Lo que hay que saber del nuevo acuerdo salarial, donde pactó un 19% en dos tramos, el primero será del 12% desde octubre y el 7% restante desde enero.
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Finalmente, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas COMERCIALES ARGENTINAS (UDECA) y Confederación Argentina de la Media Empresa (CAME), y la Cámara Argentina de Comercio (CAC) acordaron el incremento salarial para los empleados de comercio bajo el CCT 130/7.
Los puntos destacados del acuerdo son:
El acuerdo establece un aumento salarial del 19% calculable sobre los haberes básicos fijados al mes de noviembre de 2015 (los mismos que marzo 2016), que se agrega de forma no acumulativa al 20% otorgado en abril último, completando así un alza de 39%. El primer tramo de este nuevo aumento, de 12%, tendrá vigencia desde octubre con carácter no remunerativo durante toda la vigencia del actual convenio (será incorporado a los básicos convencionales en el mes de abril de 2017, por su valor nominal). El segundo tramo, en tanto, de 7%, tendrá carácter remunerativo desde su incorporación, en enero de 2017.
El 12% será de carácter no remunerativo hasta el mes de marzo de 2017, y pasará al básico por su valor nominal a partil de abril de 2017.
La mencionada suma se pagará bajo el nombre “Acuerdo Octubre 2016.”
Se tendrá en cuenta para adicionales fijos de convenio, presentismo, licencias por enfermedad, SAC (aunque proporcional), horas extras, feriados, licencia por maternidad.
Sobre esa suma se descontara:
- Cuota solidaria
- Cuota afiliados al sindicato
- FAECyS
- OSECAC
El 7% será de carácter remunerativo desde su aplicación, en enero de 2017.
- Vidrieristas
- Cajeros
- Choferes y Ayudantes de Choferes
Dicho adicional corresponde a:
NO HABRÁ BONO
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Matias dice
Ignacio queria hacerte una consulta, en la pagina de la calculadora online de faecys al liquidar el sueldo con el aumento del 7%, no solo aumenta el basico, ya que es remunerativo, sino que tambien aumenta la suma no remunerativa que se abonaba del 12%, que sigue estando como no remunerativa. Esto es correcto, ya que segun esa liquidación, el aumento del neto es de mas del 10% y por eso me llama la atención. Si podrias aclararme esta duda sería de gran ayuda. Saludos.
Hola, todavía no recibí el sueldo con el 7% plus de enero. Ya me lo deberían haber aplicado? Gracias!
Hola Ignacio. Sobre los $100 que descuenta osecac, siendo que tengo otra obra social, a quien debo dirigir el reclamo. En la empresa me dicen que en el gremio y en el gremio dicen que es el empleador… Gracias
Hola Ignacio, como se calcula el plus vacaciones?
Hola Ignacio. Cobre el sueldo de octubre con el acuerdo del 12% y noviembre no!! Corresponde cobrarlo en el sueldo de noviembre y diciembre? Gracias por el aporte.
Edith
Yo estoy en una situación parecida nada mas que me lo abonaron en octubre y noviembre después no me lo dieron mas.
Como se calcularía el adicional cajero con el nuevo aumento ?
buenas noches quería saber cual seria mi sueldo y categoría …trabajo de lunes a viernes en un almacén , hago reposición de mercadería , atención al publico y caja , en diciembre cumplo un año . muchas gracias .
Buen dia Ignacio, que pasa con las personas que comenzaron a trabajar en el mes de OCTUBRE, les corresponde el Acuerdo? en caso de que sea proporcional, ej: INICIO: 12/10/16 como se calcularía?
Saludos
Hola Ignacio te hago una pregunta, sobre este convenio también se calculan vacaciones?
Hola Ignacio, Si un empleado cobra un adicional que no está establecido por convenio sino que se lo da el empleador porque quiere (Adicional de tareas) se toma en cuenta este concepto para el calculo del 12%?
Hola Ignacio,
Se sabe algo de los empleados de agencias de viajes? Saludos.
UN ROMPECABEZAS, UNA VERGUENZA, PARA LLEGAR AL AUMENTO DE CADA TRABAJADOR UNA CUENTA TERRIBLE Y SOBRE EL 12% TODOS LOS DESCUENTOS A CARGO NUESTRO. INCREIBLE
Buenas tardes Ignacio, para el caso de los empleados que superan el establecido por su categoría, el porcentaje del 12% sobre cuál aplicaria escala o real?? Saludos
Se sabe para cuando lo homologan? Ya dentro de poco cobramos el mes de octubre y ni sabemos si se concreta o no.
En el Acuerdo especifica que se debe calcular presentismo sobre este 12% no remunerativo, pero no aclara que se deba calcular antiguedad.
En base a acuerdos anteriores similares, la antiguedad no se consideraba.
Entonces, en que me baso para considerarla, si no está detallado en el acuerdo?