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AFIP: ya se puede informar el CBU para “Compre sin IVA”

27 septiembre, 2023 Por Ignacio 116 comentarios

Nueva Funcionalidad de AFIP: Registre su CBU para Devoluciones del Programa ‘COMPRE SIN IVA.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha introducido una importante actualización en su plataforma que beneficiará a los contribuyentes que participan en el programa “COMPRE SIN IVA”.

Esta actualización permite a los contribuyentes registrar su Clave Bancaria Uniforme (CBU) para facilitar el proceso de devolución de impuestos relacionados con compras sin IVA.

Hasta ahora, la plataforma de AFIP ha brindado la opción de registrar la CBU para varios fines, como devoluciones, gestiones relacionadas con “Mis Facilidades” y el pago del Monotributo.

Sin embargo, con esta última actualización, se agrega una nueva posibilidad: la de registrar los datos bancarios para solicitar la devolución del impuesto del programa “COMPRE SIN IVA”.

¿Qué es Compre sin IVA?

“Compre sin IVA” establece un régimen de reintegros del 21% de las compras realizadas en comercios minoristas y/o mayoristas, con un tope de hasta $18.800.

El beneficio aplica a las compras que se abonen con tarjetas de débito, débito en cuenta o transferencias inmediatas a través de códigos QR, asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras.

Asimismo, quedan alcanzadas las compras con “Tarjeta alimentar” o tarjetas emitidas a beneficiarias y a beneficiarios del programa “Potenciar Trabajo”.

¿Cuáles son los requisitos?

Es importante destacar que el programa, no requiere un trámite de inscripción adicional para participar, sólo se debe cumplir con los requisitos:

a) Jubilados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales.

b) Beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social.

El monto total mensual de estos ingresos no deberá superar la suma de seis haberes mínimos garantizados.

c) Beneficiarios de asignaciones por embarazo para protección social.

d) Trabajadores en relación de dependencia, siempre que el ingreso mensual no supere la suma de seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Para estos ingresos, se tomará a consideración la remuneración bruta devengada en el período fiscal vencido en el mismo mes que se envíe la información de los sujetos beneficiarios a las entidades administradoras de sistemas de tarjetas de débito. En caso de pluriempleo se considerará la sumatoria de las remuneratorias brutas.

Para el mes en curso, se considerarán las remuneraciones informadas en el período de agosto 2023.

e) Personal de Casas Particulares.

f) Monotributistas, excepto que obtengan ingresos provenientes de:

  • Cargos públicos.
  • El ejercicio de la dirección, administración o conducción de sociedades.
  • Prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de cualquier sociedad.
  • Locación de bienes muebles o inmuebles.

No obstante, para recibir el reintegro de los impuestos relacionados con este programa, es un requisito operativo tener la CBU registrada ante la AFIP. Esto asegura que los beneficiarios puedan recibir sus reembolsos de manera eficiente y oportuna.

Esta actualización refleja el compromiso de AFIP por simplificar los procesos fiscales y mejorar la experiencia de los contribuyentes, al tiempo que garantiza el cumplimiento de los requisitos necesarios para acceder a los beneficios del programa “COMPRE SIN IVA”.

Personas excluidas

Estarán excluidas del régimen de reintegros:

a) Las personas obligadas a tributar el impuesto sobre los bienes personales, siempre que dicha obligación no surja exclusivamente de la tenencia de un inmueble para vivienda única.

b) Trabajadores autónomos.

Asimismo, no estarán alcanzados por el beneficio del reintegro quienes encuadren en alguno de los siguientes supuestos:

– Cobren jubilaciones, pensiones por fallecimiento o pensiones no contributivas nacionales que excedan de 6 haberes mínimos.

– Cobren jubilaciones o pensiones por cajas provinciales.

– Sean titulares de la asignación universal por hijo (AUH), por un importe superior a los 6 haberes mínimos.

– Trabajen en relación de dependencia, con un ingreso mensual superior a 6 veces el salario mínimo, vital y móvil.

– Sean monotributistas que obtienen ingresos provenientes de:

  • Cargos públicos.
  • El ejercicio de la dirección, administración o conducción de sociedades.
  • Prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de cualquier sociedad.
  • Locación de bienes muebles o inmuebles.

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Publicado en: AFIP

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Comentarios

  1. -
  2. Claudio dice

    26 octubre, 2023 a las 7:30 pm

    Se puede dar de alta más de un cbu?

    Responder
  3. Laura dice

    30 septiembre, 2023 a las 3:25 pm

    Agregue Cbu y me siguen diciendo que no me corresponde. Gente que cobra más que yo y super gorilas lo disfrutan. Y no tengo respuesta alguna!

    Responder
  4. david villalva dice

    30 septiembre, 2023 a las 10:55 am

    buenos dias : Estimado.
    yo soy empleado de comercio y no llego a ganar 300.000.
    me registre en la afip como corresponde para la devolucion del iva y todavia no me devolvieron nada.
    compre el dia domingo 24/09 y al dia de la fecha no recibi nada ,gaste 67.000.
    le hice 3 reclamos a la afip y todavia nada.
    ¿que puedo hacer?
    por que el reclamo lo hice por la web,por que los telefonos no te contestan nunca.
    ¿se puede hacer una demanda,denucia en alguna entidad?¿o sigo esperando?

    Responder
  5. Elizabeth dice

    29 septiembre, 2023 a las 11:01 pm

    Van a dar Un IFE engañoso, a la gente que realmente necesita no llega la ayuda. Y menos que menos la devolución del Iva …. todo sube todo el tiempo. La ayuda jamás será real. Que lastima que la gente aún no lo comprenda.

    Responder
  6. Jose Martin Di Nardo dice

    29 septiembre, 2023 a las 1:39 pm

    A mi me corresponde,estoy habilitado, declare el cbu y no me devolvieron un carajo, una mentira y estafa mas a la suma, seria mas facil que retiren el iva de la canasta básica, y no depender de la devolución… todo una mamarrachada pedorra, 40 años haciendo todo mal, inutiles con privilegios.

    Responder
  7. Cesar dice

    29 septiembre, 2023 a las 10:37 am

    Soy PNC y no me devuelven nada del iva es pura mentira

    Responder
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