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Cómo calcular el grossing up del Acuerdo de Empleados de Comercio

29 mayo, 2019 Por Ignacio 102 comentarios

Me llegaron varios comentarios respecto a como se calcula el grossing up o como se llega a los básicos a partir de septiembre de 2019 del acuerdo firmado ayer para Empleados de Comercio, según las escalas publicadas por las Cámaras y la FAECyS.

El procedimiento es el siguiente:

Tomo como ejemplo lo valores para un Maestranza A. cuyo básico a Marzo de 2019 era de $27.311,61

Según el acuerdo, durante mayo y junio se paga el primer 4.5% y en julio y agosto se suma otro 4.5%, ambos no remunerativos, es decir que tenemos para el caso de ejemplo:

27.311,61 de Básico

2.458.04 de suma NR (1.229.02 + 1.229.02)

Ahora, en septiembre 2019 se paga otro 4.5%, pero remunerativo, serían $1.229.02 más, si si sumamos todo nos queda en ese mes:

Básico Agosto 2019           27.311,61
Sumas no remunerativas             2.458,04
Aumento remunerativo             1.229,02
Básico Septiembre 2019           30.998,67

Ahora, llegamos a 30.998,67 pero el básico de septiembre 2019 según la escala publicada para Maestranza A es de 31.212,42 ¿Cómo se llega a ese número?

La diferencia están en el grossing up, porque las sumas no remunerativas pasan al básico con acrecentamiento (gorssing up) y no sumadas directamente, pero con la particularidad de que es solo el 50% de esa suma lleva grossing up, lo que hace mas complejo todo.

¿Por qué la mitad de la suma y no el total? porque de esta manera el costo de pasar de no remunerativo a remunerativo lo comparten entre empleado y empleador.

Entonces, el cálculo sería:

27.311,61 + 1229.02 x 1.173913 + 1229.02 + 1229.02 = 31.212,42

Que es el Básico Maestranza A Septiembre 2019.

Ahora, para llegar a los básicos de Noviembre, Enero y Marzo es mas sencillo, solo sumamos el 4.5% sobre marzo en cada mes:

Básico Noviembre 2019: 31.212,42 + 1229.02 = 32.441,44

Básico Enero 2020: 32.441,44 + 1.229,02 = 33.670.46

Básico Marzo 2020: 33.670,46 + 1229.02 = 34.889,48

Luego, en marzo 2020 se paga otro 3% no remunerativo (calculado sobre marzo 2019), es decir: $819,35

Que también pasa al básico con grossing up del 50% en abril 2020. Escala que a la fecha no fue publica, pero se puede calcular.

Por último, para los que se pregunten de donde sale 1.173913, seguramente los que liquidan Comercio hace tiempo lo recordaran de años anteriores, surge de la formula de grossing up para pasar de no remunerativo a remunerativo.

Recordemos que lo no remunerativo llega descuentos por 5.5% (3% obra social, 2% SEC y 0.5% FAECyS)

Y lo remunerativo 19.5% (11% Jubilación, 11% Ley 19.032 3% obra social, 2% SEC y 0.5% FAECyS).

Entonces, el coeficiente del grossing up surge de la siguiente fórmula:

(100 – 5,5 ) / (100 – 19,5) = 94,5 / 80,5 = 1.1739130…

Aplicando este coeficiente, al pasar de no remunerativo a remunerativo, el sueldo de bolsillo no se ve afectado. Algo que no sucede en este acuerdo, ya que se aplica solo sobre la mitad de la suma, no sobre el total.

Para finalizar, el problema que se genera es que el coeficiente está calculado para estos valores, no para otros descuentos, como es el caso de la obra social a jornada parcial, trabajadores jubilados, o afiliados al sindicato.

Cuadro resumen de la aplicación del aumento

Mes Básico Suma no remunerativaTotal BrutoIncremento
marzo 2019 $ 27.311,61                        –    $ 27.311,61                       –  
abril 2019 $ 27.311,61                        –    $ 27.311,61                       –  
mayo 2019 $ 27.311,61          1.229,02  $ 28.540,63                       –  
junio 2019 $ 27.311,61          1.229,02  $ 28.540,63 4,50%
julio 2019 $ 27.311,61          2.458,04  $ 29.769,65 9,00%
agosto 2019 $ 27.311,61          2.458,04  $ 29.769,65 9,00%
septiembre 2019 $ 31.212,42                        –    $ 31.212,42 14,28%
octubre 2019 $ 31.212,42                        –    $ 31.212,42 14,28%
noviembre 2019 $ 32.441,44                        –    $ 32.441,44 18,78%
diciembre 2019 $ 32.441,44                        –    $ 32.441,44 18,78%
enero 2020 $ 33.670,46                        –    $ 33.670,46 23,28%
febrero 2020 $ 33.670,46                        –    $ 33.670,46 23,28%
marzo 2020 $ 34.899,48              819,35  $ 35.718,83 30,78%
abril 2020 $ 35.790,08  $ 35.790,08 31,04%

Ejemplo de un Maestranza A

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Publicado en: Empleados de Comercio Etiquetado como: FAECYS

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Comentarios

  1. -
  2. Tatiane dice

    30 mayo, 2019 a las 11:59 am

    Ignacio pdria calcular el sueldo de Maestranza categoría B

    Responder
  3. Celso dice

    30 mayo, 2019 a las 11:24 am

    Gracias, excelente como siempre. Saludos

    Responder
  4. serba dice

    30 mayo, 2019 a las 10:42 am

    Muchas gracias Ignacio por dedicar tu tiempo para ayudarnos a entender mejor que es los que nos descuentan y no nos metan la mano en el bolsillo. Muchas gracias!!!!!!!!

    Responder
    • Ignacio dice

      30 mayo, 2019 a las 11:11 am

      Gracias!

      Responder
  5. Estela Pinelli dice

    30 mayo, 2019 a las 10:17 am

    Hola, respecto del aporte de $ 100 a osecac, para los empleados incluidos en el convenio comercio pero con otra obra social, tienen que pagar los $ 100 a Osecac?
    y los que tienen otro convenio pero sí tienen Osecas, lo pagan o no?
    Muchas gracias!!!

    Responder
    • Florencia dice

      31 mayo, 2019 a las 10:30 am

      Tengo la misma duda. El acuerdo no dice nada de los $100 de aporte adicional para los que tienen OSECAC….Gracias Ignacio. Excelente explicación!

      Responder
  6. Ludmila dice

    30 mayo, 2019 a las 9:40 am

    Buenos días Ignacio. Podría subir un ejemplo de recibo de sueldo ? para poder ver plasmado todos los conceptos. Gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      30 mayo, 2019 a las 11:28 am

      Está subido Empleados de Comercio liquidación mayo 2019

      Responder
  7. Benjamin dice

    30 mayo, 2019 a las 8:48 am

    Ignacio, según tu ejemplo, el basico de Abril 2020 no seria (34.899,48 + 819,35 x 1.173913= 35.861,32) ?

    Responder
    • Ignacio dice

      30 mayo, 2019 a las 11:22 am

      No, porque el grossing up es sobre el 50% de la suma, no por el total
      Es decir que de los 819.35, la mitad pasa directo la otra mitad con grossing up, el cálculo sería:

      34.899.48 + 819.35/2 + 819.35/2 x 1,173913 = 35.790,08

      de todos modos, la escala de abril todavía no ha sido publicada

      Responder
  8. Daniel dice

    30 mayo, 2019 a las 8:48 am

    Ignacio, buen día, este acuerdo va a prosperar? ya que el decreto 633/18 establece que no se van a homologar acuerdos que incluyan sumas “no remunerativas”

    Responder
    • Ignacio dice

      30 mayo, 2019 a las 11:14 am

      No, porque solo pasar con grossing up el 50% de la suma.
      De todos modos, hay que esperar la escala oficial

      Responder
  9. Isabel dice

    30 mayo, 2019 a las 8:30 am

    Hola infor más que pasa con el 4.5% con los trabajos de media jornada??
    Gracias

    Responder
  10. Irene dice

    30 mayo, 2019 a las 8:29 am

    Y la Art se calcula sobre lo no remunerativo??? Gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      30 mayo, 2019 a las 11:22 am

      si

      Responder
  11. Martin dice

    30 mayo, 2019 a las 8:27 am

    Saben si se homologo?

    Responder
    • Juan Pablo dice

      31 mayo, 2019 a las 1:43 pm

      Parece que no porque en mi empresa depositaron sin aumento… un desastre!!

      Responder
  12. cristina dice

    30 mayo, 2019 a las 8:01 am

    buen día Ignacio, si las escalas para septiembre en adelante las publicaron en el acuerdo, no tendríamos que usar esas,? me refiero a que no tendríamos que aplicar ningún grossing up, las escalas serian lo mismo para todos, pregunto Ignacio por lo que decis en el ultimo párrafo, por favor si estoy equivocada diganmen

    Responder
  13. BRUNO dice

    30 mayo, 2019 a las 7:37 am

    Muchas gracias ignacio muy claro el ejemplo lo que si podrian haberlo hecho mas simple y no ser tan complicado .

    Responder
  14. Fabiana Leiva dice

    30 mayo, 2019 a las 7:36 am

    Hola Ignacio por favor me podrías hacer el cálculo sobre categoría cajera B? Gracias

    Responder
    • Hernán dice

      1 junio, 2019 a las 1:55 am

      No soy Ignacio, pero le pongo onda xd. Para el cálculo de mayo-junio, sería -teniendo en cuenta categoría cajero b, 48hs semanales laborables-: 28.010,04 . 0,045 = 1.260,45.
      1.260,45 sería el valor de la suma no remunerativa a cobrar en mayo-junio, teniendo en cuenta que trabajás 48hs semanales. Sin embargo, habría que hacer los ottos cálculos, antigüedad, presentismo, etc

      Responder
  15. Federico dice

    30 mayo, 2019 a las 7:22 am

    Que tal Ignacio, no encuentro en que parte del acuerdo se establece que las sumas no remunerativas pasan a ser remunerativas en algún momento. Tampoco donde establece que la última cuota del 3% se incorpora al básico en abril. En el acuerdo que me llegó las escalas salariales llegan hasta Marzo de 2020. Gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      30 mayo, 2019 a las 11:30 am

      Surge de las escalas publicadas, no del texto del acuerdo. Lo de que pasa el 3% a abril es información que tengo

      Responder
  16. NATALIA dice

    30 mayo, 2019 a las 7:16 am

    GRACIAS IGNACIO!!! MUY ESPECIFICO COMO SIEMPRE..

    Responder
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