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Hoy comienza el programa “Compre sin IVA”, la AFIP comenzó con operativos de control en más de 4500 comercios de todo el país.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Dirección General Impositiva (DGI), llevó un masivo operativo en 1473 carnicerías y verdulerías, 633 panaderías y 2418 comercios de cercanía.
¿En que consiste el operativo de control?
El operativo de control realizado por la AFIP consiste en corroborar que cuenten con los medios electrónicos que acepten las tarjetas de débito y, de esa forma, los consumidores puedan acceder a las devoluciones establecidas en el programa “Compre sin IVA”.
Sobre un total de 4524 visitados, funcionarios del organismo identificaron a aquellos que cuentan con dichos medios electrónicos con un etiqueta alusiva al programa.
El beneficio alcanza a un universo que comprende a trabajadores que cobren salarios de hasta $708.000, monotributistas y jubilados que perciban hasta tres haberes mínimos y titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y prevé la devolución de hasta $18.800 mensuales.
Continuarán las acciones del control a los comercio
Las acciones de control, que continuarán durante la semana, en diferentes puntos de la Ciudad de Buenos Aires, AMBA y en las provincias de Buenos Aires, Catamarca, Chaco, Chubut, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero y Tucumán.
¿Qué es Compre sin IVA?
Reintegro por compras en comercios con tarjeta de débito
La Administración Federal de Ingresos Públicos, a través de la Resolución General Nº 5418/2023, reglamentó el programa “Compre sin IVA” que establece un régimen de reintegros del 21% de las compras realizadas en comercios minoristas y/o mayoristas, con un tope de hasta $18.800.
El beneficio aplica a las compras que se abonen con tarjetas de débito, débito en cuenta o transferencias inmediatas a través de códigos QR, asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras.
Asimismo, quedan alcanzadas las compras con “Tarjeta alimentar” o tarjetas emitidas a beneficiarias y a beneficiarios del programa “Potenciar Trabajo”.
Sujetos alcanzados
Serán beneficiarios del régimen de reintegros los sujetos que perciban alguno de los siguientes conceptos, no excluyentes entre sí:
a) Jubilados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales.
b) Beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social.
El monto total mensual de estos ingresos no deberá superar la suma de seis haberes mínimos garantizados.
c) Beneficiarios de asignaciones por embarazo para protección social.
e) Trabajadores en relación de dependencia, siempre que el ingreso mensual no supere la suma de seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Para estos ingresos, se tomará a consideración la remuneración bruta devengada en el período fiscal vencido en el mismo mes que se envíe la información de los sujetos beneficiarios a las entidades administradoras de sistemas de tarjetas de débito.
En caso de pluriempleo se considerará la sumatoria de las remuneratorias brutas.
Para el mes en curso, se considerarán las remuneraciones informadas en el período de agosto 2023.
f) Personal de Casas Particulares.
g) Monotributistas, excepto que obtengan ingresos provenientes de conceptos comprendidos en el último párrafo del artículo 11 del anexo de la ley 24.977.
Comercios
Los comercios minoristas y/o mayoristas deberán estar inscriptos ante esta Administración Federal con los códigos de actividad definidos para el Programa.
Personas excluidas
Estarán excluidas del régimen de reintegros:
a) Las personas obligadas a tributar el impuesto sobre los bienes personales, siempre que dicha obligación no surja exclusivamente de la tenencia de un inmueble para vivienda única.
b) Trabajadores autónomos.
Vigencia
Estas disposiciones entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y resultarán de aplicación para las operaciones que se realicen a partir de las 0 hs. del 18 de septiembre de 2023.
Consulta de nómina de beneficiarios
Verificá si la CUIL/CUIT que ingresaste está incluida dentro de la nómina de beneficiarios.
Tené en cuenta que la información disponible se actualiza mensualmente.
OSVALDO dice
Mas que operativo de control, debería haber operativo de devolucion. No aparecen en condiciones gente que lo está.
Mariela dice
Hola Ignacio, consulté y me dice que estoy excluida del beneficio (trabajo casas particulares)
belen dice
hola buenos dias
donde se puede sacar el cartel de compre sin iva para que los contribuyentes lo coloquen en su negocio?
gracias
Marcelo dice
Porque no estoy incluído en el veneficio
German dice
¿Este beneficio se suma a otros como el del reintegro del banco nación?
Gracias
ALE dice
HOLA TE CONSULTO,ESTOY EN RELACION DE DEPENDENCIA Y ME FIGURA QUE NO ESTOY DENTRO DE LA NOMINA DE BENEFICIARIOS,PORQUE PUEDE SER?
Leandro dice
Hola Ignacio. Consulté en la página de AFIP para ver si soy beneficiario del programa y me dice que no soy beneficiario. No entiendo porque no, tengo sueldo de empleados de comercio, ningún inmueble a mi nombre.
Fernando dice
cuales son los códigos de actividad definidos para el Programa que tienen que estár inscriptos los comerciantes
Analia Lerone dice
Hola Ignacio!, entiendo que con el solo hecho que el comerciante tenga de alta la actividad alcanza para estar “incluido en el programa”, correcto?
Y otra duda, de donde saco el bendito “cartelito” para darle al cliente, tenes idea?
Gracias !
Ignacio dice
si