Nueva Funcionalidad de AFIP: Registre su CBU para Devoluciones del Programa ‘COMPRE SIN IVA.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha introducido una importante actualización en su plataforma que beneficiará a los contribuyentes que participan en el programa “COMPRE SIN IVA”.
Esta actualización permite a los contribuyentes registrar su Clave Bancaria Uniforme (CBU) para facilitar el proceso de devolución de impuestos relacionados con compras sin IVA.
Hasta ahora, la plataforma de AFIP ha brindado la opción de registrar la CBU para varios fines, como devoluciones, gestiones relacionadas con “Mis Facilidades” y el pago del Monotributo.
Sin embargo, con esta última actualización, se agrega una nueva posibilidad: la de registrar los datos bancarios para solicitar la devolución del impuesto del programa “COMPRE SIN IVA”.
¿Qué es Compre sin IVA?
“Compre sin IVA” establece un régimen de reintegros del 21% de las compras realizadas en comercios minoristas y/o mayoristas, con un tope de hasta $18.800.
El beneficio aplica a las compras que se abonen con tarjetas de débito, débito en cuenta o transferencias inmediatas a través de códigos QR, asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras.
Asimismo, quedan alcanzadas las compras con “Tarjeta alimentar” o tarjetas emitidas a beneficiarias y a beneficiarios del programa “Potenciar Trabajo”.
¿Cuáles son los requisitos?
Es importante destacar que el programa, no requiere un trámite de inscripción adicional para participar, sólo se debe cumplir con los requisitos:
a) Jubilados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales.
b) Beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social.
El monto total mensual de estos ingresos no deberá superar la suma de seis haberes mínimos garantizados.
c) Beneficiarios de asignaciones por embarazo para protección social.
d) Trabajadores en relación de dependencia, siempre que el ingreso mensual no supere la suma de seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Para estos ingresos, se tomará a consideración la remuneración bruta devengada en el período fiscal vencido en el mismo mes que se envíe la información de los sujetos beneficiarios a las entidades administradoras de sistemas de tarjetas de débito. En caso de pluriempleo se considerará la sumatoria de las remuneratorias brutas.
Para el mes en curso, se considerarán las remuneraciones informadas en el período de agosto 2023.
e) Personal de Casas Particulares.
f) Monotributistas, excepto que obtengan ingresos provenientes de:
- Cargos públicos.
- El ejercicio de la dirección, administración o conducción de sociedades.
- Prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de cualquier sociedad.
- Locación de bienes muebles o inmuebles.
No obstante, para recibir el reintegro de los impuestos relacionados con este programa, es un requisito operativo tener la CBU registrada ante la AFIP. Esto asegura que los beneficiarios puedan recibir sus reembolsos de manera eficiente y oportuna.
Esta actualización refleja el compromiso de AFIP por simplificar los procesos fiscales y mejorar la experiencia de los contribuyentes, al tiempo que garantiza el cumplimiento de los requisitos necesarios para acceder a los beneficios del programa “COMPRE SIN IVA”.
Personas excluidas
Estarán excluidas del régimen de reintegros:
a) Las personas obligadas a tributar el impuesto sobre los bienes personales, siempre que dicha obligación no surja exclusivamente de la tenencia de un inmueble para vivienda única.
b) Trabajadores autónomos.
Asimismo, no estarán alcanzados por el beneficio del reintegro quienes encuadren en alguno de los siguientes supuestos:
– Cobren jubilaciones, pensiones por fallecimiento o pensiones no contributivas nacionales que excedan de 6 haberes mínimos.
– Cobren jubilaciones o pensiones por cajas provinciales.
– Sean titulares de la asignación universal por hijo (AUH), por un importe superior a los 6 haberes mínimos.
– Trabajen en relación de dependencia, con un ingreso mensual superior a 6 veces el salario mínimo, vital y móvil.
– Sean monotributistas que obtienen ingresos provenientes de:
- Cargos públicos.
- El ejercicio de la dirección, administración o conducción de sociedades.
- Prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de cualquier sociedad.
- Locación de bienes muebles o inmuebles.
Carlos dice
Quien es Ignacio?,
Maria Rosa Vrech dice
no puedo declarar mi cbu que comparto caja de ahorro con mi marido . Probé que el me autorice y no se puede. Tengo que tener otra caja ahorro sola,?y califique para devolución del iva, Gracias
Alejandra dice
Yo lo puedo cobrar soy enfermera
Pedro dice
A un mes de que se van al carajo dejan la bomba económica al que venga…. Que h de P que son
Carlos dice
Y si ,todos los que se van te dejan la bombita , el gato dejó la deuda más grande de la historia, no sé cómo le llamás a eso.
Daniel dice
Tal cual.
Y así tienen excusas para hacer quilombo. El 2001 va a quedar chico…
HUMBERTO dice
Siii como los 45000 millones de dolares de deuda impagable con vencimientos en los 4 años y la economia bajo lo que pida el FMI!
Ana dice
Mi consulta es la siguiente . Estoy dentro de los beneficiarios y fui ha hacer una compra y nunca me devolvieron el IVA. Hoy con esta nota q vos públicas me fijé y no tenía el CBU declarado. Sabes si la devolución se hace igual ahora q lo tengo declarado?
Ana Paula Poblete dice
Me interesa saber lo mismo!
Alicia dice
Tanta vuelta y vuelta como siempre para devolver 2 monedas, porque son dos monedas( ni que fueran millones lpmqlp!) Déjense de joder AFIP! Devolve o sos mas chorro que cualquiera en este país siempre controlando lo que NO DEBES CONTROLA A LOS POLÍTICO HDP
gabriel Partico dice
Buenos días, Tengo varias consultas.
1) quien esta en relación de dependencia, también tiene que declarar la CUIT ante la AFIP?
2) Si tenia el tilde en devoluciones y ahora lo cambio a COMPRA SIN IVA. entra en la devolución las compras de estos últimos días?
3) En caso que hoy declare el CBU, entra en vigencia a partir de este momento o a partir del mes siguiente a la declaración?
Monica dice
Soy empleada pública municipal. Y no me devolvieron nada. De la provincia de la Rioja
Miriam dice
A mí no me devolvieron nada y estoy incluida,,,son unos mentirosos.
Luis octavio visconti dice
Soy jubilado registre el curso de mi cuenta bancaria en AFIP Y ME SIGUE SALIENDO QUE ESE CBU NO ESTOY INCLUIDO POR FAVOR QUE ALGUIEN ME DIGA QUE TENGO QUE HACER
Alberto dice
Hice una compra en Coto el 23/09/2023, y de paso retiré efectivo con la tarjera de debito, nunca me hicieron el reintegro de iva, donde reclamo?
Jorge dice
Una vergüenza lo que hicieron con la devolución del iva, cobro el subsidio de desempleo después de haber estado aportando 15 años y no me devuelven NADA, cobro $30 mil pesos que no me alcanza ni para el vuelto de los chicles, siempre un desastre todo lo que implementa el gobierno
Alberto dice
Soy jubilado octubre ya llega se van
Angel dice
Todo para saber más de vos ,yo creo que si dos jubilado o pensionado ya está registrado son unos chorros
Karina Balice. dice
Estoy en la nomina para recibir la devolución del IVA, sin embargo no me aparecen los depósitos. Ni el banco ni AFIP se hacen cargo