Se publicó el decreto 841/22 que oficializa el pago del decreto de $24.000 a trabajadores privados.
![](https://i0.wp.com/www.ignacioonline.com.ar/wp-content/uploads/2022/12/Decreto-841-2022-bono-fin-de-ano-24-mil-pesos-f.jpg?resize=870%2C580&ssl=1)
El gobierno oficializó hoy el pago del bono de $24.000 para trabajadores privados, con la publicación del decreto 841/22 en el Boletín Oficial.
Puntos importantes del bono
Se trata de una asignación no remunerativa por única vez, que ascenderá a la suma de hasta $ 24.000, que será abonada por los sujetos empleadores en el mes de DICIEMBRE de 2022.
El pago de esta asignación no remunerativa (bono), estará a cargo de los Empleadores en todos los casos.
Empleados en relación de dependencia de:
- Régimen General de Contrato de Trabajo, en convenio Colectivo o fuera del Convenio
- Régimen de Trabajadores de la Construcción
- Régimen de Trabajadores Agrarios
- Régimen de Casas Particulares
Jornada Parcial
Para los trabajadores a jornada parcial el pago del bono será proporcional, teniendo en cuenta el convenio colectivo aplicable o, según el caso las reglas generales contenidas en las Leyes mencionadas que les resulten aplicables de acuerdo a su modalidad de contratación.
Requisitos
El bono se pagará a los trabajadores que perciben salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos y excluyendo el medio Salario Anual Complementario, correspondientes al devengado en el mes de diciembre de 2022, inferiores a $185.859. o el monto proporcional en el caso que la prestación de servicios del trabajador o la trabajadora fuere inferior a la jornada legal o convencional.
Monto del Bono
El monto de la asignación no remunerativa establecida será equivalente a:
a) $24.000 para los trabajadores que perciben salarios netos (devengado diciembre de 2022) menores o iguales a $161.859.
b) La diferencia entre $185.859 y los salarios netos superiores a $161.859 correspondientes al devengado de diciembre de 2022, para los trabajadores que perciben salarios netos mayores al último monto mencionado.
En el caso de jornada parcial, los montos mencionados serán expresados en forma proporcional a la jornada trabajada.
Compensación con otros bonos
El bono podrá ser absorbido hasta la concurrencia en caso de haberse acordado o estuviese previsto en los respectivos Convenios Colectivos de Trabajo el pago de asignaciones no remunerativas por única vez o beneficios equivalentes entre noviembre de 2022 y enero de 2023.”.
Beneficio empleadores PYME
Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Tramo 1 que cuenten con Certificado MiPyME vigente a la fecha de entrada en vigencia de este decreto, podrán reducir los anticipos del impuesto a las ganancias en un importe equivalente al 50% del monto total abonado en concepto de la asignación no remunerativa y diferir su pago para el ejercicio 2023.
Beneficio Empleadores de Servicio Doméstico
En el caso de Empleadores de Servicio Doméstico, el importe abonado en concepto de la asignación no remunerativa será deducible del impuesto a las ganancias.
Aquellos empleadores “Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares” que no se encuentren alcanzados por la posibilidad de deducción en ganancias, podrán solicitar el reintegro de hasta el 50% de lo abonado en concepto del bono.
Para ambos casos, habrá que esperar que la AFIP establezca los términos y condiciones para deducir los montos pagados en la reglamentación.
Entonces a los empleados de comercio nos corresponde ese bono
Qué pasa en comercio? Se anunció un bono de 11 y algo.. Los 24 quedan absorbidos por ese bono?
O sea que el Bono Navideño de Transportistas no se compensa con este bono… ya que establece que se pueden absorber los que se paguen entre Diciembre y Enero.
Ignacio si hay horas extras también las cuento para el devengado??
gracias
El decreto sólo excluye el concepto aguinaldo
Gracias Ignacio. Ahí me quedo claro que no lo cobro por las horas extras que hice en diciembre.
Puede ser que sea 150 x hora trabajada?
No
Igual depende del divisor para las horas, por ejemplo:
Si es 200, sería 24000/200 = $120
Si es 192, sería 24000/192 = $125
Como siempre parece que los consorcios de propiedad horizontal fueran grandes empresas
El cálculo de doméstica cuanto por ho?
Ni entiendo los dos topes de relación de dependencia cual es la diferencia entre los que ganan 185 y 161
Ignacio buen dia, este bono abarca también a los empleados de comercio?
Sacando a los empleados de las cadenas de supermercado que tendran un extra de 30mil
Hola ignacio. Yo trabajo en un hiper y cobre en diciembre en la columna remunerativo 149900, y en no remunerativo 53000. En total de bolsillo 113000. Corresponderia cobrar el bono??
Consulto, en el caso de empleadas domésticas con antigüedad de 2 meses, ¿se abona la totalidad?
Que pasa con un trabajador eventual que trabaja solo unos días en diciembre,? Entienden que se proporciona a esos días trabajados, porque es inferior a la jornada de convenio?
Cómo calculas el devengado para el anticipo si capaz ni sabes cuántos días efectivamente va a trabajar?
Buenos días. Los trabajadores de edificio,encargado que cobren menos de $185.000 neto, le corresponde. Gracias
Consulta, empleados de comercio (no supermercados) cobramos este bono? Gracias
en principio, si
O sea que si yo gano $180.000 netos voy a cobrar $5.859 de bono? O entendí mal?
si