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Se trata del SISTRADIB, que comienza a regir de manera voluntaria desde este lunes, y será obligatoria desde diciembre 2024.
El Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires ha recordado la entrada en vigencia de la Resolución MTGP 147/24, que establece la creación del SISTRADIB (Sistema de Trabajo Digital Bonaerense) y modifica el proceso para la rúbrica digital del Libro de Sueldos, conforme a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 20.744.
A partir del 1 de septiembre de 2024, el convenio que mantenía este organismo con la AFIP para la rúbrica digital del Libro de Sueldos perderá vigencia, y se implementará un nuevo sistema digital a través del PORTAL DE TRABAJO.
SISTRADIB
Este cambio implica que, desde el 2 de septiembre de 2024, la rúbrica del Libro de Sueldos solo se podrá realizar digitalmente a través del portal del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires.
Cronograma de Implementación
El proceso de implementación del nuevo sistema se desarrollará según el siguiente cronograma:
- Desde el 02/09/2024: En forma voluntaria para todos los empleadores que deseen optar por este sistema.
- Desde el 01/10/2024: Obligatorio para los empleadores que anteriormente realizaban la rúbrica mediante microfichas.
- Desde el 01/11/2024: Obligatorio para los empleadores con 50 o más trabajadores.
- Desde el 01/12/2024: Obligatorio para los empleadores con menos de 50 trabajadores.
Además, se ha dispuesto que todas las hojas móviles compradas, pero no entregadas, serán reconvertidas en saldo para la rúbrica a través del nuevo sistema, según lo estipulado en la Resolución 147/24.
A continuación, se detalla el paso a paso para cumplir con este nuevo requerimiento:
1. Acceso al Portal de Trabajo
Para iniciar el proceso de rúbrica digital, los empleadores deben acceder al “Portal de Trabajo” del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires.
- Ingrese al sitio web del Ministerio: Portal de Servicios.
- Regístrese o inicie sesión con su usuario y contraseña.
- Constituya un domicilio electrónico provincial.
- Acepte los términos y condiciones del portal.
- Realice el reempadronamiento o inscripción en el “Legajo Digital del Empleador”.
2. Reempadronamiento e Inscripción en el Legajo Digital del Empleador
Todo empleador con domicilio legal o fiscal en la Provincia de Buenos Aires debe estar registrado en el Legajo Digital del Empleador. Este registro debe mantenerse actualizado.
- Complete el reempadronamiento proporcionando la información requerida.
- Actualice el registro de usuarios autorizados para actuar en nombre del empleador ante el Ministerio.
3. Presentación de Documentación para Rúbrica Digital
Para presentar la documentación laboral que requiere rúbrica digital:
- Acceda al SITRADIB a través del Portal de Trabajo.
- Suba los libros digitales en formato PDF, asegurándose de que estén firmados digitalmente.
- Cada folio del libro puede contener hasta tres recibos y debe usar fuentes Times New Roman, Arial o Courier New, con un tamaño mínimo de 10.
- Adjunte la documentación obligatoria, como la constancia de inscripción en AFIP, el Formulario 931 del período a rubricar, y archivos de soporte informático en formato .txt para la liquidación de sueldos.
4. Liquidación de Hojas Móviles
Los empleadores que posean saldos de hojas móviles sin utilizar podrán hacerlo hasta diciembre de 2024. A partir de enero de 2025, todas las presentaciones deberán ser digitales.
5. Tasas Retributivas y Pagos
El pago de la tasa correspondiente se realizará al generar la boleta de pago desde el portal digital, una vez presentada la documentación en la plataforma.
6. Requisitos de Documentación
Para cada trámite, es obligatorio presentar la siguiente documentación:
- Constancia de inscripción en AFIP actualizada.
- Formulario 931 del período a rubricar.
- Archivos de soporte digital correspondientes a la liquidación de sueldos.
Nely dice
Hola
Es un chino. Pao a comentarles: hasta subir la documentación, mas o menos llegas. Pero en un punto, pide la firma Digital, según pude ver, es un verdadero Curro, a mi entender. Ya que solo se puede obtener, enviando a cada responsable a una autoridad gubernamental, que te lo de. o bien contratas a la empresa que el mismo ministerio publica.
Eso es lo que pude interpretar al leer todo. es una vergüenza. Imposible de implementar con todos los clientes.-
No escuche que ni las Camas ni nuestros Consejos digan algo.
romina dice
podran indicarme que significa PDF con firma digital?? de donde saco eso?
Johanna dice
Buen dia. Tengo un error a ver si alguno/a le paso. Cuando quiero subir la documentación del periodo en cuestión, subo ok el PDF firmado del Libro sueldos, el 931 y la constancia de inscripción de AFIP, pero cuando quiero subir el txt del libro sueldos bajado de la pag de AFIP, me da este error siempre:
Error: Error en línea 1 del archivo; no cumple formato.- Error en línea 2 del archivo; no cumple formato.- Error en línea 3 del archivo; no cumple formato.- Error en línea 4 del archivo; no cumple formato.- Error en línea 5 del archivo; no cumple formato…. (y 6 errores mas)
Y no me deja avanzar. El formato del txt está en la letra y tamaño solicitado en la resolución. Tampoco es que me deja adjuntar un txt en blanco o avanzar sin adjuntar txt. A alguno/a le pasó como para comentarme dónde podría estar el error?
Muchas gracias!
Madami Mirna dice
Siempre la misma porquería!!! Presencial o Digital, un sinfin de vueltas inutiles!!! El Ministerio podría conformarse con los libros de sueldos de AFIP, pero NO!!! De donde curra? sino?
Y simpleza para la implementación!!! Ninguna!! No se sabe ni por donde empezar. Tutoriales, que no te aclaran nada. Lo dicho; una porquería el sistema que quieren implementar.
hernan dice
El legajo digital del empleador en donde se carga?
Pablo Díaz dice
Buen día, Ignacio te pido si me podrás aclarar lo siguiente:
1. el PDF del LSD_DIGITAL que genera AFIP se puede utilizar para subir a ARBA? (con firma digital, obviamente)
2. Qué formato debe tener el txt para la liquidación de sueldos que se debe adjuntar?
Gracias.
Ignacio dice
1. Según la exposición que hicieron en el consejo, si. Según lo que dice la norma, no
2. El mismo de AFIP
Hola! Estoy estancado en la firma digital probe con java y la otra app que informan y nada..tira error..algun tutorial sobre como cargar ese tema seria de mucha ayuda
Ya adjunte todos los archivos (LSD AFIP, Constancia de Inscripcion en AFIP, Declaracion en linea Formulario F.931, 0001_Liquidacion_202409.TXT) y cuando pongo siguiente me aparece “Debe subir un documento para continuar” nose que mas tengo que adjuntar para poder continuar
Hola, con firma digital el PDF?
Ya hay algo ¿alguien podrá explicar? no entiendo que conceptos hay que cargar.
SITRADIB Bienvenido al Sistema de Rubrica Digital Presentaciones Digitales
Conceptos
Bandeja de Documentos
Subir Documentos
PHyD
Cerrar
Los conceptos los descargas de AFIP, del libro sueldos digital. de la solapa conceptos, descargas el TXT de conceptos de afip vinculados y lo subis a Sitradib. Lo acabo de hacer y me tomo ok el archivo
YO SOLO PUEDO ENTRAR A VER ALGUNOS CLIENTES, LA MAYORIA ME DICE QUE LA CLAVE NO ES CORRECTA, PONGO ALVIDE CLAVE, LA GESTIONO NUEVAMENTE Y SIGUE DICIENDO LO MISMO, NO PUEDO SEGUIR ASI YA QUE LAS GESTIONE VRIAS VECES. NO SE COMO SEGUIR. Y A LOS CLIENTES QUE LOGRO INGRESAR SOLO ME MUESTRA LAS BOLETAS PAGAS O ALGUNOS PEDIDOS DE RUBRICAS PERO NADA MAS QUE ESO. EN MI CASO NO ESTARIA FUNCIONANDO EL SISTEMA DE RUBRICAS.
Me pasa lo mismo, solo pude ingresar a los empleadores con 1 empleados, el reto me tira que la clave no coincide..
Esta es la respuesta que recibi el dia 11/09/2024 por parte del Ministerio ante mi consulta : “De acuerdo a su consulta, le informamos que mediante la RESOLUCIÓN 147/2024, las RUBRICAS EN PROVINCIA DE BUENOS AIRES, comenzarán a ser en formato digital. El primer paso es realizar el empadronamiento en el LEGAJO DIGITAL DEL EMPLEADOR, dentro de SITRADIB, el cual aún el en el día de la fecha no se encuentra habilitado. Cuando el mismo ya esté en funcionamiento, se publicarán instructivos y pasos a seguir para que puedan realizar dicha gestión.”
Matias: No es la queja por la queja misma. Tenemos sobrados motivos. No le parece ?
Hola, estamos todos en la misma. El ingreso al SITRADIB se debe realizar a través del Portal de Trabajo: https://www.trabajo.gba.gov.ar/delegaciones/Portal/portal_servicios.asp.
Hay que registrarse y constituir domicilio electrónico.
Todo eso ya lo hice y no hay nada, al menos yo aún no lo encuentro.
También nos hace falta firma digital para presentar lo que piden, que aún no se que es.
Desde mediados del 2022 quise rubricar el libro continuación del que estaba usando, nunca pude pagar las tasas. Después salio el LSD y bueno todo bien hasta ahora…
no lo busques, no esta disponible… se cayo el sistema….
La queja por la queja misma.
Esto viene a poner en orden todo lo anterior que por los mas variados motivos no funcionaban.
Las hojas compradas no entregadas, por ejemplo, se convierten en saldo a favor para este sistema.
Deberán contar con Domicilio Electrónico provincia conformado (https://portal.gba.gob.ar/) y tener firma digital para la presentación de los libros.
El que necesite una mano en concreto, al margen de sus opiniones, intento responder por acá.
Un abrazo
PD: el nombre correcto es SITRADIB surge de la Resolución 147/2024 MTPBA https://normas.gba.gob.ar/ar-b/resolucion/2024/147/442714
Ya esta operativo ? Estuve navegado la pagina y no logro encontrar donde cargar el libro.
El domicilio electronico ya lo tengo
No es queja por la misma queja, tengo pedidos de hojas desde el 2022 sin entregar, y me van a acreditar la plata de ese momento, no la cantidad de hojas que se pagaron, ademas tenes hasta diciembre para presentar todos los periodos que te falten desde el 2019, en enero la “plata” desaparece…. sin olvidar de que todos los empleadores tienen que tramitar la firma digital, sin terner en todas las localidades una oficina disponible para gestionarla.
Por otro lado, ni siquiera el ministerio sabe como funciona el sistema, intentaron probarlo con una empresa y se cayo….
Habia un sistema mucho mas simple, que se gestionaba con el LSD de Afip, y lo anularon solo por diferencias politicas, y nos complican el trabajo a nosotros y a los empleadores.
Necesito una mano… quiero seguir con HM hasta diciembre ya que es “optativo” ¿cómo hago si se me acabaron o recién arranco actividad?
Otra… quiero usar el sistema nuevo, hoy 13/09, y asentar remuneraciones de 08/2024 ¿cómo hago?
Otra… quiero rubricar libros manuales de otra indole, por ejemplo “libro de ordenes encargados”, ya no aparece la tasa. ¿cómo hago?
Te consulto si la firma digital corresponde a cada empleador o es posible que un tercero sea autorizado para realizarla (por ejemplo el contador o el autorizado a gestionar las tasas).
Con la cantidad de cosas urgentes que hay q resolver antes el gob. de Kicillof podria invertir mejor el tiempo en lugar de complicar.
NEFASTO, ya se habla de un amparo judicial para dar por cumplimentado con la rúbrica a través del LSD (mecanismo que venía vigente y se dió para atrás por capricho ideológico).
¿Alguien pudo implementar este invento de manera efectiva? La página es un desastre
Yo tampoco puedo ingresar, no ubico ningún acceso. Si algún usuario ha intentado y logró acceder al servicio, se agradece información.
LA BURROCRACIA POR BURROCRACIA MISMA.
La gente reen de lo absurdo e inservible
Solo va a servir para incrementar cuestiones litigiosas y muy poco objetivas
Alguien que les avise que estamos en el 2024 por favor…………..
no sólo eso…
en la delegación de la plata por ejemplo ya no te dejan hacer nada bajo el mecanismo anterior, cuando la norma dice clarito que hasta enero es de implementación “voluntaria”…
sacaron incluso la posibilidad de pago de tasa para libros manuales y demás documentación que es ajena a esta norma…
tienen hojas móviles pendientes de entregar desde hace más de un año…
además, ¿por qué habrá que seguir pagando “tasa retributiva” ahora??? qué se “retribuye”? antes por lo menos había unas hojas que ellos entregaban, sellaban algunos papeles ponele y demás, pero ahora es lisa y llanamente un impuesto encubierto
completamente de acuerdo!
Que solos estamos, cuánta impunidad y mala sangre.
no se puede, se cayo el sistema…. y ni siquiera en el ministerio saben como funciona….
tenes razon, solo una pelea politica, y una desicion que solo perjudica a los que liquidamos sueldos, y a los empleadores.