Determinación del Sueldo Anual Complementario de manera proporcional Caso Práctico.
Como ya vimos en el artículo “Claves a tener en cuenta para liquidar el aguinaldo,” el S.A.C. (Sueldo anual complementario), más conocido por AGUINALDO, es el pago del 50% de la mayor remuneración devengada por todo concepto dentro del semestre. (Ley 23041 Art. 1)
Pero existen períodos en los que no se devengó remuneración, por tanto tampoco se deberá calcular el aguinaldo sobre ese período, como por ejemplo, licencia por maternidad, período de excedencia, licencias sin goce de sueldo, período de guarda de puesto, suspensiones disciplinarias y faltas injustificadas, entre otros.
En consecuencia, en aquellos semestres en los cuales hubo períodos que no se devengó remuneración, el SAC se calculará en forma proporcional al tiempo en el que efectivamente el trabajador devengó remuneración.
A continuación, veremos un caso práctico muy simple para conocer la metodología para el cálculo del SAC proporcional.
El caso que se desarrolla a continuación, se trata de un empleado ingresó ya comenzando el semestre, pero el ejemplo es válido para otros casos la licencia por maternidad o licencia por accidente de trabajo (ART).
Ejercicio Práctico Determinación del aguinaldo de manera proporcional
Datos:
Fecha de ingreso: 05/10/2012
Días del semestre: 184
Días trabajados: 88
5.880 / 2 = 2.940 Este sería el aguinaldo o S.A.C. si el empleado hubiese trabajado todo el semestre, pero como en este caso el empleado comenzó a trabajar el 5 de octubre, debemos proporcional los 2940 al tiempo efectivamente trabajado.
Cálculo del SAC proporcional
2.940 / 184 = 15,9782 x 88 =1.406,08
Donde:
- $5.880 es la mejor remuneración de semestre.
- $2.940 es el valor del S.A.C. si el empleador hubiese trabajado todo el semestre.
- 184 días son los días del segundo semestre.
- 88 días son los trabajados por el empleado.
- 1.406,08 es el valor del S.A.C. proporcional.
Hay que tener en cuenta que todos los valores listados en el detalle de remuneraciones, son valores brutos. Lo mismo ocurre con los resultados $1406,08. Por lo cual, para obtener el valor neto a cobrar, hay que practicarle las retenciones de aportes correspondientes: SAC bruto $ 1.406,08
– Jubilación 11% 154,67
– Obra Social 3% 42,18
– Ley 19.032 3% 42,18
SAC neto a cobrar $ 1.167,05
Es posible que según el convenio al que pertenece el empleado se realicen otras retenciones, como ser el 2,5% a los empleados de comercio o UTEDYC o cualquier otra retención que establezca el correspondiente CCT. En este caso, solo tomé las generales para todos los trabajadores a manera de ejemplo.
Trabajador que laboró menos de un mes
Para este caso particular, el SAC proporcional será equivalente a la doceava parte de la totalidad de la remuneración devengada por los días trabajados en ese mes.
Ejemplo:
Datos
* Días trabajados: 22.
* Remuneración del mes: $ 4.310.
Cálculo:
Remuneración del mes / 12 = SAC proporcional
$ 4.310 / 12 = $ 359.16
Igual que en el caso anterior, se deben realizar los descuentos por aportes.
Este es un pequeño y simple ejemplo de como se calcula el SAC, también llamado aguinaldo, en forma proporcional. Espero que les sea útil, espero sus comentarios por cualquier duda.
Calculadora
También, pueden utilizar la calculadora de aguinaldo.
Ver también:
Claves para liquidar el Aguinaldo
Anónimo dice
Hola pregunto si trabaje desde el 5/11/2015 hasta el 20/12/2015 cuanto me corresponde de aguinaldo con un sueldo de basico 6500 mas. En seguridad
Hola.me podes ayudar porfa? Yo trabajo desde el 20 de agosto de este año.y mi mayor sueldo es de 5048.27$ con es el aguinaldo?gracias
Ignacio! te hago una consulta. entre a trabajar el 2/11/2015 con un neto de 6000, cual seria el aguinaldo proporcional que me corresponde?
Muchas gracias!
Ignacio, lo de la doceava parte para aquellos que trabajaron menos de un mes está en alguna legislación o es usos y costumbres?
Ignacio, esto figura en alguna ley?
Ignacio, esto figura en alguna ley?
hola buenos dias yo tengo que pagar el aguinaldo de la empleada domestica de junio que por error no se pago ella empezo a trajar el 21 de enero como hago el calculo?? y otra consulta …. el formulario art se paga cargas por aguinaldo y vacaciones ?
Buenas tardes Ignacio.
Respecto al plus vacacional y SAC es conveniente precisar que el llamado plus vacacional no es un instituto previsto taxativamente por la Ley sino un aspecto práctico. Lo que sí dispone la legislación es que se debe dividir por 25 el sueldo para obtener el jornal diario vacacional y también que durante las vacaciones el haber se debe incrementar con el promedio anual o semestral de las remuneraciones variables (si las hubo). Por ambos aspectos, en la época de vacaciones se cobra más que en épocas normales y a eso se le llama plus vacacional, expresión que recoge la ley tributaria. Si nos tocan 35 días de vacaciones y tenemos un sueldo bruto conformado mensual de $ 15.000, ese plus será nada menos que de $7.000.-
Es correcto lo que decís, ese plus es un componente más del sueldo mensual y hay que tomarlo para el cálculo del SAC, pero cuidado: en el caso citado, si el empleado toma vacaciones el 14 de diciembre se le deben depositar en su cuenta sueldo los $ 21.000 (menos los aportes) el día viernes 11. En diciembre tendremos dos recibos: el del sueldo normal que tendrá restadas las ausencias por vacaciones del 14 a 31, por un lado. Eso da $ 6000. (15.000 – 15.000/30*18 días) Y el del Anticipo Vacacional por un bruto de $ 21.000.- (600×35 días). El haber bruto total de diciembre será de $ 27.000 (21.000+6.000). Sin embargo, a los efectos de comparar con los sueldos brutos de los otros cinco meses y tomar el mejor, por diciembre debe tomarse $ 21.000/25*18 + $ 6.000 = $ 21.120. Es muy distinto a los $ 27.000 del mes. El SAC sería entonces la mitad de los $ 21.120 si no hubo sueldos más altos hasta diciembre.
Esta forma de liquidar se sustenta en la palabra “devengado” utilizado por la Ley. En efecto se cobran en forma adelantada los 35 días de vacaciones en diciembre, pero sólo están devengadas, a diciembre, los 18 días que corren entre el 14 y el 31. Espero que este aporte sea útil. Un abrazo.
hola soy eddy cual es el aguinaldo proporcional de 4000 córdobas a partir del 4 de mayo del 2015 a diciembre del mismo año.
No entiendo la pregunta Eddy
sera que me puedan ayudar
buenas mi trabajador empeso a trabajar el 4 de mayo del 2015 cual seria el aguinaldo proporcional
buenas mi trabajador empeso a trabajar el 4 de mayo del 2015 y gana 4000 mensual cual debería de ser su aguinaldo proporcional gracias
Necesito hacer una consulta por favor, estoy de licencia por maternidad me dijeron que los primeros 3 meses me los paga ANSES y no la UNLP (trabajo en la Facultad de Cs Veterinarias). Quisiera saber si se deposita en mi cuenta sueldo o tengo q hacer algo mas en ANSES ademas de la tramitacion del prenatal que fue llo que hice hasta ahora. Me preocupa ya que siempre el sueldo esta el primer dia del mes y aun no lo he percibido. Gracias. espero la respuesta
Hola Laura, durante la licencia por maternidad la ANSES paga la Asignación por maternidad. Se deposita en tu cuenta sueldo. Hiciste el trámite de la asignación?
Hola yo recibo 156 mil colones a la quincena y entre a trabajar el 19 de agosto y no tengo seguro cuanto sera más o menos lo que tengo q recibir de aguinaldo
Hola quisiera saber si un empleado comenzó a trabajar el 04/11 le corresponde una parte de aguinaldo. Muchas Gracias
Hola, si, te corresponde de manera proporcional al tiempo trabajado en el semestre