar la reimputacion de pagos ? porque la obligacion a la que se reimputo el saldo de libre disponibilidad esta por vencer y aun no tengo novedades
miriam dice
Buen dia , consulta si me aparece el SLD, pero se lo resto directamente a la presentación de Abril después me desaparece.
miria,m dice
consulta si rectifico febrero 2018, cuando salta el saldo a pagar que le ingreso a los que me da igual cero o le confirmo todo completo.??
Rosana| dice
Hola Ignacio, una consulta. Cuando habia que poner desde que periodo se renunciaba a los beneficios de la ley 26940, puse 201803. No voy a poder rectificar febrero y tomarme el saldo a favor verdad? No me di cuenta!!! Muchas gracias por tu tiempo y atencion siempre! Y tu amabilidad!
Nicolas dice
Ignacio una consulta, hice la presentación de la rectificativa de Febrero en cuentas tributarias refleja el saldo pero de disponibilidad restringida
Alejandro dice
En mi caso el saldo a favor no aparece como de libre disponibilidad sino como otros creditos y por tanto no me deja hacer la reimputación tal como la describis en esta nota. ¿puede tener que ver con que las contribuciones patronales fueron incluidas en un plan de facilidades de pago? y de ser así ¿cómo debería proceder para recuperar dicho saldo a favor? Gracias.
hernan dice
Hola: Tengo el mismo caso. Presente F-399 en la Agencia. Lo tomaron aunque tenian dudas como hacerlo.. Veremos como sigue el tema en Cuentas Tributarias o si se comunican para avisar algo.
susana dice
gracias Ignaciooooo!!!!! 🙂 como siempre impecable!!!
Ignacio dice
Gracias a vos por leerme Susana