• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Cálculo del aguinaldo en forma proporcional – Caso práctico

7 enero, 2010 Por Ignacio 295 comentarios

Como ya hemos visto en otros artículos, el S.A.C. (Sueldo anual complementario), mas conocido por AGUINALDO, es el pago del 50% de la mayor remuneración devengada por todo concepto dentro del semestre. (Ley 23041 Art. 1)

Pero existen casos en que el trabajador no ha prestado servicios todo el semestre, por lo cual, el cálculo debe realizarse en forma proporcional al tiempo trabajado. Este es el caso particular que veremos en este artículo, como liquidar el aguinaldo  en forma proporcional.

Los casos mas comunes en que un trabajador no presta servicios durante todo el semestre pueden ser la licencia por maternidad, licencia por ART, o el cese de la relación laboral.

El caso que se desarrolla a continuación, se trata de un empleador que ha prestado servicios hasta el 31/10, el motivo del cese, es el término de la relación laboral, pero de todos modos es válido para casos de licencia por maternidad o licencia por accidente de trabajo (ART).

Ejercicio Práctico

Datos:
Fecha de ingreso: 01/04/2009
Fecha de egreso:  31/10/2009

Cálculo del SAC

1.760 / 2 = 880

Este sería el S.A.C. si el empleado hubiese trabajado hasta el 31/12, es decir todo el semestre, pero como este no es el caso, vamos a calcular el S.A.C. proporcional. Los $1760,- son la mejor remuneración del semestre junio-diciembre, en este caso particular solo tenenos remuneración hasta octubre. Ahora, si miramos los totales, la mayor remuneración es la de octubre $2.230,- Entonces, por qué tomamos solo  $1760 que corresponden a septiembre?

La respuesta es simple, si bien la mayor remuneración es la de octubre, solo se deben tener en cuenta los conceptos REMUNERATIVOS. Entonces, si solo miramos la columna de los totales remunerativos, la mayor remuneración no es la de octubre, sino la de septiembre.

Ahora, podría surgir otra pregunta, la ley no dice la mayor remuneración devengado por todo  concepto.” Si, eso es lo que dice, pero “la mayor remuneración” por lo cual no incluye los conceptos no remunerativos. Los cuales pueden ser Asignaciones familiares,  o sumas otorgadas por acuerdos salariales, como por ejemplo las otorgadas a los empleados de comercio (acuerdo abril 2008 y acuerdo abril 2009).

Una vez aclarado esto, vamos al cálculo del SAC en forma proporcional:

Cálculo del SAC proporcional

880 / 184 = 4,7826 x 123 = 588,26

Donde:

  • $1760 es la mejor remuneración de semestre.
  • $880 es el valor del S.A.C. si el empleador hubiese trabajado todo el semestre.
  • 184 días son los días del segundo semestre.
  • 123 días son los trabajados por el empleado.
  • 588.26 es el valor del S.A.C. proporcional.
Hay que tener en cuenta que todos los valores listados en el detalle de remuneraciones, son valores brutos. Lo mismo acorre con los resultados $880 y $588,26. Por lo cual, para obtener el valor a cobrar, hay que practicarle las retenciones por aportes:

SAC bruto               588,26

Jubilación 11%           64,71
Obra Social 3%          17.65
Ley 19.032 3%          17,65

SAC neto a cobrar    488,25


Es posible que según el convenio al que pertenece el empleado se realicen otras retenciones, como ser el 2,5% a los empleados de comercio o el 2% en UTEDYC o cualquier otra retención que establezca el correspondiente CCT. En este caso, solo tomé las generales para todos los trabajadores a manera de ejemplo.

Bueno, este es un pequeño y simple ejemplo de como se calcula el SAC, también llamado aguinaldo, en forma proporcional. Espero que les sea útil, espero sus comentarios por cualquier duda.

Ver también: Determinación del Sueldo Anual Complementario de manera proporcional Caso Práctico.

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Aguinaldo - SAC, Casos Prácticos

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    25 junio, 2010 a las 10:44 pm

    hola, cheee… te jodo con mi liquidacion de sac. mi mayor salario del semestre fue de 2800 pesos (eso sin descuentos) y tambien tengo en conceptos de viatico y comida 1200 pesos (esto es no remunerativo) Yo empece a trabajar el 26 de marzo. como calculo el sac?
    Pertenezco al gremio camioneros

    saludos!!
    gustavo de lujan

    Responder
  3. Ignacio dice

    22 junio, 2010 a las 3:58 am

    Hola Graciela, buenos días, usted vos, como prefieras, yo he adoptado el vos en el blog, asi que que lo tengo incorporado.
    El funcionamiento es como cualquier blog, yo publico noticias, novedades, artículos sobre temas relacionados a la economía, la contabilidad, todo lo que se relacione a la administración, etc.
    COn respecto a la pregunta, yo creo que debo haber dicho lo contrario, que se toman los días trabajados, de todos modos, ampliame la pregunta haber si entendí bien.
    saludos

    Responder
  4. Anónimo dice

    21 junio, 2010 a las 2:25 pm

    Hola Ignacio, entro por primera vez a tu página y me parece exelente, me gustaría saber más de (Ud o vos, yo soy una sra grande)y como funciona la página, estoy cursando Ctador público en la UNLZ y trabajo en una empresa.
    En un comentario anterior dijiste que en el SAC proporcional no se tomaban los dias trabajados. ¿esto es también para trabajadores jornalizados (construccion) que tienen semestre incompleto, mes incompleto?
    Graciela

    Responder
  5. Anónimo dice

    18 junio, 2010 a las 4:06 pm

    Hola Ignacio: mi consulta es para saber cómo calcular el SAC en el caso de que en temporada alta (enero-febrero-marzo)trabaje full time (8 horas) y el resto del año labore media jornada, ó según el incremento del trabajo, trabaje algunos meses más horas; por ende, cobre proporcional al tiempo trabajado.

    Responder
  6. Anónimo dice

    22 mayo, 2010 a las 6:27 pm

    hola mi nombre es delia, me podrian informar algo del s.o.m.( sindicato de empleados de maestranza)

    Responder
    • Rulo dice

      24 diciembre, 2016 a las 5:38 pm

      le estan dando de de baja
      yo que en vos voy el lunes a primera hora a ver que pasa.
      sino no cobran nada.

      Responder
  7. aldo dice

    20 mayo, 2010 a las 3:20 pm

    Gracias me sacaste una duda

    Responder
  8. Ignacio dice

    3 mayo, 2010 a las 2:25 am

    No, solo los proporcionales de lo trabajado

    Responder
  9. Anónimo dice

    3 mayo, 2010 a las 2:05 am

    disculpa que te moleste pero necesito saber algo no relacionado con el SAC.
    ES SOBRE LOS DESPIDOS SIN CAUSA, SI ME DESPIDEN A 25 días de haber ingresado ¿tengo derecho de reclamar la indemnización?

    Responder
  10. Anónimo dice

    3 mayo, 2010 a las 12:30 am

    muchas gracias por tu ayuda.

    Responder
  11. Ignacio dice

    2 mayo, 2010 a las 11:08 pm

    El cálculo es el mismo para todos, tenés que tomar el mas alto dividido 2, de ahí el proporcional.

    Responder
  12. Anónimo dice

    2 mayo, 2010 a las 9:37 pm

    soy qien consulto a la hora 10:07 los datos son los siguientes:
    u trabajador ingresa el 01-08-07 y egresa el 18-12-07. En agostopersibió un sueldo de $2500, septiembre y octubre percibio un sueldo mensual de 2200 y en noviembre $2800. ¿Que aguinaldo debe percibir?

    Responder
  13. Ignacio dice

    2 mayo, 2010 a las 8:40 pm

    Se calcula en forma proporcional al tiempo trabajado.

    Responder
  14. Anónimo dice

    2 mayo, 2010 a las 5:07 pm

    anonimo: en el caso de un trabajador que ingresa en meses en los cuales no se paga el aguinaldo, ej. ingresa el 01-08-07 y egresa el 18-12-07. ¡cobra el mismo?

    Responder
  15. Ignacio dice

    25 enero, 2010 a las 2:54 pm

    Hola Joséla forma de cálculo es como dice la ley 23041 Art. 1 es el pago del 50% de la mayor remuneración devengada por todo concepto dentro del semestre.

    Los meses no tienen todos 30, hay que tomar los días reales.

    Responder
  16. Jose dice

    25 enero, 2010 a las 2:05 pm

    Para el calculo del Sac proporcional, no se deberían tomar los sueldos del semestre (Julio a Octubre) y dividirlos en 12??
    además si tomamos como norma, todos los mese como de 30 días para evitar recalcular febrero 20 etc..?

    Responder
« Comentarios anteriores
Comentarios siguientes »

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1499) AGIP (173) Aguinaldo (78) Aguinaldo - SAC (109) ANSeS (522) Aplicativos (206) ARBA (350) Asignación Universal por Hijo (246) Autónomos (122) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (261) Casos Prácticos (217) CNTA (92) Convenio Multilateral (88) coronovirus (89) Escala Salarial (188) Factura Electrónica (78) FAECYS (395) FATSA (77) Ganancias (420) Homologación Acuerdos (126) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (119) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (83) Monotributistas (172) Noticias (87) Paritarias (532) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (189) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (87) Recibo de Sueldos (209) Resoluciones (493) Sanidad (94) SEC (101) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (125) UOM (217) UTEDYC (148)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d