La exención para las profesiones liberales universitarias no organizadas como empresas será sólo para carreras de grado con duración no inferior a 4 años.
La Ley 5493 realizó modificaciones al Código Fiscal. Según la nueva redacción deberán pagar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos muchas profesiones cuya curricula no insume más de 3 años.
Puntualmente, el artículo 179, que trata las exenciones en el impuesto sobre los ingresos brutos, fue modificado por ley 5493 en sus inciso 7) del “ejercicio de profesiones liberales universitarias no organizadas en forma de empresa”, ahora se le agrega el aditamento “de grado” y el requisito de que la carrera tenga una duración no inferior a 4 años.
Las modificaciones entraron en vigencia el 1 de enero de 2016.
Laly dice
Ok hay que tener en cuenta para los que presenta CM porque ya no estarian excentos, me refiero al art. 10 que habla del 80/20. No es cierto?
Gracias
un diseñador grafico, recibido en la UBA
esta exento o no?
Hola! Entiendo entonces que si la carrera dura exactamente 4 años y es de grado, como es el caso de Diseño Grafico en la UBA, estaria excento verdad?