Se publicó el decreto 841/22 que oficializa el pago del decreto de $24.000 a trabajadores privados.
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El gobierno oficializó hoy el pago del bono de $24.000 para trabajadores privados, con la publicación del decreto 841/22 en el Boletín Oficial.
Puntos importantes del bono
Se trata de una asignación no remunerativa por única vez, que ascenderá a la suma de hasta $ 24.000, que será abonada por los sujetos empleadores en el mes de DICIEMBRE de 2022.
El pago de esta asignación no remunerativa (bono), estará a cargo de los Empleadores en todos los casos.
Empleados en relación de dependencia de:
- Régimen General de Contrato de Trabajo, en convenio Colectivo o fuera del Convenio
- Régimen de Trabajadores de la Construcción
- Régimen de Trabajadores Agrarios
- Régimen de Casas Particulares
Jornada Parcial
Para los trabajadores a jornada parcial el pago del bono será proporcional, teniendo en cuenta el convenio colectivo aplicable o, según el caso las reglas generales contenidas en las Leyes mencionadas que les resulten aplicables de acuerdo a su modalidad de contratación.
Requisitos
El bono se pagará a los trabajadores que perciben salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos y excluyendo el medio Salario Anual Complementario, correspondientes al devengado en el mes de diciembre de 2022, inferiores a $185.859. o el monto proporcional en el caso que la prestación de servicios del trabajador o la trabajadora fuere inferior a la jornada legal o convencional.
Monto del Bono
El monto de la asignación no remunerativa establecida será equivalente a:
a) $24.000 para los trabajadores que perciben salarios netos (devengado diciembre de 2022) menores o iguales a $161.859.
b) La diferencia entre $185.859 y los salarios netos superiores a $161.859 correspondientes al devengado de diciembre de 2022, para los trabajadores que perciben salarios netos mayores al último monto mencionado.
En el caso de jornada parcial, los montos mencionados serán expresados en forma proporcional a la jornada trabajada.
Compensación con otros bonos
El bono podrá ser absorbido hasta la concurrencia en caso de haberse acordado o estuviese previsto en los respectivos Convenios Colectivos de Trabajo el pago de asignaciones no remunerativas por única vez o beneficios equivalentes entre noviembre de 2022 y enero de 2023.”.
Beneficio empleadores PYME
Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Tramo 1 que cuenten con Certificado MiPyME vigente a la fecha de entrada en vigencia de este decreto, podrán reducir los anticipos del impuesto a las ganancias en un importe equivalente al 50% del monto total abonado en concepto de la asignación no remunerativa y diferir su pago para el ejercicio 2023.
Beneficio Empleadores de Servicio Doméstico
En el caso de Empleadores de Servicio Doméstico, el importe abonado en concepto de la asignación no remunerativa será deducible del impuesto a las ganancias.
Aquellos empleadores “Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares” que no se encuentren alcanzados por la posibilidad de deducción en ganancias, podrán solicitar el reintegro de hasta el 50% de lo abonado en concepto del bono.
Para ambos casos, habrá que esperar que la AFIP establezca los términos y condiciones para deducir los montos pagados en la reglamentación.
Corresponde este bono a los empleados de cencosud que les dieron la gift card de 30000 ?
Estoy de licencia por maternidad. ¿Quien tiene que pagarmelo? Anses o mí empleador?
¿ no tiene fecha de cobro ? ¿Lo pagan en enero ?
Ósea que si yo cobro mas de 161 mil el bono sería de la diferencia hasta loas 185? Ósea cobro 170 mil, mi bono sería de 15 mil???
Son de terror los empresarios y gremialistas de comercio, siempre los últimos en arreglar los convenios, 100 % de inflación y 59,5 % de aumento en comodisimas cuotas, es decir que los empresarios se financian con nuestros sueldos
Analizando, si el gremio que tiene más empleados cobran como indigentes, el país no tiene solucion
Buenas tardes, soy empleada de comercio, pero no de una gran cadena de supermercado. Aclaro esto porque el bono que había acordado Empleados de Comercio, no me corresponde. Entonces, éste bono sí me corresponde? Muchas gracias
Buenas tardes, trabajo en un supermercado, me corresponde cobrar el bono.
Muchas gracias por todo lo informado.
No logro entender. ¿Alcanza a quienes cobren un neto de 185.859 o 161859?
Alcanza a neto $185.859
Los que cobran entre $161.859 y $185.859 cobran la diferencia
Soy vidriero … Monotributista yo tengo que cobrar el bono ? ..
no
Sin ningun tipo de retencion, ni siquiera comercio ?
en el caso de los empleados de UOM, para el IMGR se toma en cuenta los 24000?
Hola Ignacio..yo soy empleada de comercio..medio día.. cuánto me corresponde ? Gracias
Hola Ignacio yo trabajo en libertad.s.a a nosotros nos dieron un bono de 25000 el primero de diciembre este bono nos corresponde?o no?
ARTÍCULO 5°.- La asignación no remunerativa prevista en el artículo 1° del presente Decreto podrá ser absorbida hasta la concurrencia en caso de haberse acordado o estuviese previsto en los respectivos Convenios Colectivos de Trabajo el pago de asignaciones no remunerativas por única vez o beneficios equivalentes entre noviembre de 2022 y enero de 2023.”.
Que pasa con los empleados de supermercados que acordaron bono de 30mil? No cobramos?
ARTÍCULO 5°.- La asignación no remunerativa prevista en el artículo 1° del presente Decreto podrá ser absorbida hasta la concurrencia en caso de haberse acordado o estuviese previsto en los respectivos Convenios Colectivos de Trabajo el pago de asignaciones no remunerativas por única vez o beneficios equivalentes entre noviembre de 2022 y enero de 2023.”.
Buenos dias, No entiendo el apartado b en relación al monto. La diferencia entre esos valores también es 24.000. Entonces el bono es para todos? Para los que cobran hasta 185 netos? Por otro lado, puede ser absorbido de con otros acuerdos del CCT, de que forma? Muchos convenios ya tienen sumas no remunerativas que luego pasan a remunerativo, ejm 736/16 Utedyc, como se haría en ese caso?