Publicada en B.O. (CABA) 27-Nov-09. – Buenos Aires, 04 de noviembre de 2009.
VISTO: Los términos de las Resoluciones Nº 2651/DGR/09 (BOCBA Nº3223) y Nº528/AGIP/2009 (BOCBA Nº3239), y
CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución Nº 2651/DGR/09 se especificó la documentación requerida para la obtención de la Clave Ciudad;
Que es necesario ajustar y unificar estas exigencias, de acuerdo a la naturaleza de cada caso, a fin de asegurar la identificación unívoca del responsable y del contribuyente;
Que, con objetivo de instaurar mayor celeridad y eficiencia en la obtención de la clave, resulta oportuno orientar el trámite de solicitud a las delegaciones de la Dirección General de Rentas;
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias;
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS RESUELVE
Artículo 1º.- Remplácese el Anexo III de la Resolución Nº2651/DGR/2009 “Manual de Normas y Procedimientos” por el que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- El trámite de solicitud de la Clave Ciudad deberá gestionarse obligatoriamente en la Delegación que la Dirección General de Rentas posee en el Centro de Gestión y Participación Comunal correspondiente al domicilio fiscal del contribuyente o responsable, que podrá ser consultado en la página WEB: www.agip.gob.ar.
Artículo 3º.- Quedan exceptuados de lo dispuesto en el Artículo 2º los Grandes Contribuyentes y sus representantes, quienes deberán efectuar las solicitudes en la Sede Central de la Dirección General de Rentas.
Artículo 4º.- Las Delegaciones en las Entidades Profesionales continúan habilitadas para que sus matriculados puedan realizar el trámite.
Artículo 5º.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir de la fecha de su publicación.
Artículo 6º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Subdirecciones Generales dependientes de esta Dirección General. Leguizamon
Manual de Normas y Procedimientos Clave Ciudad
syl dice
Alguien sabe si se puede hacer simultaneamente el trámite para obtener la clave ciudad con Nivel 2 y el trámite para clave ciudad la sociedad??
Quiero saber si los que se encuentran inscriptos en el Regimen Simplificado de Ingresos Brutos deben realizar el trámite para obtener la Clave Ciudad.
Muchas Gracias
Antonio