Lo que hay que saber del nuevo acuerdo salarial, donde pactó un 20% en dos tramos, el primero será del 10% desde abril y el 10% restante desde Julio.
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas COMERCIALES ARGENTINAS (UDECA) y Confederación Argentina de la Media Empresa (CAME), y la Cámara Argentina de Comercio (CAC) acordaron el incremento salarial para los empleados de comercio bajo el CCT 130/7 para el año 2017.
Las claves del acuerdo son:
INCREMENTO SALARIAL DEL 20%
El acuerdo establece un aumento salarial del 20% calculable sobre los haberes básicos fijados al mes de abril de 2017. Se pagará en dos tramos no acumulativos, de la siguiente manera:
- 10% no remunerativo desde Abril a Junio. En julio pasará al básico como remunerativo
- 10% no remunerativo desde Julio a Octubre. En noviembre pasará al básico como remunerativo.
Carácter proporcional: Para el caso de trabajadores que laboren en tarea discontinua o a tiempo parcial o bajo el régimen de jornada reducida,legal o convencional, el incremento será proporcional a la jornada laboral cumplida.
- Cuota solidaria Artículo 100
- Cuota afiliados al sindicato Artículo 101
- FAECyS
- Obra Social
- Vidrieristas
- Cajeros
- Choferes y Ayudantes de Choferes
- Adcionales fijos de convenio
- Licencia por enfermedad
- vacaciones devengadas en 2017
- Horas extras
- Feriados
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LICENCIA POR MATERNIDAD
Para el caso de trabajadoras que gocen de la licencia por maternidad, todas las sumas no remunerativas se convertirán en remunerativas a todos los efectos. Luego de terminada la licencia, seguirán como no remunerativas.
Para el SAC del primer semestre 2017, el aguinaldo sobre las sumas no remunerativas será proporcional a abril, mayo y junio. Y para el segundo semestre, proporcional a lo devengado por los meses de julio a octubre.
Dicho adicional corresponde a:
– Planilla excel calculadora de sueldo Comercio según el nuevo acuerdo
– Empleados de Comercio: liquidación julio 2017 incremento 10% + excel
Anónimo dice
Hola Ignacio y comunidad. Consulta: el impacto del 10% lo cobramos los primeros días de abril o los primeros días de mayo? Gracias…saludos
Yo estoy media jornada , atiendo al publico polirrubro y soy cajera de un pago facil. Como quedaria mi sueldo??
Señor cavallieri sos un panqueque.
Das asco.
Pasaste por todos los gobiernos.
Todos debemos votar y elegir autoridades.
Este señor no nos representa.
Da asco
Gracias a todos los forros que votaron a Macri, y los que votan a cavallieri y a la manga de hdp que siguen bajando la cabeza…
siempre estamos un paso atras, como puede ser es un arreglo entre ellos y nos cagan a todos
Soy cajero en un supermercado mayorista y trabajo 9 hs por dia promedio. No domingo y gano 17200 mas hora extras demas por fuera unos 700. Si calculo para fin de año estaría en 21000. Nada mal…solo hay que laburar. No creo que la inflación este año pase de 22%. Después nos van a ajustar. Hay que tener fe muchachos
Pobre iluso. Seguí viviendo de globos y muleando.
fuera GARCALLIERI !!!!!!!
fuera garcarelli!!!!!!!
FUERA GARCARELLi !!!!!!!!!
Ignacio, si te pagan un plus como a "cuentas de futuros aumentos", también debe calcularse el porcentaje de paritaria? o sobre ese monto no corresponde.
Tengo una pregunta el conepto no remunerativo de Oct-2016 pasa a remunerativo en marzo o en abril¡? Va a llevar los descuentos de la jubilacion y INSSJP ¡??
Cuando hay elecciones en comercio??? Basta de este impresentable corrupto, que se cagá en los trabajadores.
Cuándo vamos a parar los empleados de comercio? O pensamos seguir soportando, para ir a trabajar, los paros y marchas de todos los otros gremios, que por mucho menos salen todos????? El día que los empleados de comercio paremos…. ahi los quiero ver…. El empleado de comercio, me incluyo, es demasiado sumiso.
Y si no te gusta no vayas a trabajar y deja a alguien detrás tuyo que quiera trabajar.. así podes parar cuando quieras
Consuelo de tontos. Uno siempre aspira a estar mejor. Seguro que vos no la pasas nada mal.
Estos, mal llamados incrementos salariales, deberian ser llamados ajustes por inflacion, ya que solo son acuerdos para no perder poder adquisitivo contra la inflacion