Se publicó en el Boletín Oficial, el Decreto que firmó Mauricio Macri para pagar un bono de fin de año.
Es oficial, se publicó hoy en el Boletín Oficial, el Decreto 1043/18 que firmó Mauricio Macri para pagar un bono de fin de año para los trabajadores de hasta $5.000 pesos en dos o más cuotas.
Uno de los puntos destacados, es que el pago del bono podrá ser utilizado a cuenta de la negociación paritaria 2018. Y para las empresas en crisis o declinación productivas, los empleadores y los gremios podrán adecuar los plazos.
Además, se crea un Procedimiento previo de Comunicación de Despidos ante el Ministerio de Producción y Trabajo.
A continuación, se detallan los principales aspectos de la medida del gobierno:
- ¿Cuánto y cuándo se pagará?
El bono será de 5.000 pesos y se pagará en dos cuotas iguales, la primera con los habares de noviembre, que se cobra los primeros días de diciembre, y la segunda con los haberes de Enero 2019, que cobra los primeros días de febrero.
- ¿Cuánto cobrarán los que trabajan a jornada parcial?
Los 5.000 pesos se pagarán de manera proporcional a la jornada que realice cada trabajador. De acuerdo acuerdo a los mecanismos de cada convenio, o en los términos de la ley de contrato de trabajo.
- ¿Qué trabajadores están incluidos en el pago del bono?
El Decreto alcanza a todos los trabajadores en relación de dependencia del Sector Privado. Ya sea que estén comprendidos en un Convenio Colectivo de Trabajo, o fuera de Convenio.
- El Bono es No remunerativo
El bono 5.000 pesos tiene carácter NO REMUNERATIVO, por lo tanto no tendrá descuentos de aportes y no pagará contribuciones
- Plazo de pago flexible
Aunque el decreto establece que se pagará en dos cuotas iguales en noviembre y enero, los montos y plazos podrán ser adecuados por consenso entre entidades, cámaras empresariales y sindicatos, para actividades que se encuentren en “crisis o declinación productiva.”
- Se podrá tomar el bono a cuenta de la paritaria 2018
Los gremios podrán pactar con las cámaras empresarias, compensar hasta su concurrencia, el pago del bono con los incrementos que se acuerden o hayan acordado como revisión de la paritaria 2018.
- Compensación con sumas a cuenta de futuros aumentos
Los empleadores que hubiese otorgado “unilateralmente” incrementos salariales a partir del 1° de enero de 2018, podrán compensarlos hasta completar los $5.000. En este caso, el bono pasará a tener carácter remunerativo.
- Trabajadores excluidos
Quedan excluidos del pago del bono:
– Trabajadores del sector Público Nacional, Provincia y Municipal (negocian por separado)
– Trabajadores del Régimen de Trabajo Agrario de la Ley 26.727 (podrían acordar un bono por separado)
– Trabajadores de Casas Particulares (ex servicio doméstico) - Notificación de despidos
Se establece hasta el 31 de marzo de 2019, un procedimiento por el cual los empleadores deberán informar al Ministerio de Producción y Trabajo, los despidos sin causa con 10 días de anticipación.
Esto no quiere decir que se prohíben los despidos, sino que el Ministerio de oficio o a petición de parte, “podrá” convocar a las partes junto con la asistencia del gremio, audiencias para considerar las condiciones en que se llevará a cabo la futura extinción. - Excepciones
Quedan exceptuados del procedimiento previo de comunicación de despido, al personal de la Industria de la Construcción.
Por último, tengan en cuenta que si bien la suma es no remunerativa para las cargas sociales, no lo es para ganancias, por lo tanto los 5000 pesos están alcanzados por el impuesto. Si bien hay un proyecto presentado para eximirlo, por el momento no fue tratado.
Mas info: Decreto 1043/18
sergio dice
buen dia, soy empleado fuera de convenio, que hago si no me quieren pagar el bono?
Nora dice
el bono también es para los trabajadores ocasionales, ya que en el ramo de la pesca es muy común los relevos, trabajadores que suben a un barco por unos 10 días por ejemplo, a esos trabajadores les corresponde el bono??? hay alguna reglamentación específica de este decreto???
Hugo daniel dice
Los monotributistas
Cobran el bono $5000 gracias
Ignacio dice
No
SI,
Esta exceptuado de ganancias?
No
Un trabajador que no completó el mes de noviembre, ya sea por alta o baja, se debe proporcionar el importe por los días trabajados?
Hola Ignacio, perdón por mi pregunta desde la ignorancia, este bono, queda como parte del sueldo, o es por única vez?, o sea se cobra en Diciembre y Febrero y ya esta, o esos $5000 quedan en el sueldo como un “no remunerativo” definitivamente hasta nuevo aviso, muchas gracias!. Saludos. Daniel.
NO, solo se cobra en diciembre y febrero $2.500 cada mes
Un trabajador que ingreso el 1/11/2018 le corresponde abonarle el bono ?
SI.
Que pasa si estas con licencia art? Te corresponde el bono?.
La licencia empezo el 25/10
A mi entender, si
Estimado, el consorcio debe pagar esta suma al portero o encargado de edificio??
Si
Hola y si es trabajador parcial que monto sería?. No lo toman en cuenta de todos los aumentos que tuvieron durante el año?
Proporcional a la jornada
Hola!, Por lo que dice el decreto, si el convenio negoció una revision salarial (despues del acuerdo 2018), se debe compensar con este bono. Por ejemplo comercio, negoció un 10% en octubre. Entiendo que ya se absorve. O se debe pagar el bono adicionalmente?? Gracias
Buen día, el aumento que tuvimos los empleados de comercio del 10% en el sueldo de octubre (cobrado en noviembre) se toma como pago a cuenta del bono de $5000?
Cabe recordar que este aumento fue un adelanto de lo que se había acordado pagar en forma escalonada en los meses de octubre ( 3% ), noviembre ( 3% ) y enero de 2019 ( 4% ).
Muchas gracias.
Buen día, el aumento que tuvimos los empleados de comercio del 10% en el sueldo de Octubre (cobrado en Noviembre) se toma como pago a cuenta del bono de $5.000?
Cabe recordar que el aumento del 10% surgió de adelantar lo que se iba a pagar en forma escalonada en los meses de octubre ( 3% ), noviembre ( 3% ) y enero de 2019 ( 4% ).
Muchas gracias.
Los $ 5.000 integran el cálculo de la ART, Obra Social y Sindicato??
No
para ART tampoco??
Estimados Si es Base de ART
Sin embargo la ART siempre en estos casos, después te lo reclama
BUEN DIA, EN CASO DE LIQUIDACION FINAL A NOVIEMBRE, LA PERSONA DEBERIA COBRAR EL MONTO TOAL O SOLO EL 50%
Si es a cuenta de futuros aumentos, no es bono. Las cosas como son…
HOLA , YO TRABAJO FUERA DE CONVENIO Y COMO ESTUVE LEYENDO TE PAGAN LA MITAD JUNTO CON EL SUELDO A MI SOLO ME DEPOSITARON EL SUELDO, QUE SE DEBE HACER?